Jun

24

La comida trampa

Te comes una patata frita y ya no puedes parar. Hay comida que hackea tu apetito. Cuidado.

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Estás hasta arriba de lasaña, pero aún te queda hueco para el postre.

Abres un bote de cacahuetes con miel, todo se pone borroso y cuando te das cuenta te lo has terminado.

Te bebes una lata de cocacola y aún tienes más sed.

Aquí hay algo que no funciona.
La comida que es dulce y salada a la vez anula el control de tu apetito.

A causa de un fenómeno llamado saciedad sensorial específica, nuestro cerebro tiene circuitos diferentes para controlar el apetito de las cosas saladas, dulces, amargas o ácidas.

Esto quiere decir que cuando nos sentimos llenos después de haber comido alimentos salados, el cerebro todavía no se ha saciado de dulce.

Por eso nos cansamos de comer una sola cosa, y sin embargo nos pasamos de la raya en un bufet libre. Por eso nos entra el postre después de una comilona.

El apetito lo regulan dos hormonas: la leptina, que nos indica que estamos llenos, y la ghrelina, que nos avisa de que tenemos hambre.

La leptina tarda en actuar, y la sensación de estar llenos nos llega unos 20 minutos tarde.

Por eso es tan importante comer despacio.

Pero además, la comidas saladas y dulces inhiben la leptina y retrardan aún más la sensación de saciedad.

Cuanto más sabrosa es la comida, más tarde llegan las señales de que hemos tenido bastante.

Si añadimos grasa, que potencia los sabores, las combinación de azúcar y sal es una trampa mortífera. Sigues comiendo sin darte cuenta de que estás lleno.

Mira estos ejemplos y aléjate de ellos como de la peste:

Ketchup: Piensas que el ketchup es salado, pero en un bote hay tres sobres de azúcar. Como contiene vinagre y bastante sal, no lo notas.

Cacahuetes con miel: grasa, dulce y salado a la vez, no puedes parar.

Salsas: la mayor parte de las salsas industriales contienen azúcar, sal y grasas trans.

Refrescos:La cocacola es dulce, con tres sobres de azúcar por lata, pero también contiene sal. El ácido hace que no se note tanto, y que no puedas parar de beber.

Patatas fritas, palomitas y aperitivos en bolsa: no suelen tener azúcar, pero el almidón junto con la grasa y la sal produce el mismo efecto.

Los cereales de desayuno: crees que son dulces, pero mira el contenido en sal
No caigas en la trampa

La mezcla de dulce y salado es el secreto de la buena cocina. Por eso tu madre pone azúcar a la salsa de tomate, o miel a la salsa del cordero.

Pero cuando se trata de aperitivos o golosinas pueden acabar con tu cintura y tus buenos propósitos para la operación Transformer.

¿Qué hacer? No caigas en la trampa:
Come comida. La comida “limpia” te deja más satisfecho con menos calorías.

Si tienes hambre come primero verduras, carnes y pescados sin grasa. Cuanto menos preparada, mejor.

No hagas la compra con hambre.Comprarás muchas porquerías.

No compres aperitivos en bolsa. Si no los compras, no hay tanto riesgo de que te los comas.

Evita los platos preparados. Contienen enormes cantidades de grasa, azúcar y sal. Mira la etiqueta.

Come despacio. Deja que la leptina haga su trabajo.

No hagas otras cosas mientras comes. Saborea cada bocado y concéntrate.

Si estás distraído es más fácil atiborrarte sin darte cuenta.

Si comes frutos secos, que sean crudos. Ni salados, ni fritos, y sobre todo, sin miel.

 

 

Grilled sirloin steak

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May

15

El precio de la vivienda consolida su ascensión y escala un 2,65% #BuscoPisoCasa #LaAnet

Este incremento llega después de que en 2014 se registrara la primera subida desde 2008.
La cifra de compraventas también crece un 9% interanual, hasta 90.534 de enero a marzo.
El importe medio de las hipotecas se sitúa en 109.823 € y su plazo en 22 años y 11 meses.

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La tendencia del precio medio de la vivienda definitivamente parece haber virado al alza. Al menos, según la Estadística Registral Inmobiliaria. Según los Registradores de la Propiedad, el valor de las viviendas se incrementó un 2,65% durante el primer trimestre de 2015 con respecto al mismo periodo de 2014. Desde los máximos de 2007, el precio de la vivienda presenta un ajuste próximo al 31%.

