Archivo del mes 30 junio 2010
Jun
30
Las hipotecas se estancan
Según los datos del Instituto Nacional de Estadística difundidos hoy, el importe medio de las hipotecas constituidas sobre viviendas en abril fue de 114.132 euros, lo que significa una bajada del 1,1% respecto a un año antes y del 1,9% frente a marzo.
El número de hipotecas sobre vivienda constituidas en abril fue de 50.342, el 0,2 por ciento más que en el mismo mes del año anterior, lo que supone un estancamiento de este indicador después de tres meses de subidas consecutivas superiores al 2 por ciento.
Según los datos del Instituto Nacional de Estadística difundidos hoy, el importe medio de las hipotecas constituidas sobre viviendas en abril fue de 114.132 euros, lo que significa una bajada del 1,1% respecto a un año antes y del 1,9% frente a marzo.
Por lo que respecta al capital prestado para este fin, en abril alcanzó los 5.745,6 millones de euros, una disminución del 1% respecto a un año antes y el 1,9% menos que el mes anterior.
Según la misma fuente, el importe medio del total de hipotecas sobre fincas constituidas en abril se situó en 129.734 euros, cifra inferior en un 10,6% a la de un año antes y en un 8,7% a la registrada en marzo.
El número de fincas hipotecadas bajó el 4,3% en abril con respecto al mismo mes de 2009 y se situaron en 79.392.
Este retroceso se debió principalmente a la caída 31,6% en el segmento de fincas rústicas, hasta 3.664, en tanto que en el caso de fincas urbanas el descenso fue del 2,4%, hasta 75.728.
El valor de las hipotecas constituidas sobre fincas urbanas fue de 9.593 millones y el de las rústicas de 706 millones, el 10,4% y el 47,2% menos que un año antes.
Por tipos de entidades, las cajas de ahorros fueron una vez más las que concedieron un mayor número de préstamos hipotecarios, el 50,4 por ciento del total, seguidas de los bancos, con el 38,4 por ciento, y de otras entidades financieras, que concedieron el 11,2 por ciento.
Sin embargo, por importe prestado, los bancos se situaron en primera posición con el 45,3 por ciento del total, mientras las cajas prestaron el 42,8 por ciento y el resto de entidades el 11,9 por ciento.
El tipo de interés medio para las hipotecas que se constituyeron en abril se situó en el 3,92%, lo que implica un retroceso interanual del 16,8% y una subida del 0,3% en comparación con marzo.
Las cajas de ahorros ofrecieron a sus clientes un tipo de interés medio del 4,07% en abril para las hipotecas y un plazo medio de 23 años, en tanto que en los bancos este plazo fue inferior, de 21 años, y el interés medio, más bajo, del 3,81%.
Según el INE, el 95,4% de los préstamos hipotecarios constituidos en el cuarto mes del año se referenció a un tipo de interés variable, y el 4,6% restante lo hizo a tipo fijo.
Asimismo, el número de hipotecas en las que se modificó alguna de sus condiciones se situó en abril en 37.844, con un descenso interanual del 7,7%.
En el caso de las hipotecas sobre viviendas, el número de préstamos con cambios en sus condiciones fue de 23.372 en abril, el 12,2% menos que en igual mes de 2009.
Con respecto a qué tipo de modificaciones se introdujeron en las condiciones de las hipotecas, hubo 31.920 novaciones (modificaciones pactadas con la misma entidad financiera), con un descenso interanual del 4,8%.
El número de préstamos hipotecarios que cambiaron de entidad (subrogaciones al acreedor) fue de 4.059, el 22,8% menos que un año antes, mientras que en otras 1.865 hipotecas cambió el titular del bien hipotecado, lo que supuso un descenso del 14,2%.
De las hipotecas que cambiaron sus condiciones en abril, en el 38% de los casos se varió el tipo de interés.
Por otra parte, durante el cuarto mes del año se produjeron 46.182 cancelaciones registrales de hipotecas, el 9,1% más que un año antes.
En tasas interanuales, las hipotecas canceladas sobre fincas rústicas aumentaron el 2,2%, sobre las urbanas, el 9,3%, y sobre viviendas, el 11,3%.
