Mar
22
Adónde va cada euro de lo que pagas en el recibo de la luz
El recibo de la luz, ese papel que no se mira, que llegaba al buzón cada dos meses, que ha pasado a ser mensual y que nadie recuerda que haya bajado nunca, se puede comparar con una gran marmita en la que se han arrojado tantos ingredientes que nadie los recuerda con detalle. Periódicamente, la olla hierve y algunos ingredientes, olvidados, llegan a la superficie. En época de bonanza, cuando la demanda eléctrica crece, la factura engorda y los céntimos no cuentan, la marmita acepta todas las cucharas y da para alimentar muchas bocas. Pero en época de crisis, cuando los usuarios se ven obligados a controlar los gastos al máximo, la cosa es distinta. La boca de la marmita se estrecha y cada ingrediente se examina con interés científico.
¿Qué pagan los usuarios acogidos a la llamada tarifa de último recurso (TUR)? La respuesta parece obvia: pagan la electricidad que consumen en un periodo determinado. Cierto. Pero solo a medias. Además de la electricidad, el usuario paga impuestos (18% de IVA, más un 4,864% del denominado impuesto de electricidad), cubre el presupuesto de la Comisión Nacional de la Energía (CNE), paga la moratoria que compensó a las eléctricas por la paralización de la construcción de nucleares, soporta el pago de las primas a las renovables, financia los planes de calidad, cubre las rebajas en la factura que benefician a empresas que se ofrecen a desengancharse del sistema en caso de necesidad (interrumpibilidad) y aporta lo necesario para cubrir el déficit de tarifa (la deuda que se crea cada año desde hace una década y que alcanza 24.000 millones en estos momentos). Además, el recibo compensa a las empresas eléctricas que prestan servicio en las islas, Ceuta y Melilla. Por resumir, y antes de entrar en materia: de la factura eléctrica, menos de la mitad va destinado a pagar lo que se ha consumido (en torno al 45%), el resto se va en impuestos (20%) y subvenciones diversas. En la marmita y sus impuestos entra hasta la cuchara de las comunidades autónomas que se financian en parte vía el impuesto eléctrico.
Tema tan complejo merece entre en detalle. Hasta el céntimo. Tomemos un recibo más o menos tipo. Potencia contratada para el hogar equipado sin lujos (TV, horno eléctrico, placa, nevera. lavadora y lavavajillas más iluminación), 5,5 KW. Periodo de facturación del 1 de febrero al 2 de marzo de 2012. Total factura: 59 euros. ¿Dónde va cada euro? Menos de la mitad, 25 euros (el 42,3%) va a pagar la energía consumida (12,3 euros, el 20,8% de la factura), el transporte (tres euros, el 5%) y la distribución (9,7 euros, el 16,5%). La otra gran parte del pastel son las primas al régimen especial, en el que entran las renovables, desde la energía solar a la eólica. A este apartado van 12,4 euros de los 59 pagados, un 20,9%. Quedan los impuestos (IVA del 18% más impuesto a la electricidad), que se lleva 11,4 euros, un 19,4% de la factura.
A estas alturas, mareado en porcentajes, el usuario-lector, puede creer que ha llegado al final, que la marmita rebosa. No. Cabe más. El sector eléctrico acumula un déficit de 24.000 millones de euros que no es sino otra factura aplazada y que hay que pagar a las compañías. Pues bien, a amortizar esa deuda se destina ya un 9% del recibo medio, o lo que es lo mismo, 5,3 euros de los 59 pagados para cubrir un coste anual aproximado de 2.200 millones por la deuda acumulada. ¿Acabamos? Casi. En la marmita queda un resto de cinco euros (8,4%) con los que se alimentan otros conceptos: desde el presupuesto del órgano regulador del sistema, la Comisión Nacional de la Energía (CNE), a los sistemas eléctricos de las islas (costes extrapeninsulares).
Aparentemente, el examen de los números aclara el misterio del recibo. Pero solo en parte. ¿Por qué? Porque hay ingredientes en la olla, como la determinación de los precios de la energía (se hace cada tres meses por subasta) que requerirían exámenes aún más detallados. Mientras llegan, cualquier usuario con interés y ganas puede acudir a la página de las eléctricas www.unesa.net para examinar su factura. En la página hay una útil calculadora que aclara el destino de cada euro del recibo. Es lo que ha hecho quien esto escribe.
[Via ElPais]
Mar
21
Dación en pago: la letra pequeña que hay que saber para poder acceder a ella
Pocos son los que conseguirán la dación en pago
Se cumple una semana desde que el Gobierno dio a conocer los requisitos que tendrían que cumplir las familias en apuros y que quieran entregar su vivienda en dación en pago. El Código de Buenas Prácticas de la banca tiene tanta letra pequeña como las hipotecas que firmaron los que se encuentran ahora apurados.
Siete días después, Caixabank, Bankia, Ibercaja, Unicaja, Kutxabank, BMN, Santander, Catalunya Caixa, Bankinter, Novagalicia Banco, Banc Sabadell, NCG Banco y 23 cooperativas de crédito han anunciado su incorporación voluntaria al código, de obligado cumplimiento por un periodo mínimo de dos años.
En general, desde HelpMyCash.com señalan que “pocos son los que conseguirán la dación en pago”. Hay un gran proceso de criba. Para empezar, solo si tu banco decide adherirse al Código de buenas prácticas bancarias puedes intentar aspirar a ella.
