Abr
2
El Gobierno obligará a los bancos a informar de la existencia de cláusulas suelo o techo al firmar la hipoteca
El Gobierno obligará a las entidades financieras a informar a sus clientes de la existencia de cláusulas suelo o techo cuando firmen una hipoteca, con el objetivo de fortalecer la protección del deudor en relación con el banco, aunque no se limita (al menos de momento) el margen de variabilidad de los tipos.
Para poder incluir esta previsión legal, el PP presentó una enmienda parcial al proyecto de ley Antidesahucios para incluir un nuevo artículo en el que se obligue al banco a exigir una «expresión manuscrita» del cliente reconociendo que «ha sido adecuadamente advertido de los posibles riesgos derivados» del contrato de préstamo.
Además, se precisa que este reconocimiento expreso de haber recibido información será obligatorio en las hipotecas sobre vivienda o para adquirir o conservar derechos de propiedad sobre terrenos o edificios cuando se trate de un préstamo multidivisas, vaya asociado a la contratación de un instrumento de cobertura del riesgo de tipo de interés, o cuando «se estipulen limitaciones a la variabilidad del tipo de interés, del tipo de las cláusulas suelo y techo, en los que el límite de variabilidad a la baja sea inferior al límite de variabilidad al alza».
De esta manera, el PP solventa un problema que el Tribunal Supremo apreció hace mes y medio, cuando sentenció la nulidad de las cláusulas suelo en los casos en que se produzca una falta de transparencia, aunque sin poner en tela de juicio la propia existencia de estas cláusulas.
40% máximo de variación
Sin embargo, los populares han sacado finalmente de sus enmiendas al proyecto de ley Antidesahucios y a la iniciativa legislativa popular (ILP) de dación en pago otra enmienda con la que trabajó el Gobierno relativa a limitar el margen de variación entre las cláusulas techo y suelo.
Según dicha enmienda, se proponía que en las hipotecas a interés variable se limitara hasta el 40% la variación –al alza o a la baja– con respecto del tipo remuneratorio existente en la fecha de firma del contrato de préstamo. La justificación de esta propuesta de cambio estribaba en la necesidad de «clarificar la completa transparencia en los contratos suscritos con cláusulas suelo y/o techo, y sin perjuicio de la legalidad de aquéllas suscritas con anterioridad a la entrada en vigor de la ley».
No obstante, en el paquete definitivo de enmiendas que el PP ha presentado en el Congreso no se ha incluido esta propuesta por «razones técnicas», según han explicado fuentes gubernamentales a Europa Press. No obstante, esta decisión no presupone que se descarte esta posibilidad, que podría establecerse en el futuro mediante otra ley, instrucción del Banco de España, recomendación a las entidades financieras u otro instrumento legal existente.
[Via Expansion]
Abr
1
Mañana comienza el plazo para solicitar y confirmar el borrador del IRPF de 2012
Mañana, 2 de abril, comienza el plazo para solicitar y confirmar el borrador del IRPF de 2012, que concluye el próximo 1 de julio, coincidiendo con el final de la Campaña de la Renta de este año, según el calendario de la Agencia Tributaria.
Así, desde mañana los contribuyentes que lo deseen pueden obtener el borrador y los datos fiscales de 2012 a través de la web de la Agencia Tributaria sin esperar a recibirlos por correo ordinario y, ese mismo día, si están de acuerdo con el resultado, pueden proceder a confirmarlo. Si la declaración sale a devolver, y se decide domiciliar el pago, el plazo para confirmarlo no concluye el 1 de julio, sino el 26 de junio.
Como novedad de este año, la Agencia Tributaria enviará el borrador a un número mayor de contribuyentes que hasta ahora no podían confirmarlo porque no cumplían las exigencias establecidas en la normativa, según una orden del Ministerio de Hacienda.
En concreto, este año podrán confirmar el borrador aquellos contribuyentes que reciban cualquier tipo de subvención, siempre y cuando no esté relacionada con actividades económicas, del tal manera, que quedan incluidos, por ejemplo, los perceptores de la renta básica de emancipación.