Por comunidades autónomas, La Rioja y las Islas Baleares concentraron el mayor número de fincas con hipotecas constituidas en abril por cada 100.000 habitantes, 347 y 279, respectivamente.
Las comunidades en las que más crecieron estos préstamos fueron Castilla-La Mancha (27,4%) y Principado de Asturias (19,7%), mientras que La Rioja y Canarias fueron las que más vieron caer el número de hipotecas, con bajas del 42,6 y del 26,1%, respectivamente.
Jun
30
Lo que debe saber sobre cómo se aplicará la subida del IVA
Ante la subida del IVA, las organizaciones de consumo se preparan ya para una avalancha de consultas y reclamaciones y, de momento, intentan aclarar al consumidor cuánto debe pagar y cuándo. La subida puede dar lugar a controversia, especialmente en el caso de las compras o servicios contratados antes del día 1 de julio y que tengan que abonarse después de esa fecha.
Básicamente, la norma establece que la tasa de IVA aplicable debe ser la vigente en el momento en que se realiza la compra. Cuando se contrate un servicio o se realice una compra que será pagada a plazos o a crédito en el plazo de un mes, el importe que debe abonar el consumidor será el que figuraba el día de la compra. Es decir, que cualquier compra o servicio contratado antes del 1 de julio debería aplicar un IVA del 16 por ciento o del 7 por ciento, según proceda, y los que se contraten después de esa fecha llevarán el nuevo tipo impositivo, según informa Efe.
Ejemplos
Muchos consumidores y proveedores pueden tener dudas en casos concretos como en compras, facturas, o contratación de servicios.
– En el caso de las facturas de suministros de servicios como el gas, la telefonía, la electricidad o el arrendamiento, el IVA aplicado será el vigente en el momento de emitir la factura, aunque el consumo corresponda al mes anterior.
– Si el presupuesto previo aceptado –de un viaje o de la obra de una vivienda, por ejemplo– se ha hecho con un precio cerrado, que incluye el IVA sin desglosar, la cantidad que figura en la factura es la que debe pagar el consumidor, tanto si realiza la compra con pagos parciales anticipados o cantidades a cuenta o si liquida una vez concluido el servicio, aunque sea después del 1 de julio.
– Si en el presupuesto previo se detalla el coste del servicio y se añade «+ IVA», se interpreta que el gravamen a pagar será el vigente en el momento del pago, que si se realiza después del 1 de julio será del 8 o del 18 por ciento.
– Si en el presupuesto consta el precio del servicio, aunque se especifique el porcentaje del impuesto –por ejemplo, más el 16% de IVA–, se aplicará éste a las cantidades abonadas antes del 1 de julio y el IVA caro a los pagos que se realicen después, ya que cuando se hizo el presupuesto se desconocían los cambios que se iban a producir.
– Otro caso es el de un presupuesto que establece una fecha concreta –anterior al 1 de julio– para la entrega de un producto o la realización de un servicio –la compra de un coche, por ejemplo–. Si éste se retrasa por causas ajenas al usuario que ha aceptado el presupuesto con el 7 o el 16% de IVA, al recibir el coche el servicio después del 1 de julio y emitirse la factura con el nuevo tipo impositivo, es la empresa la que, en ese caso, por incumplimiento del contrato, tiene que asumir el sobrecoste.
Consulta sobre dudas
No obstante, ante cualquier duda, las organizaciones de consumidores recomiendan a los consumidores y empresas consultar los problemas de interpretación en la Agencia Tributaria y dirimirlos ante las Juntas Arbitrales de Consumo. Dado que el pago de este impuesto es obligatorio, los consumidores no pueden dejar de abonarlo, aunque algunos comercios, como Inditex, Mercadona o Lidl, ya han anunciado que no trasladarán el alza a los precios finales.
Jun
30
El gasto medio en rebajas desciende un 27% respecto a 2009 hasta los 65 euros
Madrid, Catalunya y Valencia serán las autonomías más consumistas, mientras que Canarias, Galicia y Extremadura las que menos.