Si esto se da, aún es necesario cumplir 6 requisitos más:
– Todos los miembros de la familia han de estar en paro y carecer de otros bienes o derechos patrimoniales.
– Ha de tratarse de la única vivienda en propiedad.
– La vivienda no ha de superar los 200.000 euros.
– La hipoteca no ha de tener avalista. En caso de tenerlo, el avalista se mantiene como garante del préstamo, y si el avalista tiene ingresos o propiedades, el decreto no se aplica.
– El caso no debe estar en procedimiento de ejecución.
– La vivienda no puede estar gravada con cargas posteriores.
Miguel Ángel Alemany, director general de pisos.com, piensa que “los requisitos podrían parecer demasiado extremos, y por tanto, minoritarios, pero ciertamente se han marcados casos muy acordes con los entornos de endeudamiento y de desempleo que viven las familias, además de proponer una horquilla de precios equilibrada”.
Letra pequeña
La letra pequeña del código establece que el hipotecado en apuros no accede a la dación en pago directamente a pesar de cumplir todos los requisitos. Primero tendrá que acogerse a un Plan de reestructuración hipotecaria, que consiste en que el banco te aplica una carencia de capital de 4 años a Euribor + 0,25% más una ampliación del plazo.
En el caso de que, aún con esta reducción, la cuota siga siendo impagable para el hipotecado (superior al 60% de sus ingresos) y el banco lo acepte, puede apelar a medidas complementarias, que pueden ser un descuento del 25% u otros 2 cálculos más complicados (a elección del banco) que, básicamente, compensan a los hipotecados que han pagado una buena entrada o llevan pagando religiosamente durante años.
Si después de esto, el hipotecado no puede aún pagar, tiene 12 meses para solicitar la dación en pago. Solo en ese caso el banco estará obligado a aceptar la dación y cancelar definitivamente la deuda.
Para HelpMyCash.com comenta que “quizá no sea la medida ideal pero nos parece un paso en la buena dirección. Para empezar, el plan de reestructuración obligará a los bancos a llegar a reducciones más importantes que las que ha venido ofreciendo hasta la fecha”.
La web especializada en productos bancarios piensa que un punto interesante con el nuevo código de buenas prácticas es ver el número de daciones en pago que se consiguen.
Por su parte, Miguel Ángel Alemany, en relación con el tema de avales, piensa que la decisión del Gobierno de no aplicar la dación en pago a las hipotecas con aval parece lógica, dado que, cuando el hipotecado deja de pagar sus cuotas, se entiende que la deuda pendiente queda cubierta embargando la propiedad hipotecada y la propiedad embargada como aval.
Sin embargo, señala también que es algo contradictorio lo que admite el decreto, diciendo que el avalista tendrá que estar en la misma situación de exclusión que el hipotecado. Puede que esté en paro, pero siempre va a tener una propiedad, precisamente la que se presenta como aval. Desde pisos.com “insisten en que existe una brecha injusta en el porcentaje por el que se adjudica el banco la vivienda embargada, de entre el 50% y el 70%, y la deuda pendiente del hipotecado, que le cierra las puertas de una segunda oportunidad”.
Desde pisos.com, “insistimos en que antes de llegar al embargo, es necesario dialogar con la entidad acreedora para negociar una reducción en la cuota, el alargamiento de los plazos o un periodo de carencia. No obstante, cuando los deudores carecen de ingresos debido al paro y al agotamiento del subsidio, el último escalón debe ser la dación, que permite una segunda oportunidad y no condena al hipotecado de por vida”.
[Via Finanzas]
Mar
21
Los políticos cargan a cada contribuyente con 24.000 euros durante la crisis
La deuda pública total sube hasta los 735.000 millones en 2011 (68,5% del PIB), el doble que en 2007.
La crisis económica no sólo ha pasado factura a los españoles en forma de desempleo, morosidad, impagos, cierre de empresas, ahogo financiero e incertidumbre generalizada. La crisis fiscal de las cuentas públicas se traduce también en una factura extra, poco visible pero real, que acaba traduciéndose tarde o temprano en más impuestos y/o inflación, deteriorando aún más el bolsillo del sufrido contribuyente.
La actual crisis da buena cuenta de ello. Los abultados déficits en los que han incurrido todas las administraciones públicas desde el estallido de la crisis inmobiliaria y financiera se han materializado en un aumento histórico de la deuda pública española. El conjunto del sector público acumula una deuda de 735.000 millones de euros a cierre del ejercicio 2011, un aumento del 14,2% respecto a 2010, según los datos publicados este viernes por el Banco de España. Esta cifra equivale al 68,5% del PIB nacional, medido según el Protocolo de Déficit Excesivo (la metodología que emplea la UE).
Se trata del mayor nivel de deuda desde 1990, el período que analiza el Banco de España en su informe. De hecho, si se amplía el tramo temporal de referencia, se observa que la deuda actual -medida en términos de PIB- se sitúa en máximos históricos desde la década de los 40, en plena posguerra civil y autarquía económica.
En concreto, la deuda pública de España casi se ha duplicado durante la crisis, al aumentar un 92% desde 2007, cuando se situaba en 383.000 millones (36,3% del PIB). De este modo, Gobierno central, CCAA y ayuntamientos han disparado su deuda en cerca de 353.000 millones de euros en los últimos cinco años.
