May

31

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May

31

La nueva Ley de Rehabilitación requiere memoria de viabilidad económica de los proyectos

‘Garantiza el menor impacto posible en el patrimonio personal del particular’

La Ley de Rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, cuyo proyecto de ley ha aprobado la Comisión de Fomento del Congreso, obligará finalmente a presentar una memoria de viabilidad económica de cualquier proyecto que se quiera llevar a cabo. Además, modifica la actual Ley de Suelo para permitir que la entrega de suelo a las administraciones por operaciones urbanísticas se pueda sustituir por el pago de su valor en metálico.

Éstas son algunas de las modificaciones sobre el proyecto de ley original que se han incorporado al texto a propuesta de la oposición, en muchos casos transaccionados con el PP. Así, finalmente, se ha incluido la obligación de acompañar cualquier proyecto de rehabilitación, renovación o regeneración urbana de una memoria que «asegure su viabilidad económica en términos de rentabilidad, de adecuación a los límites del deber legal de conservación y de un adecuado equilibrio entre los beneficios y las cargas para los propietarios».

Entre otras cosas, este documento deberá incluir un análisis de la inversión que pueda atraer la actuación regeneradora, una justificación de la capacidad de la obra para generar ingresos suficientes con los que financiar la mayor parte de su coste, «garantizando el menor impacto posible en el patrimonio personal de los particulares»; un marco temporal para amortizar la reforma y una evaluación de la capacidad pública necesaria para asegurar la financiación y el mantenimiento de las redes públicas.

Además, se modifica la Ley de Suelo para precisar que el deber de entregar a la Administración el suelo libre de cargas correspondiente al porcentaje de la edificación media ponderada de la operación se fijará «atendiendo sólo al incremento de la edificabilidad media ponderada que, en su caso, resulte de la modificación» del plan urbanístico.

«Dicho deber podrá cumplirse mediante la sustitución de la entrega de suelo por su valor en metálico, con la finalidad de costear la parte de financiación pública que pudiera estar prevista en la propia actuación, o a integrarse en el patrimonio público de suelo, con destino preferente a actuaciones de rehabilitación o de regeneración y renovación urbanas», se apostilla.

Inmuebles protegidos

El proyecto de ley que ha sido aprobado ha incluido también dos precisiones en relación con los inmuebles de interés cultural o protegidos, para los cuales se deberán «buscarán soluciones innovadoras» a la hora de mejorar su eficiencia energética y garantizar su accesibilidad, «sin perjuicio de la necesaria preservación de los valores objetos de protección». En cualquier caso, seguirá siendo necesario el informe favorable de la administración competente para poder realizar las obras.

Por otra parte, cuando la administración exija a los propietarios de un inmueble obras por motivos turísticos o culturales, se prevé que sólo sean obligatorias si su coste no supera «la mitad del valor actual de construcción de un inmueble de planta nueva, equivalente al original en relación con las características constructivas y la superficie útil, realizado con las condiciones necesarias para que su ocupación sea autorizable o, en su caso, quede en condiciones de ser legalmente destinado al uso que le sea propio».

Eficiencia energética
Entre otras cosas, este documento deberá incluir un análisis de la inversión que pueda atraer la actuación regeneradora, una justificación de la capacidad de la obra para generar ingresos suficientes con los que financiar la mayor parte de su coste, «garantizando el menor impacto posible en el patrimonio personal de los particulares»; un marco temporal para amortizar la reforma y una evaluación de la capacidad pública necesaria para asegurar la financiación y el mantenimiento de las redes públicas.

Además, se modifica la Ley de Suelo para precisar que el deber de entregar a la Administración el suelo libre de cargas correspondiente al porcentaje de la edificación media ponderada de la operación se fijará «atendiendo sólo al incremento de la edificabilidad media ponderada que, en su caso, resulte de la modificación» del plan urbanístico.

«Dicho deber podrá cumplirse mediante la sustitución de la entrega de suelo por su valor en metálico, con la finalidad de costear la parte de financiación pública que pudiera estar prevista en la propia actuación, o a integrarse en el patrimonio público de suelo, con destino preferente a actuaciones de rehabilitación o de regeneración y renovación urbanas», se apostilla.

Inmuebles protegidos
El proyecto de ley que ha sido aprobado ha incluido también dos precisiones en relación con los inmuebles de interés cultural o protegidos, para los cuales se deberán «buscarán soluciones innovadoras» a la hora de mejorar su eficiencia energética y garantizar su accesibilidad, «sin perjuicio de la necesaria preservación de los valores objetos de protección». En cualquier caso, seguirá siendo necesario el informe favorable de la administración competente para poder realizar las obras.