Del mismo modo, los contribuyentes que obtengan pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión o el reembolso de acciones o participaciones en instituciones de inversión colectiva también podrán confirmar el borrador. Hasta ahora sólo podían hacerlo si obtenían ganancias patrimoniales, pero no pérdidas.
Asimismo, los contribuyentes que declaren imputación de rentas inmobiliarias podrán confirmar el borrador si estos inmuebles no superan los ocho como máximo, frente al límite de dos viviendas que había anteriormente, exceptuando la vivienda habitual, un trastero y dos garajes.
También como novedad, se ha incluido a los declarantes que obtengan rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario a través de entidades de régimen de atribución de rentas, cuando estos hayan sido atribuidos a los socios, herederos, comuneros o partícipes.
A todos ellos, se unen los colectivos que ya podían recibir y confirmar el borrador: los contribuyentes que sólo tengan rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta o letras del Tesoro.
La Agencia Tributaria indica que este «mayor grado de flexibilidad» permite extender progresivamente el borrador a un mayor número de contribuyentes sin necesidad de proceder para ello a continuas modificaciones de la norma legal que regula el IRPF.
Se adelanta una semana el borrador y la campaña de Renta
Otra de las novedades es que este año la Agencia Tributaria ha adelantado una semana la petición y confirmación del borrador y de los datos fiscales con respecto a la campaña anterior, cuando el plazo se abrió el 10 de abril.
En la misma línea, el organismo también ha adelantado una semana la Campaña de la Renta para las declaraciones que se presenten por Internet, que podrán presentarse a partir del 24 de abril, frente al plazo oficial que comienza el 6 de mayo y concluye el 1 de julio.
Aunque el borrador se podrá obtener y confirmar por vía telemática, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria en Internet (www.agenciatributaria.gob.es), Hacienda enviará por correo ordinario el borrador los contribuyentes que no hayan recurrido a esta vía a partir del 6 de mayo, el día que arranca oficialmente la Campaña de Renta.
Quienes tienen que declarar
En cuanto a los obligados a declarar, se mantiene en 22.000 euros los rendimientos íntegros de los contribuyentes que no están obligados a presentar la declaración de la renta cuando procedan de un sólo pagador (si tienen más de un pagador la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes no puede superar los 1.500 euros), y en 11.200 euros la renta máxima anual que exime de esta obligación a los contribuyentes que tienen más de un pagador y siempre que la suma del segundo o de los restantes pagadores sea superior a 1.500 euros.
Sí están obligados a declarar aquellos contribuyentes que aún teniendo rentas del trabajo inferiores a los 22.000 euros anuales, se hayan aplicado deducciones por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional, así como reducciones en la base imponible por aportaciones a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión asegurados o a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.
[Via Expansion]
Abr
1
La luz baja hoy un 6,62% mientras que el gas natural se congela
La tarifa eléctrica de último recurso (TUR), a la que tienen acceso unos 22 millones de clientes, baja una media del 6,62% este lunes, lo que se traducirá en un ahorro de la factura eléctrica de unos 29,35 euros anuales para un consumidor medio.
Además, durante el segundo trimestre del año no se procederá a actualizar la tarifa del último recurso del gas natural, que se mantendrá sin cambios, debido al prácticamente nulo avance de la materia prima.
Esta reducción del precio en la tarifa de la luz se produce después de que en la subasta del pasado 20 de marzo se registrara una bajada del 15% en el componente energético (69,66 euros/MWh frente a los 81,94 euros/MWh del primer trimestre), mientras que el Ministerio mantuvo sin variación los peajes de acceso.
La tarifa de último recurso se calcula teniendo en cuenta como elementos los peajes de acceso y el coste de la energía, que pesan en torno al 50% del recibo cada uno.
El término energía se calcula a partir del resultado de la subasta, mientras que los peajes de acceso, que financian los costes del sistema eléctrico, son fijados por Industria. En el caso de la pasada subasta, el Gobierno decidió mantener sin cambios los peajes de acceso para la revisión de abril.