Esta cifra supone una factura extra de 7.510 euros por cada persona -hombre, mujer y niño- que reside en el país (algo más de 47 millones de habitantes); 20.640 euros adicionales por hogar; casi 20.000 euros por trabajador -tomando como referencia el volumen de ocupados a cierre de 2011-; y, ni más ni menos, que 24.000 euros por cada empleado del sector privado, los contribuyentes netos de la Hacienda nacional, tras descontar los más de 3 millones de empleados públicos, cuyo sueldo depende de los presupuestos.
La deuda autonómica crece un 130%
Por administraciones, la deuda pública del Estado se sitúa ya en 560.000 millones de euros (52,1% del PIB), lo cual supone una subida del 14,5% interanual y un 91,6% más respecto a 2007, cuando ésta ascendía a 292.000 millones (27,7% del PIB).
Sin embargo, el mayor aumento relativo se produce en la administración autonómica. La deuda de las CCAA supera los 140.000 millones de euros en 2011 (13,1% del PIB), un 17,2% más respecto a 2010. La deuda regional se ha disparado casi un 130% desde 2007, año en el que alcanzó los 61.000 millones (5,8% del PIB). La deuda autonómica vuelve a registrar en 2011 la cifra más alta de toda la serie histórica. Los datos muestran que desde el año 1995, el endeudamiento de las regiones no ha parado de crecer, batiendo en cada ejercicio récords históricos, a pesar del compromiso de estabilidad presupuestaria adquirido en los últimos años.
Por último, en el caso de los ayuntamientos, la deuda subió hasta los 35.500 millones en 2011, el equivalente al 3,3% del PIB. Aunque el endeudamiento local es el único que desciende respecto a 2010 -apenas un 0,03%-, su volumen aumenta un 20,5% si se compra con los niveles de 2007, cuando ascendía a 29.300 millones (2,8% del PIB).
[Via LibertadDigital]
Mar
20
La compra de casa no se anula aunque se niegue la hipoteca
Un fallo rechaza que la crisis y la falta de crédito sirvan para resolver el contrato, aunque el comprador no pueda pagar.
La situación de crisis económica y la dificultad de los compradores de vivienda a la hora de obtener un préstamo hipotecario por la falta de crédito no puede utilizarse por los firmantes de un contrato de compraventa para resolver dicho pacto, ya que esa falta de financiación no constituye un supuesto de «imposibilidad sobrevenida».
Es la conclusión a la que llega una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 14 de Valencia, con fecha de 8 de marzo de 2012, que se basa para ello en la doctrina mantenida por el Tribunal Supremo. El fallo resuelve el caso de una familia que, habiendo firmado un contrato de compraventa de vivienda, no pudo obtener la financiación para hacer frente al pago del precio ni subrogarse en el préstamo hipotecario, ni tampoco cumplir con las obligaciones de recepción de la vivienda, otorgamiento de escritura pública o abono del resto del precio.
En concreto, los afectados alegaron que la cláusula undécima del contrato preveía la resolución a instancia de la vendedora por incumplimiento imputable a los compradores, lo que se produce en este caso.
No es lo mismo «difícil» que «imposible»
Sin embargo, la titular del juzgado, la magistrada Solís García del Pozo, considera que la falta de financiación no puede considerarse imposibilidad sobrevenida a efectos de sustentar la resolución contractual, y ello porque, según la doctrina del Supremo, ésta se corresponde con un «hecho obstativo que de modo absoluto, definitivo e irreformable impide el cumplimiento». Además, no cabe confundir «dificultad con imposibilidad», también según el Supremo.
De ahí que la sentencia considere que el hecho de que una sola entidad bancaria negara el préstamo hipotecario, o incluso «la crisis económica y las mayores dificultades que en esta situación pueden existir para obtener préstamos hipotecarios», no eximen al comprador de «acreditar la influencia e incidencia que esta particular y penosa situación económica ha tenido en su imposibilidad de financiación sobrevenida y no imputable a ella». El fallo también niega que el comportamiento de la vendedora sea abusivo, dado que corresponde al comprador acreditar la imposibilidad sobrevenida para que ésta disuelva el contrato.
[Via ElEconomista]
Mar
20
Cataluña aplicará la movilidad geográfica a 45.000 personas
La Generalitat ha presentado hoy a los sindicatos un plan de empleo para la función pública que prevé la aplicación a partir del 1 de abril de la reducción en un 15% de jornada y sueldo para 6.800 interinos, y que contempla traslados geográficos y funcionales para unos 45.000 trabajadores.
El plan, previsto para el período 2012-2014, ha sido comunicado hoy a los sindicatos de la Función Pública (CC OO, UGT e IAC) durante una reunión de la Mesa General de la Función Pública, según han informado en rueda de prensa los portavoces de estas centrales.
El Gobierno de Artur Mas prevé aprobar el próximo martes en el Consell Executiu un plan de empleo para racionalizar la organización del personal de la administración pública, que incluye esta reducción de jornada a interinos técnicos y administrativos, que afectará mayoritariamente al colectivo de administrativos y subalternos de los centros educativos, que suman entre 3.500 y 4.000 personas, según ha concretado en rueda de prensa la portavoz de CC OO, Montse Ros.
De la reducción de jornada quedan excluidos el personal interino de bomberos, agentes rurales, auxiliares técnicos y técnicos especializados de servicios penitenciarios y los titulares superiores de veterinaria en los mataderos.