Esta nueva escalada viene a consolidar el dato de 2014, año en el que esta institución registró el primer encarecimiento de las viviendas desde 2008. En concreto, los registradores informaron de una subida del coste de los inmuebles del 2,55% con respecto a 2013.

Siguiendo la estela positiva de los precios, el número de compraventas también aumenta con fuerza. Entre enero y marzo se inscribieron en los registros de la propiedad 90.534 viviendas,un 9% más que en 2014 y un 16,2% más que en el trimestre anterior.

Este incremento de las transacciones se explica por el segmento de la la segunda mano (67.864 operaciones). La vivienda nueva ha seguido descendiendo en número de compraventas, alcanzando un nuevo mínimo histórico, con 22.670 operaciones registradas.

Uno de los motores principales del mercado en el primer trimestre de 2015 volvieron a ser los extranjeros. La demanda foránea copó el 12,22% de todas las operaciones inscritas. En cifras interanuales, el número de compraventas por extranjeros en el primer trimestre se incrementó el 8,95%, con los británicos (tras el 17,7% de las transacciones) a la cabeza. Seguidos por franceses (10,19%), alemanes (7,70%), belgas (7,44%), suecos (5,48%) y rusos (5,03%).

Hipotecas más altas
Otro de los aspectos a destacar de la estadística de los registradores es el importe medio de las hipotecas contratadas para la compra de vivienda. El volumen medio de los préstamos se sitúa en 109.823 euros después de «presentar un crecimiento intertrimestral intenso del 4,17%, la tercera tasa positiva consecutiva».

La cuantía media de los tipos de interés iniciales de los nuevos créditos se sitúa en 3,06%, descendiendo 0,31 puntos porcentuales con respecto al trimestre precedente y 0,91 puntos porcentuales con respecto al mismo trimestre de 2014, mostrando un claro descenso de los diferenciales. La contratación a tipo de interés variable con índice de referencia del Euribor sigue en niveles máximos, usado en el 91,95% de los nuevos créditos hipotecarios. La contratación a tipo de interés fijo se queda en el 3,9%.

Los plazos de contratación muestran también una moderada tendencia expansiva, con un crecimiento del 0,73% con respecto al trimestre precedente, alcanzando los 22 años y 11 meses durante el primer trimestre de 2015.

Con relación a la accesibilidad en la compra de vivienda, la cuota hipotecaria mensual media en el tramo del año se ha situado en 556,10 euros (0,48% más que el trimestre anterior), lo que representa el 29,55% del coste salarial, frente al 29,39% del cuarto trimestre.

Impagos hipotecarios
El número de certificaciones de vivienda por inicio de ejecución de hipoteca ascendió en el primer trimestre de 2015 a 17.672, descendiendo un 2,91% con respecto al trimestre precedente. En comparación con el mismo trimestre de 2014, la cifra baja un 4,37%. El 63,34% de estas certificaciones correspondió a personas físicas y el 36,66% a personas jurídicas. En cuanto a la nacionalidad, el 91,18% de las certificaciones afectó a nacionales y el 8,82% a extranjeros.

La estadística del Colegio de Registradores incorpora a partir de ahora los resultados de daciones en pago inscritas sobre viviendas. Durante el primer trimestre del año sumaron 4.041. El 84,8% de las daciones ha correspondido a personas físicas y el 15,2% a personas jurídicas. Con relación a la nacionalidad, el 88,07% de las daciones en pago ha sido de nacionales y el 11,93% de extranjeros.

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Abr

14

¿Pagan los residentes chinos los mismos impuestos que el resto de españoles? #BuscoPisoCasa #comunidadChinaEnEspaña

En España hay 40.000 pequeñas y medianas empresas propiedad de ciudadanos chinos.

Pese a la leyenda urbana que asegura que los residentes chinos en España no pagan los mismos impuestos que los ciudadanos españoles o que reciben cuantiosas subvenciones por parte del Gobierno de Pekín, la realidad dista mucho de ser así.