El gasto medio de los españoles en las rebajas de este año será de 65 euros por persona, el 27,7 por ciento menos que el año pasado, cuando el gasto medio se elevó hasta los 90 euros, según un estudio de la Federación de Usuarios y Consumidores Independientes (FUCI).
El estudio, realizado mediante una encuesta a más de 2.500 consumidores, refleja el desembolso económico que tienen previsto hacer los españoles en esta temporada de rebajas que, salvo en Madrid, Baleares, Extremadura y Valencia, comenzará en todo el territorio nacional el próximo jueves, 1 de julio.
Madrid, Catalunya y Valencia serán las autonomías más consumistas, y Canarias, Galicia y Extremadura las que menos. Sólo uno de cada tres españoles comprará algo en rebajas, y serán más mujeres (63%) que hombres (35%).
Para ahorrar algo más, el 34% de los consumidores evitará las marcas, el 27% comprará lo que está más rebajado y el 35% sólo lo que necesita, según FUCI.
La ropa y los complementos serán los artículos más demandados por los consumidores, aunque los hombres muestran un interés creciente en artículos de informática. Según FUCI, un año más, los consumidores muestran un «importante desconocimiento» de sus derechos y deberes, ya que sólo el 22% conoce cuál es la garantía de los bienes de carácter duradero y únicamente el 36% sabe qué hacer para presentar una reclamación.
Para la presidenta de FUCI, Agustina Laguna, estos datos muestran el impacto de la crisis sobre los consumidores y su «maltrecha» situación económica, que además se unirá al incremento del IVA de dos puntos que «supondrá unos 260 euros anuales» para el consumidor. En este sentido, FUCI advierte que «los productos que se encarguen antes del 1 de julio y se entreguen con posterioridad a esa fecha no pueden ser penalizados con la subida del IVA».
FUCI recomienda realizar un consumo racional y calculado, y para ello, aconseja fijar un presupuesto previo y respetarlo, revisar con atención las etiquetas, y vigilar que en cada producto se indica, de forma clara, el precio anterior y el precio rebajado. Además, FUCI recuerda que los bienes de carácter duradero tienen una garantía de dos años y que el establecimiento debe aceptar las devoluciones o cambios, aunque para ello el consumidor debe guardar siempre el justificante de compra.
Jun
30
Grecia desmiente que quiera vender sus islas: «Es un insulto»
«Se trata de una completa falta de exactitud…fuera de la realidad e incluso un insulto», aseguró Petalotís en una carta enviada a The Guardian, tras publicar este diario británico un artículo sobre «la venta de islas griegas del Estado».
El artículo afirma que Grecia vende sus tierras, debido «a la incapacidad del Estado para desarrollar la infraestructura básica o vigilar la mayoría de sus islas».
Petalotís señaló que «la compraventa de islas griegas privadas no es nada nuevo ni tampoco es una noticia tanto en Grecia como en cualquier otro lugar», tras confirmar que la de Nafsiká, en el mar Jónico, está en venta desde hace bastante tiempo.
Nafsiká es una isla de propiedad privada y, según los medios griegos, su precio es de 15 millones de euros. Petalotís también desmintió que su Gobierno negocie con empresarios chinos y rusos para vender tierra en la isla griega de Rodas y aludió a «transacciones del sector privado de venta de tierras».
Grecia cuenta con más de 6.000 islas e islotes, pero sólo 227 están habitados. Magnates y armadores griegos y extranjeros, incluidos el fallecido Aristóteles Onasis y miembros de la «jet set» mundial, son propietarios de islas privadas, de las que varias están en venta.
Ioanis Kriarás -dueño de Ktimatoemporikí, uno de los mayores agentes inmobiliarios, con sede en la isla de Creta- declaró a Efe que el artículo en cuestión «es una mentira. El Gobierno griego no vende sus tierras ni sus islas y las publicaciones al respecto son un golpe bajo contra Grecia».
«Lo único posible es que los ayuntamientos vendan o cedan los derechos de parte de sus tierras en subastas públicas para alquilarlas por muchos años o hacer negocios conjuntos con alguna empresa o dueño privado,» explicó Kriarás.
«The Guardian» también se refería a la venta de tierras en la isla de Mykonos, paraíso de los homosexuales y de la «jet set» y cuya tercera parte de la zona supuestamente en venta «pertenece al Estado griego».