Los sindicatos han lamentado la falta de voluntad negociadora de la Generalitat, ya que han asegurado que recibieron esta propuesta la pasada noche y que sólo cuentan hasta el lunes por la tarde para volver a reunirse con los representantes de Gobernación.
Los sindicatos, que denuncian que la Generalitat plantea cambios sustanciales de las condiciones laborales, calculan que podrá afectar a cerca de 45.000 personas, entre ellos 32.000 funcionarios y 10.000 contratados laborales.
Estos trabajadores verán como esta reducción salarial se suma a otros recortes que afectan a todo el colectivo de funcionarios y trabajadores de las empresas públicas como la reducción de los días de asuntos personales y de la aportación a los planes de pensión, además del recorte salarial general (hasta un 4,8% para 2012).
«¿Alguien cree que se puede negociar un plan de empleo entre el viernes por la mañana y el lunes por la tarde? Esto es teatro», ha lamentado Ros.
Los sindicatos han advertido de que el plan tiene los mismos objetivos que la reforma laboral: devaluar el sueldo de los empleados públicos y romper la negociación colectiva, por lo que han hecho un llamamiento a los trabajadores públicos a secundar la huelga general del próximo 29 de marzo.
El Parlamento catalán incluyó una disposición en la ley de medidas fiscales y financieras en la que instaba al Gobierno de Artur Mas a aplicar la reducción del 15% de jornada a los interinos dentro de un plan de empleo a negociar en la mesa de técnicos y administrativos, aunque la Generalitat lo ha hecho extensivo a la mesa general de la función pública, excluyendo al personal docente no universitario y del Instituto Catalán de la Salud (ICS).
El plan de empleo afectará a unos 45.000 trabajadores públicos, entre personal funcionario y laboral, y prevé que la Generalitat pueda aplicar de forma unilateral medidas de reorganización de tareas y funciones, así como la reordenación de jornada y horarios, modificaciones de los puestos de trabajo, redistribución de efectivos, cambios de adscripción de puestos de trabajo y reasignación de efectivos.
También reducir en un 30% el número de puestos de trabajo de jefes de servicio y similares que cuentan con una jornada de dedicación especial -trabajan hasta 40 horas semanales con el suplemento salarial equivalente-.
Según los sindicatos, la Generalitat prevé tener elaborado un diagnóstico de la situación de la función pública en octubre, pero las medidas que contempla el plan se podrán llevar a cabo antes del estudio.
[Via CincoDias]
Mar
19
Fomento ‘reajustará’ las ayudas al alquiler para contemplar a afectados por desahucios
El Ministerio de Fomento «reajustará» el sistema de ayudas al alquiler de viviendas «para contemplar y ayudar a las personas que se vean afectadas por procesos de desahucios». Una decisión que comulga con las medidas aprobadas recientemente por el Gobierno para las personas con problemas para afrontar el pago de la hipoteca, según ha anunciado la titular de este Departamento, Ana Pastor.
La ministra enmarca estos cambios en el Plan de Rehabilitación y Alquiler 2013-2016 que elabora para concretar su «estrategia global» en política de vivienda. Éste tendrá como principales objetivos fomentar la rehabilitación y promover el alquiler como «modo de acceso básico a la vivienda».
En este sentido, Pastor ha avanzado que el Ministerio ya está trabajando con el Banco Europeo de Inversiones (BEI) para lograr financiación para construir viviendas públicas en alquiler, proyecto en el que también pretende implicar al capital privado y a cooperativas.
«El mercado del alquiler es actualmente residual en España, dado que apenas representa un 16% del parque total de viviendas, en el que además más de tres millones de pisos están actualmente vacíos. Por ello, buscamos potenciar el alquiler para facilitar el acceso a la vivienda, sobre todo a determinados colectivos, como los jóvenes, y contribuir además a fomentar la movilidad laboral», ha argumentado la titular de Fomento durante su comparecencia en la Comisión de Fomento del Senado.
Rehabilitar para crear empleo
Pastor además ha manifestado su intención de impulsar el negocio de la rehabilitación de viviendas y del patrimonio de las ciudades. «Se trata de un sector que presenta un importante margen de actuación, dado que actualmente representa un porcentaje muy bajo en el conjunto del negocio constructor español en comparación a otros países de la UE», ha explicado la ministra. «Además, se trata de un subsector que genera más actividad y empleo que el de construcción de nuevos pisos», ha añadido.
Entre el resto de objetivos de Ana Pastor en materia de vivienda, la ministra ha adelantado su intención de modificar la Ley de Suelo y también la de Arrendamientos Urbanos, además del Código Técnico de la Edificación (CTE).
[Via ElMundo]
Mar
19
¿Cansado de tu banco? Diez razones para cambiar de entidad
Los trámites necesarios para trasladar todo el dinero a otra entidad no son muy costosos, pero hacen que muchas personas permanezcan años con sus ahorros en la misma sucursal aunque no les sea rentable. Conviene hacer cuentas y comprobar los gastos que supone mantener productos financieros en un determinado establecimiento bancario.
Con bastante frecuencia compensa cambiar, ya sea por la mejor remuneración con que se recibe a los nuevos clientes o por la ausencia de gastos y comisiones que prometen algunos bancos y cajas.