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Los residentes chinos pagan los mismos impuestos que el resto de ciudadanos, lo cual no significa que no haya defraudadores entre la comunidad china. En España hay 40.000 pequeñas y medianas empresas propiedad de ciudadanos chinos que cumplen sus obligaciones tributarias como las demás. Sin embargo, sí existen diferencias con los españoles a la hora de montar un negocio.

Una de las principales diferencias es que los chinos apenas piden préstamos bancarios, ya que prefieren solicitarlos a su familia o amigos, algo muy poco común entre la mayoría de españoles, que necesitan de la financiación bancaria para comenzar un negocio. Esto es posible entre los chinos debido a que casi siempre abren pequeños comercios de hostelería o alimentación, que no suelen requerir una cantidad elevada de dinero.

Pese a las generalizaciones que se hacen cuando se conocen casos de fraude como el de la Operación Emperador, lo cierto es que los comerciantes en España cumplen con sus exigencias tributarias independientemente de su nacionalidad. De hecho, España y China firmaron un convenio para evitar la doble imposición, es decir, que las empresas chinas o españolas paguen impuestos en ambos países: si un chino tiene una empresa en España tributa en nuestro país y lo mismo pasa con un empresario español en China.

Con todo, los Técnicos de Hacienda consideramos que Hacienda debe centrar sus esfuerzos en los grandes patrimonios y corporaciones, donde se concentra más del 70% del fraude a Hacienda, a mucha distancia de los pequeños empresarios o autónomos.

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Mar

28

IRPF para todos: ¿quién está obligado a presentar la Declaración de la Renta en 2015? #BuscoPisocasa #IRPF

En abril comienza el período para hacer la Declaración de la Renta y son muchas las preguntas que se hacen los contribuyentes. Una de las más habituales, repetida todos los años con motivo del inicio de la solicitud y confirmación de los borradores es ¿estoy obligado a presentar la Declaración de la Renta?

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Según el artículo 8 de la Ley 35/2006, de 28 de Noviembre, todas aquellas personas físicas que durante el año 2014 hayan tenido su residencia fiscal en España están obligadas a realizar la Declaración de la Renta. Sin embargo, existen ciertas excepciones a la regla general, en función de los límites establecidos y del tipo de renta obtenida. ¿Cuáles son estas excepciones?

En general, aquellas personas físicas que hayan percibido rentas inferiores a los 22.000 euros brutos anuales de un solo pagador durante el año 2014 no están obligados a realizar la Declaración de la Renta. Que no estén obligados a hacerla no quiere decir que no puedan hacerla; de hecho, muchos contribuyentes la hacen debido a que, en la mayoría de ocasiones, el resultado de su declaración será a devolver.

Sin embargo, existen ciertas excepciones a esta regla general, empezando por aquellos contribuyentes con más de un pagador. En este caso concurren varios supuestos en los cuales no es necesario realizar la Declaración de la Renta.

Rendimientos íntegros del trabajo
Con carácter general, los supuestos para los cuáles no es necesaria la presentación de la Declaración de la renta son cuando hay dos pagadores los siguientes:

Que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes paradores, por orden de cuantía, no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales.

Los rendimientos percibidos como pagos de la Seguridad Social tienen un tratamiento especial en la Declaración de la Renta. Cuando los únicos rendimientos del contribuyente sean pensiones y demás prestaciones pasivas y que la determinación del tipo de retención se haya realizado de acuerdo con el procedimiento especial reglamentariamente establecido, no es necesario realizar la Declaración. Este procedimiento debió ser solicitado por el contribuyente en los meses de Enero o Febrero del año de declaración mediante la presentación del modelo 146.

Además, se establece un límite máximo de 11.200 euros brutos anuales, en lugar de los 22.000 euros iniciales, cuando concurra alguno de los supuestos siguientes:

Cuando procedan de más de un pagador, siempre y cuando las sumas percibidas del segundo y restantes pagadores superen la cantidad de 1.500 euros brutos anuales.

Cuando los rendimientos se hayan percibido por pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos, salvo que éstas últimas procedan de los padres por decisión judicial.

Cuando el pagador de los rendimientos no esté obligado a retener (por ejemplo, pensiones procedentes del extranjero).

Cuando se obtengan rendimientos íntegros del trabajo sujetos a un tipo fijo de retención.