Un alivio
De esta manera, los consumidores se encontrarán desde este 1 de abril con la mayor bajada trimestral de la tarifa eléctrica en años. Será un alivio, si se tiene en cuenta que el recibo se ha encarecido en un 60% en apenas un lustro.
Solo en 2011, la TUR subió un 10%, y en 2012 lo hizo un 5,4% adicional, sin incluir el 7% de más que los consumidores estuvieron pagando entre octubre y diciembre para acatar una sentencia del Tribunal Supremo que obligaba a reintegrar el encarecimiento no repercutido entre octubre de 2011 y marzo de 2012.
La confusión en torno al recibo de la luz llegó al paroxismo el año pasado, cuando el recibo llegó a «bajar subiendo y a subir bajando». En octubre de 2012 la TUR bajó un 2%, pero la subida del IVA y las refacturaciones del Supremo la encarecieron, mientras que en enero la TUR subió un 3%, pero el final de las refacturaciones la abarataron.
[Via Expansion]
Abr
1
Continuarán los desahucios si las cláusulas abusivas no son la razón de la ejecución o determinan la deuda
Los afectados por los desahucios sólo podrán oponerse al lanzamiento si las cláusulas abusivas del contrato son la razón de la ejecución o determinan la cantidad exigible, en cuyo caso el tribunal deberá acordar o el sobreseimiento del desahucio o la continuidad del proceso sin aplicar dicha cláusula al cálculo de la deuda.
Así consta en una de la treintena de enmiendas que, a falta de posibles cambios de última hora, el PP ha preparado para el proyecto de ley Antidesahucios y la iniciativa legislativa popular (ILP) de dación en pago, que se tramitarán conjuntamente. Con estas enmiendas, se da respuesta a las deficiencias detectadas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en la normativa hipotecaria española, que conculca el derecho comunitaria de protección al consumidor.
El texto, prevé cuatro cambios en la actual Ley de Enjuiciamiento Civil. Así, se propone añadir una cuarta causa que el ejecutado puede alegar para oponerse al desahucio, que se suma a las tres razones que ya existían (cancelación de la hipoteca o de la garantía, o existencia de errores en la determinación de la cantidad exigible): ‘El carácter abusivo de una cláusula contractual que constituya el fundamento de la ejecución o que hubiese determinado la cantidad exigible’.
Tras formularse la oposición, el secretario judicial suspenderá la ejecución y convocará a las partes, tal y como ya se preveía. Si se acepta el nuevo supuesto motivador se podrá ‘acordar el sobreseimiento de la ejecución cuando la cláusula contractual fundamente la ejecución’, o se ‘continuará la ejecución con la inaplicación de la cláusula abusiva’.
Otra de las propuestas prevé dar potestad al tribunal para citar a ambas partes en los casos en que se detecten el contrato hipotecario cláusulas abusivas ‘cuya nulidad pudiera conllevar la denegación de la ejecución’.
Hasta ahora, el juez tenía que dar vía verde a la ejecución hipotecaria siempre que la solicitud cumpliera los requisitos procesales y formales, y el afectado sólo podía oponerse en algunos supuestos. Sin embargo, a partir de ahora si el juez detecta cláusulas abusivas podrá dar audiencia en el plazo de cinco días al acreedor y el deudor antes de decidir, y el titular de la hipoteca que considere que algunas previsiones del contrato son abusivas también podrá oponerse en un plazo de diez días, y no esperando hasta el final del procedimiento, como sucedía ahora.
Ésta era una de las principales quejas del TJUE, que señalaba que los consumidores españoles quedaban desamparados y sin posibilidad de defensa hasta después de concluir el procedimiento de desahucio, cuando ya se ha perdido la vivienda y el perjuicio es difícilmente resarcible, incluso con una indemnización.
En otra de las enmiendas, se establece el régimen transitorio que se aplicará a los procedimientos ejecutivos que ya están iniciados, a los que se dará un plazo de quince días desde la entrada en vigor de la ley para poder formalizar la oposición en base a los nuevos argumentos permitidos, tiempo durante el que se suspenderá la ejecución. Para los procedimientos iniciados y no concluidos cuando entre en vigor la ley y en los que se haya fijado ya la deuda, se dará un plazo de diez días para recalcularla.