Por otra parte, cuando la administración exija a los propietarios de un inmueble obras por motivos turísticos o culturales, se prevé que sólo sean obligatorias si su coste no supera «la mitad del valor actual de construcción de un inmueble de planta nueva, equivalente al original en relación con las características constructivas y la superficie útil, realizado con las condiciones necesarias para que su ocupación sea autorizable o, en su caso, quede en condiciones de ser legalmente destinado al uso que le sea propio».

Eficiencia energética
En materia de eficiencia energética, la ley incluirá finalmente previsiones con respecto al agua, y no sólo sobre el consumo energético o la limitación de las emisiones. En concreto, se incluye entre los fines de las políticas públicas en materia de rehabilitación urbana el objetivo de «contribuir a un uso racional del agua, fomentando una cultura de eficiencia en el uso de los recursos hídricos basada en el ahorro y en la reutilización». Además, se permitirá la ocupación de zonas comunes o de dominio público para realizar obras que reduzcan en un 30% al menos el consumo del conjunto del edificio.

Por otra parte, se han incluido todas las enmiendas de los ‘populares’ que, entre otras cosas, permiten a las comunidades autónomas suspender durante un plazo máximo de cuatro años la obligación de destinar parte del suelo urbanizable a la construcción de vivienda pública protegida (VPP), siempre y cuando existan más pisos de este tipo construidos que demanda real si se cumplen otros requisitos.

También se ha incorporado así el régimen de infracciones y el sancionador, se crea un registro de los nuevos Informes de Evaluación de los Edificios, y se autoriza a Ceuta y Melilla a reducir hasta un 10% el suelo libre de cargas que los operadores urbanísticos están obligados a entregar a la Administración, para completar a la posibilidad que ya tenían de incrementar hasta el 20% esa cesión.
[Via ElMundo]

May

31

La captación de terrenos y cubiertas de edificios para proyectos de instalación solar fotovoltaica

Los promotores e instaladores fotovoltaicos, solicitan los servicios profesionales de su red de profesionales inmobiliarios capaces de abordar con éxito su labor de intermediación.

A pesar de la crisis inmobiliaria e hipotecaria, el sector inmobiliario continúa ofreciendo múltiples oportunidades de negocio a los agentes inmobiliarios.

Las numerosas ventajas que ofrecen las energías renovables, cómo la solar fotovoltaica que se obtiene por medio de la transformación directa de la energía del sol en energía eléctrica, al disminuir la contaminación del medio ambiente, ha dado lugar a que empresas promotoras y de instalación solar se posicionen proyectando instalaciones fotovoltaicas en terrenos y en los tejados de naves industriales.

La energía solar puede aprovecharse para convertir la radiación solar en electricidad a través de la tecnología fotovoltaica. En este sentido, la Comunidad de Madrid ha previsto multiplicar los diferentes usos de esta energía y pasar, en el caso de la energía solar fotovoltaica, de los 0,3 ktep (toneladas equivalentes de petróleo) a 2,6 ktep. La energía solar fotovoltaica es una de las energías renovables con mayor potencial en la región, motivo por el cual el Plan Energético de la Comunidad de Madrid prevé alcanzar para 2012 los 400.000 m2 de paneles solares térmicos instalados -permitirán suministrar el 60% del agua caliente consumida por 25.000 familias- y que para esa fecha 25.000 hogares de la región cuenten con energía eléctrica suministrada por paneles solares fotovoltaicos.

A través de la formación y asesoramiento especializado que reciben los agentes inmobiliarios en energía solar fotovoltaica, en el último trimestre se han captado a nivel nacional, cientos de terrenos y naves industriales aptos para este tipo de instalaciones fotovoltaicas conectadas a la red eléctrica. La intermediación inmobiliaria se hace precisa en el campo de las energías renovables, poniendo en contacto a los propietarios de estas naves y terrenos con los promotores e inversores fotovoltaicos. Desde nuestra consultora legal especializada en el sector inmobiliario, y fotovoltaico, los promotores e instaladores fotovoltaicos, están solicitando los servicios profesionales de su red de profesionales inmobiliarios capaces de abordar con éxito su labor de intermediación.

La búsqueda por parte de inversores de tejados de naves de más de 20.00 metros cuadrados y terrenos aptos para las instalaciones de paneles solares fotovoltaicos, ha permitido la entrada a este sector de intermediarios inmobiliarios bien formados que conozcan los requisitos y mandatos imperativos que marca la normativa legal al respecto, de cara a que su captación sea efectiva y eficiente.
[Via UrbaNoticias]

May

30

Los extranjeros se lanzan de nuevo a la compra de viviendas en España

Los más activos fueron los británicos, seguidos de los rusos

Los extranjeros vuelven a comprar viviendas en España, atraídos sobre todo por el descenso de los precios, del 30,30% desde los niveles máximos de 2007, según la Estadística Registral Inmobiliaria del Colegio de Registradores de la Propiedad correspondiente al primer trimestre del año. El precio de la vivienda se sitúa así en niveles de 2003, tras retroceder un 2,32% en los tres primeros meses de este año.