1. Más intereses en los depósitos
Bancos y cajas premian a sus nuevos clientes con depósitos que reportan intereses más elevados que los obtenidos por las personas que llevan un tiempo con ellos. Mientras que quienes han permanecido años en la entidad pueden cobrar un 1,5%, quienes aún no tienen un contrato con la empresa pueden llegar al 3,5%, e incluso, al 4% anual. Una relación de años con la sucursal no es, en este caso, sinónimo de buenas condiciones económicas.
Las entidades necesitan liquidez y durante un tiempo han ofrecido una elevada rentabilidad a los ciudadanos que ingresaban su dinero. La denominada guerra de depósitos consistía en una lucha de bancos y cajas por captar fondos externos, a cambio de un interés que rondaba el 4% anual para depósitos a 6 meses o un año. Pero el Gobierno intervino para poner fin a la pugna y estableció mediante un decreto que quienes ofrezcan un interés más elevado tendrán que aportar más dinero al Fondo de Garantía de Depósitos. Con esto penaliza a las entidades españolas que más ofrezcan, de manera que muchas han bajado la rentabilidad de sus productos.
No obstante, algunos bancos españoles proponen aún altos intereses a los clientes que trasladen su dinero desde otra entidad y también los bancos extranjeros que operan en España dan elevados réditos porque no están afectados por el decreto aprobado por el Gobierno.
Lo habitual es que bancos y cajas cuenten con depósitos muy bien remunerados los seis primeros meses, e incluso, un año completo. La opción de cambiar es atractiva para ahorradores que quieran una alta remuneración por su dinero y no les importe hacer trámites de vez en cuando para obtener unos intereses elevados. Hay que tener en cuenta que una persona con 50.000 euros obtendría 1.000 euros cada seis meses por llevar sus ahorros a una caja que le ofreciera un 4% durante medio año, una cantidad nada desdeñable por el simple hecho de hacer un traspaso.
2. Menos comisiones
Otro de los motivos para llevarse el dinero a un banco diferente son las elevadas comisiones que pueden exigir al cliente en la entidad donde guarda sus ahorros. Lo óptimo sería conseguir que no le cobraran nada por el mantenimiento de la cuenta, la tarjeta de crédito o las transferencias, pero lo más frecuente es que lo hagan. En una época en que cada euro cuenta, hay que estudiar con claridad lo que el banco cobra por los servicios que proporciona y, si el usuario encuentra otra opción más rentable -y tiene libertad para hacerlo-, estudiar cambiarse.
Por el mantenimiento de una cuenta corriente se paga una media de 23 euros al año, 18 por la tarjeta de débito y casi el doble por la de crédito, por no sumar comisiones por transferencias o descubiertos. El monto anual es elevado si se tiene en cuenta que muchas entidades doblan la cuantía media de las comisiones. Si hay opción de no pagar por estos conceptos y nada ata al cliente al banco, lo aconsejable es cambiarse. Cuando hay una obligación contractual de mantener un producto, como la cuenta corriente, es posible dejarla en la sucursal con un saldo mínimo y operar con otra que no tenga comisiones.
3. Ventajas en la hipoteca
El ahorro en los gastos de la hipoteca es una de las razones que año tras año provoca un trasvase de clientes de una entidad a otra. Librarse de los gastos excesivos, cláusulas suelo, intereses elevados, comisiones y de la obligación de contratar un elevado número de productos adicionales es posible, pero las nuevas hipotecas no siempre carecen de letra pequeña.
Antes de irse a otra entidad, hay que sopesar los pros y los contras, sobre todo porque los contratos de este tipo de créditos son de larga duración y los beneficios que pueden obtenerse son altos. Los comparadores de hipoteca de los distintos portales de Internet ayudan a hacerse una idea, pero después hay que ir a la oficina y aclarar las dudas.
4. Beneficios al domiciliar la nómina
Bancos y cajas luchan por conseguir la nómina de los trabajadores, ya que les supone ingresos periódicos y continuados, un dinero con el que pueden contar de forma bastante segura. Por este motivo, lanzan con frecuencia campañas para captar clientes nuevos.
Las personas que tienen su mensualidad domiciliada en una entidad apenas reciben por ella beneficios, salvo en algunos casos, la exención del pago de comisiones en el mantenimiento de la cuenta. Sin embargo, quienes cambien su nómina de entidad pueden obtener grandes ventajas. Una de ellas es dinero en efectivo. Algunos bancos, por llevarla y sin obligación de tenerla más de un mes, pagan 50 euros; otros obligan a que el cliente deje sus ingresos periódicos durante más de un año, a cambio de entregarles una cantidad más elevada. También hay empresas de crédito que regalan ordenadores, televisores, bicicletas…
Antes de hacer el cambio, hay que estudiar bien qué ofrecen y pensar que, al pedir una hipoteca o un crédito, las condiciones serán mejores con la nómina domiciliada. Por tanto, es mejor no atarse durante demasiado tiempo con un banco solo por el regalo. Si por el contrario el nuevo establecimiento hace una oferta interesante que no suponga una permanencia excesiva, el cambio puede reportar bastantes beneficios al usuario.
5. Descuento en recibos domiciliados
Otra de las posibles ventajas es la devolución de un porcentaje del dinero que se paga en los recibos domiciliados. Aunque la cantidad no es en general muy elevada, sí supone unos euros cada mes. Si por la comunidad de vecinos se abonan 100 euros y la devolución es del 2%, el usuario contará con dos euros más en su cuenta.