Esta venta fue rechazada a Efe por el miembro del Consejo Municipal del Ayuntamiento de Mykonos Antonis Kusazanás, quien calificó la eventual operación de «gran mentira».
Por su parte, el primer ministro griego, Yorgos Papandréu, declaró hoy ante el Parlamento que ya respondió negativamente sobre la venta de terrenos nacionales durante su visita a la canciller alemana, Angela Merkel.
En marzo, durante su visita a Berlín, cuando buscaba apoyo europeo para sanear las finanzas estatales, Papandréu dijo que «las islas son libres y están bajo soberanía estatal».
Añadió entonces que, aunque Grecia vendiera sus islas, «sería una ganancia provisional» y que hay métodos más eficaces para cancelar la deuda soberana.
Jun
30
La subida del IVA podría «frenar» el desarrollo del comercio ‘online’
La subida de los tipos reducido y general del IVA, que pasan del 7% al 8% y del 16% al 18%, respectivamente, que entrará en vigor el próximo jueves, 1 de julio, podría frenar la tendencia al alza que ha experimentado el comercio electrónico en España, según el portal especializado en compras ‘online’ ‘Pixmania.com’.
En este sentido, ‘Pixmania.com’ explicó que el usuario ha encontrado en las transacciones a través de Internet un «refugio» donde poder rentabilizar mejor su dinero, por lo que la subida de impuestos en dos puntos porcentuales podría frenar «seriamente» esta tendencia al alza.
Asimismo, la web señaló que la medida aprobada por el Ejecutivo podría afectar al negocio electrónico más que el comercio tradicional, ya que los márgenes de beneficio en Internet son «muy reducidos».
Para el responsable del desarrollo de negocio de ‘Pixmania.com’ para el Sur de Europa, David Alvés, el incremento del IVA va a repercutir directamente en el consumo de los españoles, tanto en el tradicional como en el ‘online’, aunque con un impacto «más profundo» en este último debido el ajustado margen de beneficios que tiene el comercio electrónico.
Alvés explicó que, con el fin de reducir este impacto, Pixmania mantendrá su «tradicionales rebajas» de verano y rebajará un 4% todos nuestros productos para que el usuario.
Jun
30
Cinco ex-ministros diseñan el futuro de las pensiones españolas
Tras la reforma del mercado laboral, ya todo el mundo mira hacia el sistema de pensiones como el siguiente que tendrá que sufrir un lavado de cara. Incorporación más tardía al mundo del trabajo, jubilados que viven más años… las circunstancias hacen que, tarde o después, la jubilación en España vaya a cambiar respecto a como ha sido ahora. EMPRESA cuenta las opciones de reforma de nuestra Seguridad Social a través de cinco ex ministros de Trabajo (Arenas, Pimentel, Aparicio, Zaplana y Caldera) en este reportaje de Susana Alcelay que verán publicado mañana con ABC y del que hoy damos un adelanto.
«Es un sistema sólido, saneado, el único que a día de hoy registra superávit en sus cuentas, pero la evolución demográfica y la baja natalidad han encendido todas las alarmas, las alarmas que indican que, de no hacer nada, de dejar todo como está, el sistema de reparto entraría en riesgo en 2023, año en el que comenzaría a operar el Fondo de Reserva, y en un serio aprieto en 2030. Desde dentro y fuera de España se exigió al Gobierno de Zapatero que actuara y pusiera en marcha una reforma laboral y lo hizo; ahora le reclaman celeridad en la reforma del sistema público de pensiones y… está por ver si dará el paso, aunque ya perfila lo cambios.
Pero… ¿por qué ahora? ¿Qué ocurriría si no se introdujeran reformas? ¿Qué medidas hay que poner en marcha? ¿Con el aval del Pacto de Toledo o sin él? Javier Arenas, Manuel Pimentel, Juan Carlos Aparicio, Eduardo Zaplana y Jesús Caldera, cinco ex ministros de Trabajo explican para EMPRESA sus recetas para apuntalar el sistema de reparto y asegurar su sostenibilidad a largo plazo, ahora en cuestión. Ninguno cree que haya prisa, pero coinciden en que es momento de ponerse manos a la obra.