Además, se introduce otro cambio para dar al deudor la posibilidad de elegir entre la vía judicial y la extrajudicial para el procedimiento de ejecución –siempre y cuando el contrato de la hipoteca incluya esta posibilidad–.
También se fija que la diferencia máxima de las cláusulas suelo y techo con respecto al tipo de interés en el momento de la firma de la hipoteca será del 40%, ‘a efectos de clarificar la completa transparencia en los contratos suscritos con cláusulas suelo y/o techo, y sin perjuicio de la legalidad de aquellas cláusulas suscritas con anterioridad a la entrada en vigor de la ley’. No en balde, hace apenas unas semanas el Tribunal Supremo (TS) decretó ilegales las cláusulas suelo en los casos que haya habido falta de información.
Asimismo, se autoriza a los discapacitados con un porcentaje igual o superior al 33% a solicitar hipotecas inversas, y se da vía libre para que los titulares de planes de pensiones pueda acceder a sus ahorros en un pago único y por la cuantía necesaria para atender a sus necesidades económicas si están ante una ejecución hipotecaria de su vivienda habitual, durante los próximos dos años y cumpliendo unos requisitos.
El resto de las enmiendas recogen lo ya avanzado desde la aprobación del decreto ley de Protección de Deudores Hipotecarios, que ha dado lugar a este proyecto. Así, se limitan los intereses de demora a tres veces el interés del dinero, aunque esta previsión no afectará a las hipotecas ya constituidas. Además, se eleva de uno a tres –’o a un número de cuotas equivalentes a tres’– el número de impagos necesarios para poder ejecutar la hipoteca, y se limita a 30 años el plazo máximo de amortización de los nuevos créditos para vivienda habitual.
También se refuerza la independencia de las tasadoras, limitando la presencia de los bancos al 10% del accionariado; se endurece el régimen sancionador, se obliga a aceptar tasaciones homologadas que aporten los clientes, y el Consejo de Consumidores y Usuarios podrá denunciar irregularidades ante el Banco de España.
Se regula igualmente el procedimiento de subasta, rebajando al 5% el aval para poder pujar, ampliando el plazo para encontrar financiación o limitando al 75% el precio de subasta o al 60% si no hay postor en la primera ronda. Asimismo, el juez podrá decretar quitas en los siguientes cinco o diez años, en función del porcentaje de hipoteca pagado, y también podrá exigir que el 50% de la plusvalía que genere la venta del piso en la siguiente década se reste de la deuda pendiente.
Respecto al Código de Buenas Prácticas, se elevan los umbrales de exclusión para poder acogerse a las tres opciones previstas –reestructuración, quita o dación en pago–. En concreto, se fija en tres veces el IPREM los ingresos máximos permitidos –cuatro veces si hay discapacitados en la familia– siempre que el esfuerzo para pagar la hipoteca se haya incrementado en 1,5 veces en los 4 años anteriores.
Entre los requisitos familiares se incluye, además de a familias numerosas o monoparentales con dos hijos, a las unidades con un menor de tres años así como a quienes conviven con pensionistas en situación de invalidez o incapacidad permanente. Entre los requisitos económicos, la cuota hipotecaria debe superar el 50% de los ingresos netos, no deben poseerse otros bienes, la hipoteca debe afectar a la vivienda habitual, y se elevan los umbrales de precio de los pisos.
En todos los casos, se prevé que los avalistas puedan acogerse a las mismas medidas en igualdad de condiciones, y además se prevé que a los deudores situados en el umbral de exclusión se les aplique un máximo del 2% sobre el capital pendiente del préstamo en concepto de intereses moratorio a partir de la solicitud de aplicación del Código a su entidad bancaria.
También se incluye en la moratoria de desahucios a las unidades familiares con discapacitados, y se prevé que la dación en pago de viviendas con protección pública no requerirán autorización administrativa previa ni obligará a restituir las ayudas económicas, exenciones o bonificaciones tributarias otorgadas.