Otros supuestos de no sujección
Además de los anteriores supuestos que, en caso de concurrir, no obliga al contribuyente a presentar la Declaración de la Renta, existen otras circunstancias que eximen al contribuyente de presentarla:

Aquellos contribuyentes que hayan obtenido rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta, siempre y cuando no superen la cantidad de 1.600 euros anuales.

Aquellos contribuyentes que hayan obtenido rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de Letras del Tesoro o subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales.

Aquellos contribuyentes que hayan obtenido exclusivamente rendimientos del trabajo, del capital mobiliario o del capital inmobiliario, de actividades económicas y ganancias patrimoniales, cuando la suma de todos ellos no supere los 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a los 500 euros.

No obstante, aunque estemos exentos de realizar la Declaración de la Renta por concurrir alguno de los supuestos explicados, siempre es conveniente presentarla en caso de que queramos beneficiarnos de las deducciones correspondientes.

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Mar

20

Francia limita los pagos en efectivo a 1.000 euros para evitar el blanqueo #BuscoPisoCasa

Esta medida se empezará a aplicar en septiembre y ya ha provocado quejas de determinados sectores, como las tiendas de productos de lujo.

caja

Francia limitará los pagos en efectivo a 1.000 euros, frente a los 3.000 actuales, con el objetivo de impedir el blaqueig de dinero. La medida, anunciada por el ministro de Finanzas, Michel Sapin, entrará en vigor a partir del mes de septiembre y ya ha provocado las quejas de sectores en que el pago en efectivo es habitual. Es el caso de las tiendas de productos de lujo. En el caso de los turistas, el límite se reducirá de los 15.000 euros actuales hasta los 10.000.

La medida, que forma parte de todo un dispositivo para luchar contra la financiación del terrorismo y el blanqueo de capitales, obligará también a los bancos a informar de cualquier ingreso o retirada de dinero de sus clientes superior a los 10.000 euros ya declarar en la aduana cualquier entrada de capitales.

Los cambios de divisas necesitarán a partir de enero del año que viene la identificación con un documento de la persona que haga los movimientos a partir de 1.000 euros, cuando, hasta ahora, este requerimiento bastaba a partir de 8.000 euros.

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Mar

17

El contrato único, una medida para eliminar la dualidad en el mercado de trabajo #BuscoPisoCasa

Este año se celebran en España hasta cuatro elecciones importantes. Los grupos políticos, sabedores de la importancia de comenzar a captar desde ya el voto de los ciudadanos, han comenzado a desgranar sus programas políticos y económicos en una especie de competencia por presentar la mejor propuesta o la que más satisfaga a sus ciudadanos.

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La propuesta estrella de uno de estos partidos políticos, Ciudadanos, es la implantación de un contrato único que serviría para eliminar la dualidad en el mercado de trabajo, uno de los problemas que más aqueja al mercado laboral español. Muchos colectivos se han mostrado en contra de esta propuesta justificando que supone un abaratamiento del despido pero, ¿es cierta esta afirmación?

Se trataría de un contrato indefinido con indemnización creciente con el tiempo. Aunque todavía ningún partido político ha profundizado en cómo se articularía esta propuesta, en teoría se podría llegar a los 34 días por despido improcedente que rigen en la actualidad para los contratos indefinidos, con lo que no se precarizaría el trabajo. Es decir, que se implante un contrato único no significa que se vaya a abaratar el despido ni, desde luego, es equivalente. Se trata de adoptar un sistema de protección intermedio y único para todos, donde el nivel de protección podría ser menor, igual o superior al actual.

Tengamos en cuenta, por un lado, que en España, hasta hace dos años, coexistían hasta 41 modalidades de contratos de trabajo diferentes, cada uno de ellos con características muy diferenciadas y con costes muy distintos. Esta maraña contractual provoca una estructura dual en el mercado de trabajo, sin parangón en Europa y que genera abundantes problemas y divide a los trabajadores en dos grupos diferenciados, los de primera y los de segunda. Entre estos últimos se encuentran colectivos vulnerables muy concretos, como las mujeres, personas mayores de 45 años, inmigrantes y, muy especialmente, jóvenes.

Evidentemente, el contrato único no es la panacea y una ley que regule los contratos de trabajo en la buena dirección no servirá para eliminar las distorsiones actuales en el mercado de trabajo, al menos en el corto plazo; mientras las empresas no cuenten con el músculo financiero suficiente como para contratar de manera indefinida, lo que pasa por una reconstrucción profunda del tejido empresarial español cosa que, en la actualidad, está lejos de producirse, los desequilibrios laborales seguirán persistiendo.