Antes de ofrecer sus soluciones, Javier Arenas, primer ministro de Trabajo del Gobierno de Aznar, quiere dejar claro que Zapatero se encontró una Seguridad Social con cuentas equilibradas, con un Fondo de Reserva para garantizar la pensiones y con 5 millones de nuevos cotizantes, sin pasar por alto que «tras años de demagogia anunciando incrementos de pensiones, ha congelado las pensiones de 6 millones de españoles por decreto, sin acercarse siquiera a informar de tan grave decisión a la Comisión del Pacto de Toledo».
Arenas: No cruzar los brazos
Dicho esto, Arenas recuerda que desde la Comisión Europea y desde el Banco de España, se insiste de modo reiterado en la necesidad de abordar aquellos cambios que la experiencia y la valoración de futuros factores recomienden. Y advierte de que «la prolongación de la esperanza de vida y la baja natalidad son datos que no cabe ignorar, lo mismo que la ampliación voluntaria de la vida activa. Estos parámetros no pueden meterse en un cajón y cruzarse de brazos». Y no pasa por alto que la propuesta de reformas que hizo Zapatero en enero (jubilación a los 67 años y 25 años para el cálculo de la pensión) fue enviada a la Comisión Europea y al propio tiempo desmentida en España. «El Gobierno tiene que activar la Comisión del Pacto de Toledo y, a ser posible, un acuerdo que garantice nuestro sistema de pensiones», señala.
Retraso voluntario
Dice tajante el ex ministro que cualquier cambio debe pasar por el Pacto de Toledo. «La experiencia del Pacto de Toledo ha sido extraordinariamente positiva, ya que ha permitido fortalecer nuestro sistema de Seguridad Social y hacerlo viable. Sus recomendaciones vienen orientando la política de Seguridad Social como un verdadero pacto de Estado, del que nadie debería salirse». Añade que el Acuerdo con los interlocutores sociales también es necesario ya que «mostró su utilidad cuando en 1996 permitió concretar y profundizar en los planteamientos que pactamos entre todos los grupos políticos».
Jun
30
Los bancos alemanes acumulan más del doble de créditos problemáticos que los españoles
Los créditos problemáticos concedidos por bancos alemanes son más cuantiosos que los de otros países europeos como España o el Reino Unido, según un estudio de la auditoría PricewaterhouseCoopers (PWC) publicado hoy en Fráncfort.
Los créditos problemáticos de los bancos alemanes ascienden, según el estudio, a 213.000 millones de euros mientras que los de los bancos británicos alcanzan los 155.000 millones y en España los 97.000 millones.
Se consideran problemáticos los créditos en los que el deudor no está en capacidad de pagar el servicio de la deuda o aquellos en los que a corto o mediano plazo exista el peligro de que no sean pagados.
Durante la crisis financiera, los créditos problemáticos aumentaron de manera considerable en todos los países considerados por el estudio.
El Alemania, el volumen de los créditos problemáticos se ha duplicado desde 2008.
Los bancos alemanes, pese al alto volumen de créditos problemáticos, cumplen con las exigencias de reservas de capital de los entes reguladores, en parte gracias al apoyo estatal.
Jun
30
Lo bueno de Cataluña es la tradición y la apertura de sus empresas, pero…
Tres economistas explican las virtudes y los defectos del modelo catalán
Santiago Niño Becerra, catedrático de Estructura Económica en la Universidad Ramon Llull; Josep Comajuncosa, de Esade; y Salvador Estapé, del IESE, coinciden en que la economía catalana no hizo los deberes antes de que estallara la crisis. Opinan que hay mucho por hacer para lograr que el modelo catalán vuelva a ser competitivo, pero no olvidan que hay una serie de elementos que juegan a favor de Cataluña.
«Los puntos fuertes radican en la proximidad de parte de su territorio a Francia, contar con un puerto muy potente, el que su costa se halle en el corredor Mediterráneo Sur, el que hayan clusters logísticos de importancia y el que exista una “experiencia burguesa”, empresarial, se diría hoy, desde hace seis siglos», dice Niño Becerra. Comajuncosa también destaca la «tradición emprendedora» de Cataluña y le añade su «buena capacidad exportadora». «Es la primera comunidad Autónoma en este aspecto», recuerda. «En términos relativos también destacaría la especialización de la industria. Cataluña tiene un sector turístico muy desarrollado», explica.