De enero a marzo, la compraventa de viviendas ha aumentado un 28,72% respecto al trimestre anterior, hasta un total de 100.768 operaciones, lo que supone el mayor resultado de los últimos ocho trimestres. Pero hay que tener en cuenta que los datos de los registradores reflejan en realidad las ventas realizadas uno o dos meses antes. De este modo, este aumento de las transacciones en el arranque de 2013 no significa que el mercado se haya recuperado este año, si no que responde al adelanto de las compras en la recta final de 2012 para no perder la desgravación fiscal, eliminada a partir del 1 de enero de 2013. De hecho, los meses de enero y febrero suelen ser bastante malos para la compra de viviendas, según apuntan los expertos.
Destaca que el 8,63% de las operaciones de compraventa fueron realizadas por ciudadanos extranjeros, superando el 8,12% de 2012. Así, la compra de viviendas por foráneos se sitúa próxima a los récords alcanzados en 2006, antes del pinchazo de la burbuja inmobiliaria, con un 8,97%, y lejos del 4,24% del año 2009, en plena crisis del ladrillo.

Por nacionalidades, los británicos son los que más invierten en el mercado inmobiliario español, acaparando el 14,90% del total de las compras de extranjeros, seguidos de los rusos con el 9%.

En un momento en el que la demanda nacional está paralizado, y ante la recuperación de la demanda de extranjeros (que también reflejan los últimos datos del Ministerio de Fomento, según los cuales los inmuebles adquiridos por foráneos han aumentado un 5% y suponen el 15% del total ), el Gobierno español ha decidido conceder el permiso de residencia a los extranjeros que compren casas por un importe superior a 500.000 euros, según figura en la anteproyecto de la ley de emprendedores, en un intento de incentivar la inversión y reducir el elevado stock de pisos sin vender.
[Via CincoDias]

May

30

Británicos, rusos y franceses, los extranjeros que más viviendas compran en España

Estas tres nacionalidades acaparan el 40% de todas las operaciones foráneas

Los ciudadanos de Reino Unido, Rusia y Francia fueron los extranjeros que más viviendas compraron en España en el primer trimestre de 2013, según las estadísticas del Colegio de Registradores de la Propiedad. Cifras, que cabe aclarar, corresponden a operaciones reales realizadas en la recta final de 2012, cuando aún estaban en vigor las deducciones fiscales. El desfase administrativo provoca que se registren con dos o tres meses de retraso.

Entre los datos desfasados de enero y marzo, los extranjeros compraron 8.013 viviendas en España, el 8,63% del total de operaciones que se realizaron en el periodo. Desde el Colegio de Registradores destacan que esta tasa supera al 8,12% de 2012 y agregan que «se sitúa próximo a los máximos alcanzados» en 2006 con un 8,97% y «muy lejos» del 4,24% de 2009.

Por nacionalidades, los ciudadanos de Reino Unido siguen encabezando la clasificación. En el primer trimestre del año adquirieron 1.194 viviendas, el 14,9% del total de compras de extranjeros. A continuación se situaron los rusos, con 721 pisos (9%); los franceses, con 697 viviendas (8,7%); y los belgas, con 594 compras (7,41%).

Estas cuatro primeras nacionalidades, representan el 40% del total. Por detrás se sitúan: Alemania (6,9% del total), Noruega (6%), Luxemburgo (5,14%), Suecia (4,93%), Argelia (4,19%), Italia (3,79%), China (3,43%), Rumanía (2,75%), Holanda (2,51%), Marruecos (2,31%), Finlandia (1,54%), Ucrania (1,35%), Dinamarca (1,24%), Suiza (1,11%) y Argentina (0,84%). El resto de nacionalidades acumulan el 11,96%.

Según los registradores, la descomposición de resultados por nacionalidades permite sacar «interesantes» conclusiones en la medida que se dispone de ocho años consecutivos de resultados detallados. En este sentido, explican que la estructura de nacionalidades «ha cambiado bastante de la fase de ciclo alcista a la fase de ciclo bajista».

En la fase alcista convivían nacionalidades que compraban vivienda con fines turísticos con nacionalidades que compraban con fines laborales como consecuencia de trasladar su residencia a España. En la actualidad, con un ciclo bajista, la práctica totalidad de nacionalidades que encabezan la clasificación de compra de vivienda en España compran vivienda con fines turísticos. De este modo, los británicos siguen encabezando la clasificación, pero con una progresiva pérdida de peso relativo.