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Mar

10

Hacienda investiga las cuentas vivienda de la burbuja inmobiliaria #BuscoPisoCasa

La Agencia Tributaria señala que tiene hasta el 30 de junio para autoliquidar cuentas 2004, 2005 y 2006

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Hacienda ha iniciado la comprobación de contribuyentes que abrieron cuentas vivienda durante 2004, 2005 y 2006, en pleno boom inmobiliario. Las cuentas vivienda fueron un incentivo fiscal que estuvo vigente en España hasta 2013. Permitió a los contribuyentes abrir una cuenta en el banco con la finalidad de ahorrar para adquirir una casa. Las aportaciones realizadas tenían derecho a una deducción del 15% en el IRPF con la condición de que compraran la que sería su residencia habitual durante los cuatro años siguientes a la apertura del depósito. Si cancelaban dicho depósito, utilizaban el dinero para otro fin o no adquirían finalmente la casa, debían devolver el importe deducido con intereses de demora en la siguiente declaración de la renta.

Fuentes de los despachos fiscales informan de que Hacienda está realizando comprobaciones del ejercicio 2010 e incluyen en él a contribuyentes que abrieron una cuenta vivienda en 2004 o 2005 y, por lo tanto, en caso de incumplir la normativa debían haber devuelto el dinero en la declaración del IRPF de 2008 o 2009, ejercicios ya prescritos. Sin embargo, en este punto entra en juego el real decreto que aprobó en 2008 el anterior Gobierno. La normativa permitió que los contribuyentes que, por ejemplo, tenían como fecha tope para adquirir una vivienda el año 2008 o 2009 vieran ampliado su plazo hasta el 31 de diciembre de 2010. Y si en esa fecha no compraron su casa, debían notificarlo y devolver las ayudas en la declaración del IRPF de 2010, cuyo plazo de prescripción finaliza el próximo 30 de junio. Es decir, en pocos meses se agota el período para que Hacienda autoliquide cuentas abiertas en 2004, 2005 y 2006, que fueron los años en los que este tipo de productos estaba en su apogeo. Más de 280.000 contribuyentes realizaron aportaciones a una cuenta vivienda en 2004.

Sin embargo, José María Salcedo Benavente, abogado del despacho fiscal Ático Jurídico, alerta de que las comprobaciones se extienden a contribuyentes que, si bien incumplieron la normativa, ya habían ganado la prescripción. En su blog, argumenta que Hacienda está entregando autoliquidaciones a declarantes que, por ejemplo, abrieron una cuenta vivienda en 2004 y que, antes de la entrada en vigor del real decreto que ampliaba el plazo para la compra, ya habían cancelado su depósito o destinado los fondos a otros fines. En este caso, la pérdida de la deducción se produjo en el momento de la cancelación o disposición de fondos (año 2008 o anteriores) y ello debería haber sido declarado en el IRPF de esos ejercicios, que hoy ya están prescritos. Salcedo denuncia que Hacienda “dispara contra todos los contribuyentes sin realizar el oportuno filtro”.

También, alega que las autoliquidaciones que se están remitiendo no cumplen los mínimos de seguridad jurídica para el contribuyente. “Apreciamos que en varios casos, Hacienda da al declarante directamente la cantidad que se ha deducido indebidamente, pero sin explicarle de qué ejercicio o ejercicios proviene. Creemos que las liquidaciones están mal motivadas”, explica. Fuentes de la Agencia Tributaria se limitan a señalar que el control de las cuentas vivienda se realiza cada año e insisten en que, hasta el 30 de junio de 2015 cuentan con plazo para comprobar a contribuyentes que tenían margen para adquirir su vivienda hasta el 31 de diciembre de 2010.