Estapé se suma a subrayar que Cataluña cuenta con «una tradición empresarial con un segmento de empresas dinámicas orientadas al exterior (y algunas pocas con dimensión internacional). Y agrega que Cataluña «tiene una base industrial diversificada, un alto grado de apertura de la economía, así como un nivel de capital humano bueno, y algunos centros avanzados de investigación y educación».
Hasta aquí, puede decirse que las bases de la economía catalanaestán bien cimentadas. Ningún análisis sobre la realidad empresarial de la comunidad puede ignorar que hay un enorme número de pymes –el 18,2 por ciento del total de las que hay en España–, lo cual conlleva algunas problemáticas. «Que la economía esté muy basada en pymes provoca una rigidez laboral que impide basar los salarios en función de la productividad», advierte Comajuncosa.
En este mismo sentido, Estapé comenta que «predomina un tejido de empresas pequeñas con baja productividad, falta de tradición de cooperación, así como ausencia de multinacionales de matriz local y, por tanto, la excesiva dependencia de multinacionales con sedes centrales en el extranjero».
Niño Becerra concluye que «muchas pymes y muy pocas empresas potentes y grandes son capaces de expandirse y de innovar». Sin embargo, Estapé celebra que Cataluña haya sido «capaz de mantener un núcleo de empresas de tamaño mediano muy dinámicas en la exportación».
Ideas clave para el análisis
1. Pymes y productividad
«Predomina un tejido de empresas pequeñas con baja productividad, falta de tradición de cooperación»
2. Las bases de la economía
«En Cataluña el peso de la construcción ha sido monstruoso, y lo es el del turismo de bajo valor»
3. Cambio de modelo
«Toda la economía española dejó hace mucho de hacer los deberes»
4. Renovarse o morir
«No sé si el modelo de negocio tradicional sobrevivirá a la crisis»
5. El objetivo es cooperar
«El individualismo exacerbado catalán hace años fue positivo y hoy no lo es»
6. Nueva Economía
«La crisis actual es una oportunidad para reestructurar la industria y los servicios e inducir a un aumento sostenible de la productividad»
7. La inversión I+D
«El gasto total en investigación y desarrollo que se realiza en Cataluña es bajo (por ejemplo, en 2006 fue de 2.614 millones de euros, mientras que Nokia por sí sola gastó 3.712 millones de euros)»
Jun
30
Los artículos anulados
El Tribunal Constitucional (TC) ha revocado, totalmente o solo en parte, 14 artículos. Los preceptos más significativos que han sido modificados hacen referencia a la lengua y la financiación autonómica. El TC corta de raíz cualquier intento de tener un poder judicial catalán diferenciado.
1. Identidad
El carácter «preferente» de la lengua catalana
El fallo considera inconstitucional que el catalán sea considerado la lengua «preferente» de las administraciones públicas y de los medios de comunicación públicos de Catalunya, tal como consta en el artículo 6.1. En cambio sanciona, como ya había hecho el Tribunal Constitucional (TC) en otras ocasiones, que el catalán sea lengua «vehicular» de la enseñanza, incluido en el mismo artículo.
Los ponentes del Estatut consideraron que declarar que el catalán es «la lengua normal y preferente» era la forma de desarrollar el concepto de lengua propia, avalado por el TC. De hecho, en la ley de política lingüística de 1998 se dice que el catalán deberá ser la lengua «preferentemente usada» por la Administración del Estado y que es la lengua «de uso» en el caso de la catalana.
El principal avance del Estatut en materia lingüística es la equiparación legal entre el catalán y el castellano y la introducción del concepto de preferencia en el ámbito público. Los expertos temen que ahora se puedan dar pasos atrás.