Desde el organismo indican que resulta «especialmente destacable el importante ascenso» de rusos, que ya han alcanzado la segunda posición, con un 9% de las compras de vivienda de extranjeros. Lejos quedan ya los, por ejemplo, 4,18% de 2008. «Sin duda se trata de la nacionalidad con mayor crecimiento en compra de vivienda en España», aseguran.

El Colegio de Registradores de la Propiedad explica que la menor incidencia relativa de la crisis económica en otros países está proporcionando una posición de ventaja competitiva a los extranjeros en la compra de vivienda. De este modo, señalan que, gracias a un «intenso» descenso del precio de la vivienda, para muchas nacionalidades, la mayoría de ellas tradicionalmente con mayor poder adquisitivo relativo, la compra de vivienda en España supone un menor esfuerzo, «constituyendo una oportunidad que en muchos casos no están dejando escapar».

Así, la compra de vivienda por parte de extranjeros está creciendo durante los últimos dos años y medio, alcanzando pesos relativos próximos a los máximos de la serie histórica (8,97% en 2006). El organismo apunta que durante los próximos trimestres resulta «previsible una intensificación» de este escenario en la medida que el ajuste de precios seguirá siendo «intenso», y la mejora relativa de otras nacionalidades con respecto a la situación económica española se intensificará. Ello dará lugar a unas condiciones de accesibilidad «especialmente favorables para muchas nacionalidades interesadas en comprar vivienda en España».
[Via ElMundo]

May

28

Pisos para tiempos de crisis

Comprar o alquilar… this is the question. El Mercado inmobiliario nos ha demostrado, en estos cinco años de crisis, que puede ajustar sus precios. Y los compradores hemos hecho gala de una evolución en la manera en la que realizamos nuestras compras: somos más exigentes y miramos al detalle cualquier gasto. Por eso, en el post de hoy queremos dedicarle unas líneas a todos aquellos que no temen a la hipoteca y que, a pesar de todo, prefieren comprar que alquilar.

Comprar una vivienda es una decisión que debe ser meditada. Contratar una hipoteca que te ata durante años no es algo que se tenga que hacer a la ligera. Dado que nuestra filosofía se basa en el consumo inteligente, no hemos podido evitar hacernos eco de un decálogo que ha elaborado Pisos.com y que nos ofrece algunas claves para comprar en tiempos de crisis.

1) Analiza la solvencia y el ahorro. Enfrentarnos con un gasto tan elevado como la compra de un piso exige un ejercicio de reflexión en el que tenemos que tener en cuenta nuestros ingresos y ser previsores, destinando cada mes una parte de los ingresos al ahorro.

2) Considerar varias zonas. De todos es conocido que la ubicación de la vivienda influye directamente en el precio. Hay localidades y barrios más caros que otros. Es importante no cerrarse puertas y considerar todas las opciones, pues el boom inmobiliario ha dejado una buena cantidad de viviendas algo deslocalizadas, pero con buenos accesos por carretera.

3) Estar atento a las oportunidades. Hay que estar al loro de las promociones. Las casas embargadas mejor conservadas y bien situadas se venden rápido, así que hay que estar atento. Además, es importante ser observador porque cuando a un vendedor le urge quitarse una casa de encima se le nota y tienes una oportunidad para negociar el precio.

4) Acudir a las ferias del sector. Muchas empresas aprovechan estos eventos para anunciar descuentos o ventajas como el IVA o la plaza de garaje gratis y, claro, los compradores más astutos no deberían dejar pasar estas ocasiones.

5) Comparar ofertas hipotecarias. Es una de las labores más cargantes del proceso, sobre todo para aquellos a los que el mundo financiero les es ajeno. Pero es uno de los pasos más importantes, sino el que más. Es completamente necesario comprar todas las ofertas de todas las entidades. Preguntar en las entidades físicas y consultar los bancos online. Además, las condiciones de los préstamos no son inamovibles, por lo que es posible lograr un diferencial más bajo o la eliminación de ciertas trabas si se cuenta con ahorro e ingresos fijos. Esta negociación siempre será más sencilla en un banco en el que se tenga abierta una cuenta, un seguro de vida, etc.

6) Estar dispuesto a asumir reformas. Según asegura Pisos.com, en algunas zonas ha caído tanto el precio que es posible encontrar pisos por 50.000 euros o menos. Más adelante os daremos una selección de viviendas asequibles. El caso, es que seguramente muchos de estos chollos vienen con letra pequeña, es decir, que es posible que muchos de estos pisos necesiten un arreglillo. Piénsalo, si sumas el precio de la vivienda con el de la reforma todavía puede resultarte barato. Pero es importante que sopeses todas las opciones.

7) Contar con efectivo. Los expertos aconsejan disponer del 20% del importe de la vivienda y de un 10% adicional para cubrir los gastos de la notaría, gestoría, registro e impuestos.