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La deducción fiscal más relevante languidece
La deducción por compra de vivienda fue uno de los incentivos fiscales más importantes en el IRPF y que muchos analistas han denunciado como uno de los factores que ayudaron a agrandar la burbuja inmobiliaria. Durante muchos años, en términos puramente fiscales, la compra de una vivienda resultaba mucho más rentable que el alquiler. La llegada de la crisis económica, que derrumbó los ingresos públicos y disparó el déficit público, llevó al Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero a eliminar este beneficio fiscal para las rentas superiores a 24.100 euros. El actual Gobierno de Mariano Rajoy ganó las elecciones con la promesa de recuperar totalmente la deducción. Y así lo hizo en 2012, aunque un año más tarde y ante la presión de Bruselas optó por suprimir definitivamente el incentivo fiscal a la compra de vivienda habitual.

La deducción desapareció para los que compraran una vivienda habitual a partir de 2013, pero se mantiene para aquellos que lo hicieron con anterioridad y siguen amortizando su hipoteca. Así, el beneficio fiscal está condenado a desaparecer totalmente a medida que pase el tiempo y los créditos hipotecarios firmados antes de 2013 se salden. Es un proceso lento.

Según la última memoria de beneficios fiscales, de 2015, más de 4,6 millones de contribuyentes se aplicarán la desgravación por inversión en vivienda habitual. Se ahorrarán en torno a 3.400 millones de euros. Hoy, sigue siendo la deducción en cuota más relevante en el impuesto sobre la renta. Tanto por el número de contribuyentes a los que beneficia como por el ahorro que genera.

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Mar

9

Cuatro de cada diez contratos temporales dura menos de un mes #BuscoPisoCasa

Rajoy se comprometió en el Debate del estado de la Nación celebrado la semana pasada a crear tres millones de empleos en los próximos años para poner el contador del mercado laboral en una cifra similar al inicio de la crisis. En esta semana, aunque algunos ministros han adelantado que esta situación se produciría en la próxima legislatura, el presidente del Ejecutivo ha precisado que se alcanzará en 2020, es decir, en el inicio de una legislatura posterior. En todo caso, no ha hecho referencia alguna a la calidad de ese empleo.

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De momento, ni la reforma laboral, cuyo objetivo era acabar con la dualidad del empleo temporal e indefinido, ni la salida de la crisis, han mejorado la calidad en la contratación. Al contrario, han amplificado la rotación. Según datos del Ministerio de Economía, el 41% (510.837) del conjunto de los contratos temporales que se hicieron en enero (1.247.556) tuvieron una duración inferior a un mes. Este porcentaje llegó en diciembre a casi el 46% y en agosto llegó al récord, el 47%.

Sin embargo, la media anual de estos contratos más precarios, de menos de 30 días, era del 30% cuando comenzó la crisis en 2007. Llegó al 37% con la entrada en vigor de la reforma laboral y ha ido cobrando más peso. Precisamente, con la salida oficial de la crisis en 2013, representaron el 40,7% del total de temporales y en 2014 la cifra llegó al 41,3%. En la peor época de la primera recesión (2009) ese porcentaje se situó en el 35% y en la segunda (2011) en el 37%, muy por debajo de lo que exponen las cifras actuales tras la salida de la crisis y el repunte económico.

Según los datos de enero, últimos disponibles, en este mes se hicieron 510.837 contratos de menos de 30 días de duración. La cifra sigue siendo importante porque, pese a que la economía puede estar creciendo a tasas trimestrales del 0,8%, representa nada menos que casi el 38% del conjunto de la contratación sumando temporales e indefinidos (1.367.795).

Por si fuera poco, no existen cifras oficiales de cuántos de estos contratos eventuales de hasta 30 días son, además, por horas. En este mes se formularon en total 439.550 contratos a tiempo parcial, es decir, un tercio de toda la contratación nacional. De ellos, 394.175 fueron temporales y 45.375 indefinidos.

Si a este número de contratados por menos de un mes (510.837) se le suma los que firman entre uno y tres meses (108.389), resulta que la mitad de los que tienen acceso a una contratación temporal (620.000) sólo tiene un empleo de hasta 90 días como máximo (a jornada completa o por horas), cuando la economía crece a tasas anuales superiores al 2% y el sueldo no es el problema porque sigue sin repuntar.

Mientras, la contratación de tres a seis meses, o de más de seis meses, apenas es significativa ya que entre ambas apenas representan el 9% de los eventuales.

De esta estadística de temporalidad llama la atención otro dato importante que se ha acentuado en los últimos meses. Los contratos de duración indeterminada, como, por ejemplo, los de por obra o servicio y los eventuales por circunstancias de la producción, que aparentemente tienen una causalidad ligada a la actividad y al ciclo, son ya inferiores en número (506.362 en enero) y en porcentaje (40%) a los que se formulan con menos de un mes de duración.