2. Instituciones
El incipiente poder judicial catalán queda en nada
El llamado bloque institucional del Estatut es el más afectado por el recorte, sobre todo el título tercero, dedicado al poder judicial de Catalunya, que queda profundamente desnaturalizado. Antes de eso la sentencia anula dos artículos que atañen a sendas instituciones de autogobierno, el Consell de Garanties Estatutàries (órgano de nueva creación que sustituyó al Consell Consultiu) y el Síndic de Greuges.
El tribunal no acepta el carácter vinculante que el artículo 76.4 otorga a los dictámenes del Consell en proyectos de ley o proposiciones de ley que afecten a derechos reconocidos por el Estatut. El legislador catalán quería evitar de esta manera cualquier laminación, vía legislativa, de los derechos de la ciudadanía. El TC no acepta esta visión garantista y lo considera un menoscabo de la competencia legislativa del Parlament.
También es declarado inconstitucional que el Síndic de Greuges supervise «con carácter exclusivo» la actividad de la Generalitat y los organismos que dependan de ella, tal como consta en el artículo 78.1. El tribunal considera fuera de la ley excluir al Defensor del Pueblo de esa supervisión. Este es uno de los artículos que constaba desde el principio en todas las quinielas sobre la anulación de preceptos.Pero el grueso de artículos que se caen del Estatut afectan al poder judicial, cuya descentralización queda en agua de borrajas. Incluso no se acepta que el presidente del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) sea considerado como representante del poder judicial en Catalunya, como consta en el 95.5.
Uno de los pocos artículos que es anulado en su integridad es el 97, que es el que crea el Consell de Justícia de Catalunya (CJC) «como órgano desconcentrado del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)». De hecho, para dar ese paso era necesaria una reforma de la ley orgánica del Poder Judicial. Así, el TC se carga el intento de crear un órgano de gobierno de los jueces de ámbito catalán y reserva esa función solo para el CGPJ.
En consonancia con lo anterior, anula los preceptos 98.2 y 98.3, que regulan las atribuciones que debería haber tenido el CJC. La laminación de las competencias de este órgano todavía inexistente continúa en el artículo 95.6, donde se afirma que los nombramientos de los presidentes de sala del TSJC contarán con su participación. Ateniéndose a la misma lógica se anulan los artículos 99.1, que explicita su composición, organización y funcionamiento, y 100.1, que afirma que sus actos serán recurribles ante el CGPJ salvo que se dicten «en el ejercicio de competencias de la comunidad autónoma». También el 101.1 y 101.2, que regulan la participación del CJC en oposiciones y concursos para proveer las plazas vacantes de jueces y fiscales. No hace falta decir que con esta sentencia el CJC ha muerto incluso antes de nacer.
3. Autogobierno
Competencias compartidas y cajas de ahorro
Una de las paredes maestras del Estatut es la definición de la tipología de competencias en exclusivas, compartidas y ejecutivas, el intento más serio hasta la fecha para aclarar la potestad de cada administración en las diferentes materias. Especialmente significativo es el artículo 111, que hace referencia a las competencias compartidas. Pues bien, el tribunal considera inconstitucional el inciso «como principios o mínimo común normativo en normas con rango de ley, excepto en los supuestos que se determinen de acuerdo con la Constitución y el presente Estatut». Los magistrados consideran que esta redacción equipara la Constitución con el Estatut y, por tanto, no deja clara la preeminencia del Estado.
En materia competencial el fallo deroga los artículos 120.2, que regula las competencias de la Generalitat en materia de cajas de ahorro, y 126.2, que faculta a Catalunya para organizar sus entidades de crédito que no sean cajas de ahorro.
4. Financiación
Contra la igualdad en el esfuerzo fiscal
Otro de los pilares del Estatut que resulta dañado por la sentencia es el referente a la financiación autonómica. La sentencia suprime un inciso básico del artículo 206.3, aquel que después de aceptar que todas las comunidades deben poder disfrutar de unos servicios de educación, sanidad y servicios similares, lo condiciona a que «lleven a cabo un esfuerzo fiscal también similar». El principio de raíz federal que subyace en esta frase es que ninguna comunidad pueda beneficiarse de la solidaridad de las otras si no hace también el mismo esfuerzo recaudatorio, para evitar precisamente los agravios comparativos que se daban hasta ahora y que perjudicaban especialmente a Catalunya. Todavía en el ámbito económico cae también el artículo 218.2, que regula las competencias de Catalunya en materia de financiación local. El TC revoca la capacidad de la Generalitat para «establecer y regular los tributos propios de los gobiernos locales».