8) Ver el alquiler con opción a compra. En estos casos, la renta mensual se descuenta del precio de venta de la vivienda. Algunas veces se resta íntegramente y otras sólo una parte.

9) No firmar sin estar seguro. Es indispensable leer detenidamente el contrato de compra y las escrituras de la casa. Si no se entiende algo es necesario preguntar, no hay que tener vergüenza.

10) Acudir a una agencia. Algunos deberían ver esta opción como una inversión y no como un gasto, ya que estos especialistas realizan un análisis de las necesidades y las viviendas que mejor encajan a los que buscan casa.

Encuentra piso en Madrid o Barcelona por menos de 100.000 euros
Cuando un amigo os contaba que había conseguido comprar un piso en Madrid o Barcelona por mucho menos de lo que se solía pagar apenas te lo creías. Lo ponías en barbecho. Y es que estas dos ciudades son las más caras de España. Y más si te atreves a buscar piso en el centro.

Sin embargo, si algo bueno nos ha traído la crisis ha sido la bajada de los precios de los pisos. Desde 2004 a 2010 por el mercado de estas ciudades no se veía prácticamente ninguna vivienda de menos de 100.000 euros, ahora, sin embargo, en Madrid ya hay más pisos por menos de este precio que todos los que cuestan de 400.000 a 600.000 euros juntas.

Al menos esto es lo que se desprende de un estudio que ha elaborado Idealista.com, que también asegura que en el último año ha crecido un 36% el número de viviendas en venta en la capital de España, por lo que parece claro que la mayor parte del producto que está entrando al mercado lo está haciendo a precios más bajos.

Pero dejémonos de teorías y vayamos directamente a los ejemplos que es lo que más nos gusta. Así, de paso, os damos pistas de por dónde van los tiros en este mercado…

Madrid
– En la calle Ofelia Nieto, en Madrid, se oferta un piso por 82.000 euros, exterior cuya hipoteca se calcula en 260 euros al mes.

– Por 98.000 euros, en esta misma página, se oferta un estudio en el corazón de Chamberí

Barcelona
– 98.000 euros es lo que cuesta un pequeño apartamento en el barrio vila de gràcia en la Ciudad Condal.

– En la calle Sant Vicenç también se vende un piso de 50 metros cuadrados por 68.000 euros.
[Via Expansion]

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May

28

La compra de casas por extranjeros marca récords en el primer trimestre

Los inmuebles adquiridos por foráneos avanzan un 5% y suponen el 15% del total.El conjunto de las transacciones caen con fuerza un 21,5% por el final de las ayudas. El Gobierno confirma que dará la residencia por comprar casa. Británicos, rusos y noruegos, los mayores compradores de vivienda.

La compraventa de viviendas cayó un 21,5% en el primer trimestre del año en comparación con el mismo periodo de 2012, hasta situarse en 54.512 unidades, según la estadística de transacciones realizadas ante notario que facilita el Ministerio de Fomento. Los datos constatan el esperado frenazo en las transacciones tras el final de las ayudas fiscales a la compra. Sin embargo, lo más destacable es que el 15% de las operaciones fueron realizadas por extranjeros residentes en España, lo que supone alcanzar el mayor porcentaje de toda la serie histórica.

En concreto, el colectivo de extranjeros realizó 8.457 transacciones entre los pasados meses de enero y marzo, un 5% más, lo que también supone el séptimo trimestre consecutivo de crecimiento interanual. Por nacionalidades, los más activos han sido británicos, rusos y noruegos, especialmente en las zonas costeras de la Comunidad Valenciana.

La estadística no se ha visto condicionada por la decisión del Gobierno de conceder el permiso de residencia a los extranjeros que compren una vivienda habitual. La razón es que esta medida sigue en estudio y el Ejecutivo ultima su aprobación, aunque aún no ha confirmado si establecerá un importe mínimo para acogerse a ella.

En el conjunto de los doce últimos meses (abril de 2012-marzo de 2013) se compraron y vendieron un total de 348.715 pisos, lo que arroja un leve aumento del 1,3% respecto al mismo periodo precedente gracias a la inercia alcanzada en los últimos meses de 2012.

Más viviendas de segunda mano
Por tipo de vivienda, la compraventa de las de segunda mano copó el 82,7% de las transacciones, con 45.098 pisos comprados o vendidos, de forma que las operaciones sobre nuevas residencias supusieron un 17,3% (9.414 unidades). De su lado, las viviendas protegidas representaron el 5,5% del total de pisos que se transaccionaron en el primer trimestre del año, con 2.974 unidades.

Por comunidades, la compraventa de pisos cae en todas ellas, con la excepción de Murcia, que aumentó las ventas un 10,3%. Los mayores retrocesos de los tres primeros meses del año se localizaron en Navarra, con una caída en las transacciones del 49,5%, Castilla y León (-40,9%), País Vasco (-40,4%) y Asturias (-38,3%).