Todo esto significa que, pese a la salida de la crisis y a la consolidación del crecimiento económico, la precariedad sigue instalada en el mercado laboral.

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Mar

8

La compra de casas acelera y ya solo cae en cuatro regiones #BuscoPisoCasa

La compraventa de viviendas consolida lentamente su recuperación mes tras mes, tal y como demuestra la estadística que elabora el Instituto Nacional de Estadística (INE). En enero pasado se vendieron en España un total de 33.416 casas, una cifra todavía situada en la banda baja de la serie histórica, aunque es la más elevada desde febrero de 2013. En este sentido, representa un aumento del 28,5% sobre las operaciones registradas un mes antes y, lo más importante, una mejora del 9,6% sobre las transacciones contabilizadas en enero de 2014 “y eso que enero no es un mes especialmente positivo para el sector”, recuerdan en una inmobiliaria.

Otro dato que respalda la teoría de que la recuperación es cada vez más sólida es el hecho de que esta alza de las operaciones en enero es la quinta subida consecutiva, motivada como ya viene siendo habitual por el tirón de las ventas de inmuebles de segunda mano, que se dispararon nada menos que un 50,8% respecto a idéntico periodo del año anterior. La compra de viviendas usadas representó en enero el 73,1% de todas las operaciones, mientras las nuevas apenas supusieron un 26,9% de las transacciones, muy influidas por la escasa construcción de promociones que aqueja todavía al mercado. Durante el primer mes del año, apenas se vendieron 9.003 casas de nueva construcción, un 37,1% menos que 12 meses antes.

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La compraventa de viviendas consolida lentamente su recuperación mes tras mes, tal y como demuestra la estadística que elabora el Instituto Nacional de Estadística (INE). En enero pasado se vendieron en España un total de 33.416 casas, una cifra todavía situada en la banda baja de la serie histórica, aunque es la más elevada desde febrero de 2013. En este sentido, representa un aumento del 28,5% sobre las operaciones registradas un mes antes y, lo más importante, una mejora del 9,6% sobre las transacciones contabilizadas en enero de 2014 “y eso que enero no es un mes especialmente positivo para el sector”, recuerdan en una inmobiliaria.

Otro dato que respalda la teoría de que la recuperación es cada vez más sólida es el hecho de que esta alza de las operaciones en enero es la quinta subida consecutiva, motivada como ya viene siendo habitual por el tirón de las ventas de inmuebles de segunda mano, que se dispararon nada menos que un 50,8% respecto a idéntico periodo del año anterior. La compra de viviendas usadas representó en enero el 73,1% de todas las operaciones, mientras las nuevas apenas supusieron un 26,9% de las transacciones, muy influidas por la escasa construcción de promociones que aqueja todavía al mercado. Durante el primer mes del año, apenas se vendieron 9.003 casas de nueva construcción, un 37,1% menos que 12 meses antes.

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Precio libre
Tal y como recuerda el INE en sus notas, los datos difundidos el viernes corresponden a compraventas inscritas en los registros de la propiedad procedentes de operaciones realizadas en meses anteriores al de referencia. En cualquier caso, aunque exista cierto desfase temporal, lo cierto es que la estadística que elaboran los notarios y la de Fomento (con cifras de estos últimos), que carecen de ese desajuste de fechas, muestran idéntica tendencia hacia un claro incremento de las compraventas. La recuperación del empleo y la reapertura del grifo de la financiación, unido a precios sensiblemente más bajos, explican el mayor volumen de transacciones.

Por tipología de los inmuebles, la mayor parte de las viviendas transmitidas por compraventa durante el primer mes del año, en concreto el 88,8%, fueron de precio libre. La compraventa de este tipo de casas aumentó un 10,4% en tasa interanual, hasta sumar 29.667 operaciones. Por el contrario, las compras de pisos de protección oficial (VPO) sumaron un total de 3.749 transacciones, con un repunte del 3,3% respecto a enero de 2014. Otra forma de evaluar hasta qué punto es o no sostenible la recuperación es comprobar cómo esta se va extendiendo por todo el territorio. Si bien al principio eran una minoría las comunidades autónomas que registraban tasas anuales positivas en la compraventa de casas (aquellas con una renta per cápita más elevada y un mayor peso de la vivienda turística), ahora la situación se ha invertido. En términos absolutos, Andalucía continuó a la cabeza de compraventas de viviendas durante enero, con 6.114 operaciones, seguida de Madrid (5.282), Cataluña (5.219) y Comunidad Valenciana (4.630).