Si se suma a otros gastos como teléfono, Internet, electricidad o los seguros de salud, el coche o la vivienda, el ingreso es importante, por lo que muchos clientes pueden optar por traspasar sus recibos.
6. Superar el dinero que asegura el Fondo de Garantía de Depósitos
Cuando una entidad sufre una crisis que le impide hacer frente a su compromiso con los clientes, como una quiebra, el Fondo de Garantía de Depósitos -del que forman parte todos los bancos y cajas españoles- permite que cada titular obtenga hasta 100.000 euros del dinero que tenía depositado. Es decir, si el cliente tenía 20.000 euros recuperará todo, pero si guardaba 300.000, solo obtendría 100.000.
Por tanto, las personas que tengan más de esta cantidad en un solo banco, deberían diversificar sus ahorros y trasladar parte de este dinero a otro establecimiento bancario. De esta forma, en caso de quiebra de la entidad, podrían reembolsarle todo su dinero.
Los bancos y cajas europeos que operan en España están sujetos a una regulación similar en sus respectivos países, por lo que si sufrieran una grave crisis, sus clientes españoles también están cubiertos por la garantía de 100.000 euros.
7. Pocos cajeros o sucursales en la ciudad
En ocasiones, los clientes están contentos con su banco y no les gustaría cambiar, pero les resulta muy difícil hacer las gestiones del día a día, ya sea porque la oficina se encuentra lejana a su domicilio o porque hay pocas sucursales o cajeros en la localidad donde viven.
El cambio de banco resulta en estos casos más difícil, pero en ocasiones mejora mucho las operaciones que tiene que realizar el usuario.
8. Descontento con el trato del banco
Uno de los principales motivos para contratar los servicios de otro establecimiento financiero es el descontento del cliente con el trato que recibe. Si bien muchas veces es la relación de confianza lo que mantiene a una persona en el banco, en otras ocasiones, quienes llevan muchos años como clientes no reciben el trato que se merecen. El interés por captar nuevas inversiones hace que la persona que lleva años en la entidad quede relegada.
Algunas oficinas acumulan colas larguísimas para sacar dinero o hacer los pagos, debido al recorte en personal. Otras veces no ofrecen buenas condiciones económicas a gente que ha sido fiel a la entidad, cobran por todo o han ocultado la letra pequeña a sus clientes.
Si el descontento se debe a un trato incorrecto por parte de un empleado -con independencia de que sea un cajero o el director-, es mejor dejar constancia de ello de modo verbal o por escrito antes de abandonar la entidad.
Otras veces es el banco quien no se porta bien con uno de sus trabajadores -los despiden, jubilan o trasladan de modo forzoso- y los clientes que llevan años con él protestan y se llevan el dinero que tenían en la sucursal.
9. Motivos éticos
Fraude fiscal, dinero de los directivos en paraísos, financiación de actividades poco lícitas… Aunque no es lo habitual, de vez en cuando, saltan a los medios de comunicación noticias que informan sobre la actuación de entidades financieras que no gustan a los clientes.
No en vano, la ilegalidad se comete con el dinero que tiene depositado el usuario en el establecimiento bancario. Esta es otra de las razones por las cuales algunas personas deciden cambiar de entidad.
10. Ahora por Internet es más fácil
Antes, irse a otra entidad conllevaba visitar varias oficinas, conocer las condiciones de cada banco, esperar largas colas e informarse personalmente. Ahora, a través de Internet se pueden consultar las ventajas que proporciona cada establecimiento y tomar una decisión de manera más rápida.
Si el cambio se va a hacer a una entidad on line, también es más sencillo porque se puede realizar desde casa con el ordenador. La seguridad es la misma que en los bancos físicos, pero la comodidad y la amplitud de horarios es superior.
Cómo hacer el cambio
Una vez que el cliente decide cambiar de banco, tiene que abrir su cuenta en la entidad elegida. En la sucursal a la que acuda le ayudarán a realizar los trámites y le informarán sobre los pasos que debe seguir para poner fin a la relación con la otra empresa.
Una vez que tenga el nuevo número de cuenta, hay que dirigirse al departamento de personal del trabajo -o en su caso comunicarlo a las oficinas del servicio de desempleo o al organismo que abone la pensión- y dar los datos de la nueva cuenta para que ingresen en ella el dinero.
Después se hace lo mismo con los recibos domiciliados. Ya sea por teléfono, en persona o por escrito, el consumidor da los nuevos dígitos a la compañía eléctrica, telefónica, de seguros… para que pasen el cargo a la cuenta de la entidad con la que han contratado.
En el banco o la caja de ahorros con que se quiere terminar la relación hay que cerrar la cuenta. Es bastante frecuente dejarla abierta con una pequeña cantidad de dinero o con saldo cero, pero por lo general, en estos casos, la entidad cobra comisiones de mantenimiento, de manera que el depósito se extingue y el cliente corre el riesgo de que le cobren intereses por el descubierto. Para cerrar la cuenta es necesario que se personen todos los titulares con su DNI. Antes hay que sacar el dinero y llevárselo bien en metálico o por una transferencia. Es más cómodo que sea el nuevo banco quien lo pida. A menudo, es gratuito por el convenio que firman las entidades entre sí.