Jun
30
El TC da un zarpazo a la obligación del Estado de invertir en Cataluña
Zarpazo del Tribunal Constitucional a uno de los aspectos clave del ‘Estatut’. Y probablemente el de mayor recorrido en términos de autogobierno económico. El TC revisa y reinterpreta la polémica disposición adicional tercera, en la que se obliga al Estado a invertir en Cataluña una cantidad equivalente al peso de la comunidad autónoma en el conjunto del país. Es decir, a la luz de los datos de la Contabilidad Regional de 2009, el 18,6% de la inversión pública.
Dicha disposición establece que la inversión del Estado en Cataluña en infraestructuras, excluido el Fondo de Compensación Interterritorial, se equiparará a la participación relativa del producto interior bruto de Cataluña con relación al PIB del Estado para un periodo de siete años. Pero ahora lo que dice el TC es que para que ese precepto sea constitucional debe reinterpretarse “en los términos establecidos en el correspondiente fundamento jurídico”, y que será dado a conocer en los próximos días cuando esté redactada la sentencia.
Peor parada sale la pretensión de que la ‘solidaridad’ de Cataluña respecto del resto de territorios tenga límites basados en la expresión “siempre y cuando lleven a cabo [el resto de regiones] un esfuerzo fiscal también similar”. En este caso, el TC dice simplemente que es inconstitucional esa restricción, por lo que debe desaparecer del ‘Estatut’.
La norma catalana establece, en concreto, que los recursos financieros de que disponga la Generalitat podrán ajustarse para que el sistema estatal de financiación disponga de recursos suficientes para garantizar la nivelación y solidaridad a las demás CCAA, con el fin de que los servicios de educación, sanidad y otros servicios sociales esenciales del Estado del bienestar prestados por los diferentes gobiernos autonómicos puedan alcanzar niveles similares en el conjunto del Estado. Ahora bien, matiza que “siempre y cuando lleven a cabo un esfuerzo fiscal también similar”, lo cual es tumbado por el Constitucional.
Los límites a la solidaridad
En este mismo artículo (el 206), el Constitucional adelanta que pondrá límites a uno de los caballos de batalla del reciente modelo de financiación, la proporción entre lo aportado a las arcas públicas y lo recibido del Estado. El ‘Estatut’, en concreto, establece que el Estado garantizará que la aplicación de los mecanismos de nivelación “no altere en ningún caso la posición de Cataluña en la ordenación de rentas per cápita entre las Comunidades Autónomas antes de la nivelación”. Este punto es el que ahora se reinterpretará para aclarar las cosas.
La misma suerte corre una parte del artículo 218, el que regula la autonomía de los ayuntamientos. El TC considera inconstitucional la capacidad de la Generalitat “para establecer y regular los tributos propios de los gobiernos locales”.
De la misma manera, declara contrario a derecho un párrafo del artículo 126 que regula las competencias de la Generalitat sobre las entidades de ahorros que no sean cajas. El artículo establece, en concreto, que corresponde a la Generalitat la competencia compartida sobre la estructura, la organización y el funcionamiento de las entidades de crédito que no sean cajas de ahorro, de las cooperativas de crédito y de las entidades gestoras de planes de pensiones y de las entidades que actúan en el mercado asegurador, de acuerdo con los principios, reglas y estándares mínimos fijados en las bases estatales. Lo que declara no constitucional es este último párrafo subrayado en cursiva.
Mucho más calado político tiene la decisión de reinterpretar tres disposiciones adicionales que tienen que ver con el IRPF, la cesión de impuestos especiales y el IVA. El párrafo más controvertido se refiere al del Impuesto sobre la Renta, en el que se determina que se considera producido en el territorio de la comunidad autónoma de Cataluña el rendimiento cedido del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que corresponda a aquellos sujetos pasivos que tengan su residencia habitual en ella. Este punto es ahora reinterpretado por el TC.