Por municipios, los que registran un mayor número de compraventas son Madrid, con 3.350 pisos transaccionados, Barcelona (1.635 viviendas), Sevilla (1.219 unidades), Valencia (827 pisos) y Zaragoza (819 viviendas).
[Via ElPais]

May

27

Tarjetas ‘revolving’ y préstamos rápidos, alternativas a los créditos

Los préstamos de concesión rápida y las tarjetas de crédito son alternativas a los tradicionales créditos de las entidades. ¿Cuáles son sus ventajas y sus inconvenientes?

Tarjetas ‘revolving’ y préstamos rápidos, alternativas a los créditos,Mi dinero – Finanzas personales en Expansión.com

En las últimas semanas los bancos más grandes de España (Santander, BBVA, La Caixa, Bankia) están coincidiendo en el lanzamiento de campañas publicitarias que también tienen un punto en común, anunciar la disponibilidad de préstamos para pymes, particulares o ambos. El tiempo mostrará que parte de marketing y que de realidad tienen estas campañas, ante una realidad que mes a mes nos muestra las estadísticas del Banco de España, los depósitos crecen pero los préstamos no dejan de caer, todos los meses se amortizan una importante cantidad mientras que la concesión sigue siendo escasa y aparecen muchas menos operaciones. Todo ello es un problema para pymes, ciudadanos y la economía en general, decrece la inversión y se hunde el consumo.

¿Hay alternativas?
Aunque más complicadas desde luego que sí, y entre ellas destacan los préstamos de concesión rápida y las tarjetas de crédito, con 40 millones de estos plásticos en circulación, y, dentro de éstas, especialmente las revolving, diseñadas para financiar compras. Analicemos sus pros y sus contras.

A favor de los préstamos
Viendo la información adjunta, la ventaja de unos frente a otros se ve muy clara, el tipo de interés que vamos a pagar. De hecho es más que llamativo que entre las tarjetas analizadas la mayoría estén en un rango muy alto de tipo de interés, «escondido» en su tipo nominal mensual con lo que se «aparenta» que el coste es menor, a lo que unido a muchas ofertas de descuento parece que este es superior al coste por fraccionar. Pongamos un ejemplo, una tarjeta que oferta un descuento de un 5% el primer mes al darte de alta, mientras que el tipo de interés nominal mensual es del 1,5% ¿Esto significa que consigamos un descuento del 3,5%? Si lo alargamos en el tiempo, no. Poniendo números, financiamos 1.000 euros, con lo que con el 5% de descuento conseguiríamos un ahorro de 50 euros, pero fraccionamos a 12 meses, con lo cual estaríamos pagando una TAE del 19,86% y una cuota de 92,57 euros mensualmente y unos intereses totales de 110,84 euros, el resultado final, un sobrecoste total de 60,84 euros.

Y las diferencias en el tipo nominal mensual son fundamentales, el 0,83% de diferencia entre la Tarjeta Citi Oro de Citibank y la Obsidiana de Bankinter (para grandes compras) se convierten en un 11,82 de diferencia porcentual en términos TAE.

Otra ventaja de los préstamos es poder financiar cantidades mayores. Actualmente las tarjetas no sólo se han recortado en su número (hay más de 3 millones de tarjetas nuevas desde que empezó la crisis) también se ha recortado su límite máximo, y es más difícil encontrar productos con límites que superen los 3.000 euros y más común que se encuentren entre 1.200 y 1.500 euros. Por el contrario en los préstamos, incluidos los de modalidad rápida, las cantidades medias suelen oscilar entre 3.000 euros y 6.000 euros, con productos como BIGBANK que llegan hasta 10.000 euros o los préstamos entre particulares de Comunitae que alcanzan los 15.000 euros.

A favor de las tarjetas
Pero tampoco es todo un camino de rosas si vamos a pedir un préstamo. Cofidis ofrece operaciones a tipo de interés cerrado, que aunque elevado está por debajo de la mayoría de las tarjetas. En el caso de BIGBANK y Comunitae (que no es una entidad financiera sino una plataforma de préstamos entre personas) habrá que añadir a su tipo de interés las comisiones de apertura/estudio y en muchos casos tipos de interés más elevados que se calcularan a partir de un análisis del riesgo de la operación y el cliente (cantidad, plazo, ingresos…). Con las tarjetas si tenemos una operación cerrada al menos al respecto de los tipos de interés. También algunas tarjetas nos dan mayor flexibilidad a la hora de ir amortizando la operación. No todas, ya que algunas tarjetas revolving tiene límites máximos de pago, por ejemplo un 200-300 euros o un porcentaje de la deuda hasta llegar un mínimo en el que se amortiza el total de la operación.