No hay que olvidarse de otros medios de pago como las tarjetas. También hay que anularlos porque, de lo contrario, se cobrarán las comisiones. En todo caso, es conveniente esperar un tiempo entre la apertura de una cuenta y el cierre de otra por si queda algún recibo sin pagar o alguna compra realizada con la tarjeta, cuyo cobro no se ha hecho efectivo.
[Via Invertia]
Mar
18
¿Te asfixian los morosos? Diez instrumentos para cobrar las deudas pendientes
El inventor de la ‘morosología’ Pere J. Brachfield explica distintas fórmulas y también alternativas al pago tradicional
“El arte del buen comerciante está más relacionado con lograr que le paguen que con vender”, dice un refrán popular español. Éste cobra especial sentido en el momento actual, en el que más de 600.000 empresas han tenido que echar el cierre en España debido a la cadena de impagos desatada con la crisis. Cuando la morosidad española triplica la media europea (2,6% frente al 7,1%) y el porcentaje de empresas que no respeta las condiciones de pago pactadas se sitúa en el 60%, se impone una estrategia para tratar de minimizar esta lacra. El inventor de la ‘morosología’ Pere J. Brachfield propone instrumentos para gestionar este problema en su último libro.
Más allá del factor crisis, la morosidad está relacionada con un problema de filosofía empresarial, según el libro de Brachfield. El crédito de los proveedores es una de las principales fuentes de financiación de las empresas españolas, al suponer el 39,2% frente al 46,7% aportado por los bancos, según datos de Iberinform presentados en abril de 2011.
En un contexto de sequía crediticia, ésta práctica se ha extendido como una mancha de aceite, llegándose al extremo en el que retrasar intencionadamente los pagos a los proveedores se considera una buena práctica empresarial. Así las cosas, el plazo de cobro de las facturas se eleva en España a 93 días, muy por encima de los 54 de media europea y los 75 que marca la ley.
Pero estos retrasos (si es que llega a producirse el pago) no resultan innocuos para los afectados. Por poner un ejemplo, cada día de demora en el pago de una factura de 10.000 euros supone un coste de 1,67 euros, aplicando un interés anualizado al 6%. Si el retraso es de 60 días, el coste es de 100 euros. Se trata de una cifra asumible pero puede volverse una pesada carga cuando los retrasos se convierten en el pan de cada día de la gestión empresarial.
Sin embargo, “sólo hay una cosa peor que cobrar tarde una factura, y es no poder cobrarla nunca”, escribe Pere J. Brachfield en su libro, en el que advierte sobre la falsa creencia de que un retraso de un par de días no tiene importancia. Según él, cuanto antes se aborde la situación, más probabilidades de cobro existirán. Y volviendo otra vez al refranero español: “Deuda vieja es deuda muerta”.
A la hora de coger el toro por los cuernos, “el éxito del cobro depende de la capacidad del acreedor para analizar la situación, saber negociar un acuerdo de pagos realista y razonable, encontrar argumentos para convencer al deudor y emplear los instrumentos adecuados para cada fase” del impago, según el libro. De este modo, si el cliente pasa por una situación de iliquidez transitoria, el objetivo será cobrar, pero manteniendo la relación comercial. Por el contrario, si la situación persiste, lo más conveniente será emprender acciones judiciales.
Pasemos a analizar algunos puntos:
1.- La reclamación amistosa.
La reclamación extrajudicial es una fase primordial. Permite conocer la actitud del deudor y, si el acreedor la lleva a cabo de forma adecuada, la mayoría de los clientes solventes y de buena fe acabarán pagando. Para que sea eficaz, debe iniciarse lo antes posible, evitando la improvisación. Hay que definir una política de cobros, utilizando los tres grandes sistemas amistosos de reclamación: la correspondencia, el teléfono y la visita personal. Es conveniente combinarlos de manera progresiva y persistente, advirtiendo de las acciones a las que se enfrenta en caso de impago, pero sin avasallar al deudor. Si el deudor acepta pagar en esta fase, es conveniente dejar el pacto por escrito, junto con algunas garantías adicionales (aval o fianza) para evitar que se tuerza. Brachfield propone en su libro cómo elaborar una política de gestión detallada, con categorización de clientes, detección rápida y calendario de acciones, entre otras cosas.
2.- ¿Tengo derecho a intereses de mora?
La legislación española determina que se tiene derecho a éstos cuando la empresa que reclama haya cumplido sus obligaciones contractuales y no haya obtenido a tiempo la remuneración pactada, a menos que el deudor pueda probar que no es responsable del retraso. Estos intereses se calcularan en función de la tasa rectora del BCE más siete puntos porcentuales.
3.- Cómo usar la correspondencia
Las cartas, mails, faxes, etc son efectivas para reclamar pequeñas cuantías en las que no merece la pena el coste de teléfono y personal de una llamada. Pero además, sirven para aumentar la eficiencia de un contacto telefónico, pues permiten poner en antecedentes a la persona y dejar constancia del impago, antes de llegar a la “fase llamada”. Hay que tener cuidado al escribir la cantidad adeudada, pues el moroso puede negarse a pagar alegando lucro indebido. Deben ser cortas, claras, sin tecnicismos, personalizadas y educadas, evitando un tono que genere rechazo. Nunca se debe ofrecer un periodo de gracia, aplazamientos o moratorias. Lo conveniente es exigir el pago inmediato.