Sin embargo, en términos relativos, las regiones donde más se incrementó la compra de casas fueron Canarias (+56,7%), La Rioja (+48,3%) y Extremadura (+30%). Solo cuatro regiones registraron descensos anuales: Cantabria (-17,3%), Navarra (-17,2%), Galicia (-7,3%) y Castilla-La Mancha (-3,9%)

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Mar

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¿Qué interesa más, una hipoteca a interés variable o a tipo fijo? #BuscoPisoCasa

En los últimos meses las hipotecas a tipo fijo han ganado terreno debido a que sus cuotas se mantienen inalterables durante toda la vida del préstamo.

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El comparador de hipotecas de Bankimia detalla que el titular no se beneficiara de las bajadas que pueda vivir el tipo de referencia en España pero tampoco le afectara el aumento de la cuantía de los pagos ante un encarecimiento del Euríbor.

De las hipotecas registradas el pasado mes de diciembre, un 6,4% se constituyeron a interés fijo (el 93,6% restante empleó un tipo de interés variable, en la gran mayoría de los casos, el Euribor), según los últimos datos hechos públicos por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

A largo plazo, las hipotecas a tipo fijo pueden resultar algo más caras debido a que sus intereses parten en la actualidad del 3,50% y en algunos casos superan el 8,00%. Mientras, el Euríbor se encuentra en el nivel más bajo de su historia tras cerrar febrero al 0,255% y el diferencial medio hipotecario, según la calculadora de índices de Bankimia, se situó ese mismo mes al 2,062%.

Así, las cuotas de una hipoteca media, que en diciembre de 2014, según el INE, era de 104.950 euros a amortizar en 21 años, a un tipo fijo del 3,90% serían, durante todo el plazo de devolución, de 611 euros mensuales.

En el caso de una hipoteca a interés variable, con el Euríbor y el diferencial medio actual, los pagos serían de 562 euros al mes. Pero si el tipo de referencia se encareciera hasta el 1,5%, las mensualidades de esta misma hipoteca pasarían a ser de 592 euros. Y si llegara al 2%, de 620 euros al mes.

Diferencias más allá de las cuotas
A parte de la invariabilidad de las cuotas, otra de las diferencias con las hipotecas a interés variable es el plazo de amortización. Si, habitualmente, las que aplican un tipo variable, el tiempo se alarga en la actualidad hasta los 30 años, puntualmente a los 35 y 40 años, en las hipotecas a tipo fijo lo más habitual es que no superen los 20 años. Con todo, de un tiempo a esta parte los plazos se han alargado.

Sería el caso de la Hipoteca a tipo fijo de Banco Sabadell, con un interés que varía en función del plazo de amortización. A 15 años, el interés es del 3,50%; entre 15 y 20 años, del 3,70%; entre 20 y 25 años, del 3,90%, y si llega hasta los 30, del 3,95%.

También hay diferencias en el porcentaje de financiación. Así, si una hipoteca a interés variable habitualmente ofrece hasta el 80% del valor de tasación o compraventa del inmueble, puede darse el caso que en una a tipo fijo éste descienda hasta el 60 ó 70%, como en la Hipoteca Tipo Fijo de Bankoa, al 3,00%. Exclusiva para la compra de una primera vivienda, financia hasta el 65% del valor de tasación del mismo.

En los aspectos en que ambos tipos de hipotecas no difieren mucho es en la vinculación que requiere la entidad para ofrecer un mejor interés y en las comisiones. Así, en el primer punto, los más habituales suelen ser domiciliar la nómina y contratar un seguro de vida y otro de hogar.

De manera excepcional, algún banco puede solicitar además suscribir un seguro de protección de pagos o cualquier otro producto. Las comisiones pueden ser añadidas. Las más habituales son las de apertura, que suele ir del 0,10% al 1%, y la de amortización o cancelación anticipada.

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