¿Qué significa esto?
Si pagamos un viaje que nos cuesta 1.200 euros no podremos pagarlo en 2 o 3 meses, si el límite es de 200 euros (en los que se incluyen los intereses) nos iríamos a pagar la operación obligatoriamente en 7 mensualidades. Si se nos permite ir determinando los plazos y poder hacer una amortización mayor en meses de mayores ingresos nos da una mayor flexibilidad.
Comunitae por ejemplo solo permite amortizaciones totales del préstamo y no amortizaciones anticipadas. Por todo ello, hay que elegir muy bien como financiamos las operaciones con tarjetas, intentando aprovechar sus ventajas de mayor flexibilidad:

– Aplazar al plazo menor posible, aunque nos suponga un esfuerzo financiero mayor al mes, conseguiremos un ahorro importante.

– Tener muy en cuenta el peligro de pagar un porcentaje fijo al mes, al ser sobre la cantidad pendiente, la tendencia es siempre dejar una cantidad sin pagar que genera intereses, y es la opción más costosa.

– Cuidado con los aplazamientos gratuitos, muchas veces tienen comisiones que son más caras que los propios intereses, por ello hay que fijarse en la TAE que obligatoriamente aparecerá en la letra pequeña.

– Comisiones por uso, si no se realizan un número de operaciones o se llega a un importe pueden empezar a cobrarnos comisiones, lo cual encarece aún más la tarjeta. Financiar actualmente una compra es complicado, pero hay opciones en las que hay que analizar muy bien sus costes, pros y contras, mucho más de ofertas llamativas.

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May

27

Con todos ustedes, el desconocido certificado energético para casas

A escasos días de la entrada en vigor del certificado energético para viviendas, obligatorio para vender o alquilar casas de segunda mano, la mayoría de propietarios ignoran la nueva normativa, aprobada por Real Decreto el 13 de abril. La desinformación y las dudas envuelven esta etiqueta que indicará el consumo de energía de las casas. Un desconocimiento que, sin embargo, no eximirá de multas de hasta 6.000 a los infractores.

¿Qué es? Documento que refleja el consumo energético de una vivienda, como en los electrodomésticos. Informará de este gasto de energía al potencial comprador o inquilino. Podría condicionar el precio o renta del inmueble en el futuro.

¿Deberá aparecer en los anuncios de venta o alquiler de las viviendas? En todos. Tanto en papel como en internet o en cualquier otra plataforma.

¿Cuándo entra en vigor? El 1 de junio de 2013.

¿Habrá un periodo de transición para su puesta en marcha? No. Desde la fecha marcada, quien comercialice su casa deberá mostrar la etiqueta o será sancionado.

¿Qué casas deberán tenerlo? Todas las usadas -las nuevas y deben disponer de él desde 2007- que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario, siempre que no cuenten ya con un certificado en vigor.

¿Hay excepciones? Sí. Construcciones con previsión de uso igual o inferior a dos años, edificios aislados con menos de 50 metros, edificios comprados para su demolición, edificios de pisos objeto de alquiler durante menos de cuatro meses al año, o que gasten un 25% de la energía que consumirían si están ocupados todo el año.

¿Que formas hay de obtenerlo? Individual (para una sola vivienda) o comunitario –más barato– (para el edificio que marca la calificación de todas sus viviendas, aunque un propietario puede modificar la de su piso si ha hecho mejoras).

¿Por qué se pone en marcha? Responde a una Directiva europea de 2010 que busca crear edificios y casas de alta eficiencia energética.

¿Qué parámetros servirán para fijar la calificación de la vivienda? Aislamiento (paredes, techos, suelos, ventanas, balcones, etc.), orientación, sistemas de generación de energía y combustible que utilizan, instalación de agua caliente sanitaria, sistemas lumínicos, tipo de cocina, etc.

¿Dirá cómo ahorrar energía? Sí. Deberá incluir recomendaciones de mejora de los niveles óptimos de eficiencia –incluidos plazos de recuperación de la inversión–.

¿Obligará a hacer reformas? En ningún caso.

¿Reflejará reformas recientes? Sí, siempre que estén acreditadas y hayan supuesto una mejora de los elementos o de sus instalaciones.

¿Cómo se solicita? El propietario elegirá a técnicos profesionales individuales habilitados o a compañías especializadas.

¿Quiénes podrán expedirlo? Técnicos con titulaciones académicas y profesionales habilitantes para la redacción de proyectos o dirección de obras y dirección de ejecución de obras de edificación o para la realización de proyectos de sus instalaciones térmicas. Los expertos se quejan de que se trata de «multitud de titulaciones y cualificaciones aún por aclarar».

¿Cuánto tardará en tramitarse? Unos 10 días naturales como máximo, desde la llamada al técnico hasta su entrega. Por la competencia, habrá empresas que incluso aseguren hacerlo en 24 horas.