4.- Fórmulas alternativas de cobro
Cuando el cobro en efectivo es imposible, se puede emplear la imaginación. Recuperar la mercancía vendida o la cesión de bienes son una posibilidad, aunque lo más frecuente es lograr que el deudor nos entregue compromisos de pago de los clientes que le deban dinero a él (cheques, pagarés, etc). Es una buena opción, pues si esperamos a que el moroso cobre sus deudas, puede que destine el dinero a otros fines que tengan más prioridad. A nivel práctico, una vez que se tenga el pagaré o letra endosados, se debería comunicar por burofax al firmante el nuevo titular.
5.- La vía judicial
El principio de que “más vale un mal arreglo que un buen pleito” ha perdido vigencia gracias a las recientes reformas legislativas, que permiten proteger los derechos del acreedor, aunque tampoco es aconsejable demandar a ciegas. Es importante optar por esta vía si se ha dado un ultimátum al moroso, pues si no se perderá credibilidad frente a otros deudores. El factor tiempo vuelve a ser esencial, para evitar que otros acreedores se adelanten. Una cuestión importante son las costas procesales, pues sólo en los casos en los que sea preceptiva la intervención de un abogado y procurador se podrá exigir la devolución. Una alternativa es acudir a un acto de conciliación. Es de carácter voluntario, sencillo y mucho más barato. En este caso, no es necesaria la intervención de letrado, por lo que el acreedor puede instar directamente el acto de conciliación por medio de un escrito al Juzgado de primera instancia o Juzgado de paz. También existe otra figura, conocida como el proceso monitorio, destinada a acabar con la rebeldía del deudor, puesto que si no comparece ante el juzgado, en unas semanas se encontrará con el título ejecutivo en su contra y el embargo de sus bienes.
[vIA aBC]
Mar
18
Todas las cajas se incorporan al código contra los desahucios
Todas las cajas de ahorros y grupos de cajas han expresado su intención de adherirse al código de buenas prácticas aprobado por el Gobierno para minimizar los efectos sociales de los desahucios, según anunció la patronal CECA.Se trata de Caixabank, Bankia, Ibercaja, Unicaja, Kutxabank, Grupo BMN, Liberbank, Caja España-Duero, CatalunyaCaixa, Novagalicia Banco, Banca Cívica, Caja 3, Caixa Ontinyent, y Colonya Caixa Pollença.
La CECA justifica la adhesión porque el código atiende a la lucha contra la exclusión social y financiera, uno de los objetivos fundacionales de las cajas de ahorros.
Todas estas entidades ya habían arbitrado soluciones específicas para aquellos clientes hipotecarios en situaciones de extrema vulnerabilidad, como las refinanciaciones, los periodos de carencia, las daciones en pago con carácter voluntario o la adquisición de vivienda para su posterior alquiler al deudor, entre otras.
No obstante, considera que su adhesión al código es de «especial relevancia» por cuanto estas entidades están especializadas en la financiación a empresas y familias, y han favorecido el acceso a la vivienda en propiedad de todas las capas de la población, un factor muy positivo para fomentar la cohesión y la estabilidad social.
De hecho, la cuota de mercado del Sector de las Cajas de Ahorros asciende al 55% en préstamos hipotecarios. En el caso de la vivienda protegida la cuota se eleva hasta el 69%.
[Via Finanzas]
Mar
17
Amancio Ortega, compra un edificio en Barcelona de 60 Millones al tiempo que estrena tienda en Nueva York. El empresario juega al despiste a través de dos operaciones separadas por más de 6.500 km de distancia.
Amancio Ortega, la quinta mayor fortuna mundial según la revista Forbes, cierra una operación de 60 millones de euros en Barcelona al tiempo que estrena tienda en Nueva York, según cuenta el diario Expansión. El empresario juega al despiste a través de dos operaciones separadas por más de 6.500 km de distancia.
Ortega adquiere un inmueble de 10.000 m² en el Paseo de Gracia de la Ciudad Condal a Sacyr Vallehermoso por un importe de 60 millones de euros. El edificio, propiedad de Testa y Vallehermoso, inmobiliarias del grupo Sacyr, cuenta con ocho plantas de oficinas alquiladas a compañías como Bank of Tokio Mitsubishi, Cushman & Wakefield, BNP Paribas, Audatex, Infor, Devere y Porter Novelli entre otras. Además, cuenta con uno de los mayores locales comerciales, con una superficie de 2.000 m², alquilado a la firma británica Burberry.
Ortega, que ya protagonizó a finales de 2011 la mayor operación inmobiliaria desde 2008 con la compra de la emblemática Torre Picasso de Madrid, ha convertido a su compañía Pontegadea Inmobiliaria en una de las grandes inmobiliarias patrimonialistas de España. La compañía cuenta con unos activos valorados en 3.321 millones de euros en 2010 y obtuvo un beneficio de 130 millones.
Estrena tienda en la Quinta Avenida
La estrategia del empresario se centra en la adquisición de edificios de oficinas en zonas prime en los que pueda albergar establecimientos de su firma de moda Zara. Prueba de ello es el nuevo establecimiento de 3.000 m² que ha adquirido en el 666 de la Quinta Avenida de Nueva York, la tienda más grande de Zara en EEUU. Ubicado en el edificio Tishman, un local que Ortega compró en una operación récord de 230 millones de euros.
[Via ElMundo]