¿Cuál será su precio? El coste variará según la persona o empresa que lo expida y lo marcará el mercado (oferta-demanda). Según la tasadora Tinsa, costará unos 150 euros para un piso medio -sin contar las tasas administrativas-.

¿Qué tasas se cobrarán? Aún están sin especificar. Las comunidades autónomas disponen de tres meses, desde el 13 de abril, para aprobar la regulación regional.

¿Tendrá fecha de caducidad? Validez máxima de 10 años. Cada comunidad fijará las condiciones para su actualización. El propietario será el responsable de renovarlo y actualizarlo voluntariamente.

¿Deberá registrarse oficialmente? El documento reconocido tendrá que inscribirse en el correspondiente registro que creará cada región. Podrá hacerse, en el caso de la Comunidad de Madrid, por ejemplo, por vía telemática o presencial.

¿Quién vigilará su cumplimiento? El órgano competente de cada comunidad, que podrá delegar en agentes independientes autorizados para este fin. Se realizará sobre una selección aleatoria que comprobará los datos utilizados para emitir el certificado.

¿Qué sanciones conllevará? Desde 300 a 6.000 euros, según la infracción (leve, grave o muy grave). Si el infractor hubiera obtenido rédito económico por el incumplimiento de la normativa que fuera superior al importe de la sanción, se impondrá una multa por un importe equivalente a dicho beneficio.

¿Podrá cerrarse una compraventa sin certificado? Sí. El notario deberá informar en ese caso al comprador y éste dar su consentimiento. La escritura reflejará esta exoneración.

La persona que compre una casa sin etiqueta, ¿podrá ser multado? No tiene ninguna responsabilidad. La obligatoriedad es del vendedor.


[Via ElMundo]

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May

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Consejo de Ministros: El Gobierno aprueba la Ley de Emprendedores

La esperada normativa de apoyo al emprendedor ha llegado hoy al Consejo de Ministros. Tras haberla aplazado durante meses, el Gobierno por fin ha dado luz verde al proyecto de Ley de Apoyo al Emprendedor y su Internacionalización.

La nueva regulación, una de medidas estrella del Plan Nacional de Reformas enviado a Bruselas, agrupa un conjunto de cambios de carácter fiscal, administrativo o laboral que busca dar “una respuesta integral al importante tejido empresarial español formado por pymes y autónomos”, según apunta el Ejecutivo.

“Uno de los aspectos que más desincentivaba a las personas a la hora de emprender es el hecho de que su patrimonio corría peligro en caso de embargo”, ha anunciado la vicepresidente Soraya Sáenz de Santamaría en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros. La respuesta a esta demanda es la creación de la figura del “emprendedor de responsabilidad limitada”, es decir, una sociedad de responsabilidad limitada, que blinda una parte del patrimonio del empresario individual (hasta 300.000 euros) que será inembargable.

El cambio se ha diseñado para que los autónomos que se den de alta como empresas de responsabilidad limitada puedan sacar, por ejemplo, el coche y la casa del patrimonio embargable desde que se constituyan en esa nueva figura.

Facilitar y agilizar la constitución de empresas es otra de las prioridades. La nueva regulación trata de corregir ese desajuste por dos frentes. El primero pretende recortar el plazo de constitución a través de la tramitación electrónica. “Buscamos que el plazo de creación de un negocio oscile entre las 24 y las 48 horas”, ha señalado Sáenz. La segunda vía pasa por rebajar el capital social mínimo: 3.000 euros. La norma permitirá la creación de un negocio con un desembolso inicial menor que se irá complementando con aportaciones del 20% de los beneficios que dé la empresa.

En cuanto al IVA, el proyecto de ley incluye la creación de un régimen especial de criterio de caja en el IVA para autónomos y pymes, que les permitirá no pagar este impuesto hasta que hayan cobrado las facturas. Según ha asegurado Sáenz de Santamaría, el nuevo sistema beneficiará a 2,3 millones emprendedores.

En concreto, Santamaría ha dicho que esta medida, que no entrará en vigor hasta el 2014 y que supone un “cambio de filosofía completo”, podría beneficiar a casi 1,3 millones de autónomos no sujetos al régimen de módulos y a más de 1 millón de pymes que tengan un volumen de negocios inferior a 2 millones de euros. Además, los que se acojan a esta medida tendrán que pagar sus propias facturas que tengan pendientes.

Por otro lado, el Gobierno ha elevado a 500.000 euros la inversión en vivienda que dará la residencia, frente a los 160.000 euros anunciados inicialmente. Asimismo, la Ley recoge que se otorgará el permiso de residencia a los foráneos que compren deuda pública por importe superior a dos millones de euros.
[Via CincoDias]