En cuanto al Fondo Social de Vivienda, el PP elimina la previsión de que puedan acceder a él quienes cumplan los requisitos para acogerse a la moratoria para ‘posibilitar la ampliación del umbral de aplicación’.
[Via UrbaNoticias]
Abr
1
Los notarios podrán parar los desahucios cuando haya cláusulas abusivas
El grupo parlamentario del PP ha propuesto modificar el procedimiento de ejecución hipotecaria extrajudicial para que el deudor pueda iniciar el proceso ante el notario, figura que tendrá potestad para paralizarlo si el afectado ha denunciado previamente en un juzgado la existencia de cláusulas abusivas.
Con este cambio, que el PP ha incluido en sus enmiendas al proyecto de ley sobre dación en pago, a las que ha tenido acceso Efe, se permite al deudor acceder a un procedimiento más rápido que el judicial, lo que permitirá un ahorro en intereses de demora, y se da rango de ley a las ejecuciones hipotecarias extrajudiciales.
En la normativa actual, cuando en un contrato hipotecario se había pactado el procedimiento de ejecución (algo que es la práctica habitual) sólo el acreedor tiene potestad para instar al notario a ejecutar la hipoteca.
Tras los cambios, que previsiblemente saldrán adelante dada la mayoría absoluta del PP, el deudor puede pedir la ejecución y la paralización del proceso antes de que produzca el desalojo de la vivienda siempre que haya recurrido previamente ante un juzgado que existen cláusulas abusivas.
Además, los cambios legales en la ley de enjuiciamiento civil propuestos en las enmiendas del PP abren la vía para que el juez paralice los desahucios en el trámite judicial, con lo que se da cumplimiento a la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE.
Desde el momento en que entre en vigor la nueva legislación, el juez, de oficio o a petición del deudor, puede parar una ejecución hipotecaria de forma cautelar hasta determinar si existen cláusulas abusivas.
Si se concluye que no hay abuso, el proceso se reanudará. Si el juzgado sentencia que es abusiva, el juez puede parar totalmente el desahucio, mientras que si se considera abusiva pero no en un grado suficiente para suspender el proceso, el juez podrá estipular una compensación para deudor.
El grupo Popular ha destacado que estos cambios permitirán «equilibrar» las posiciones entre deudor y acreedor «sin afectar a la seguridad jurídica», al tiempo que contribuyen a mantener la cultura de pago de la hipoteca que existe en España, según las fuentes consultadas por Efe.
Las enmiendas del PP también amplían aspectos ya recogidos en las presentadas el pasado mes de febrero en otro proyecto de ley sobre el mismo asunto que tramita el Congreso (el de protección a deudores hipotecarios).
Entre ellas, se amplía la reducción prevista en los tipos de interés de demora (tres veces el tipo de interés legal del dinero) a los devengados y no pagados.
Los discapacitados podrán acceder a las denominadas hipotecas inversas (las que permiten convertir en dinero el valor patrimonial que representa la propiedad sin perderla), posibilidad abierta hasta ahora sólo a los mayores de 65 años.
Asimismo, amplían todos los umbrales para poder acogerse al Código de Buenas Prácticas de la banca, incluyen a los avalistas entre el colectivo de beneficiarios y elevan de tres a cuatro veces el IPREM (1.597,53 euros brutos mensuales) el baremo que da derecho a ser considerado en umbral de exclusión.
El texto recoge también la obligación de que el deudor haga constar por escrito que comprende el funcionamiento y alcance de las cláusulas complejas, tales como las suelo y techo, los tipos de interés asociados a derivados, las hipotecas multidivisas; y fija en tres el número de impagos de la cuota para iniciar la ejecución (ahora es uno).
Las enmiendas a este proyecto de ley se fusionarán con las del proyecto de protección a deudores hipotecarios, con lo que la nueva normativa previsiblemente se aprobará en la segunda quincena de mayo, indicaron a Efe fuentes conocedoras del procedimiento.
[Via Expansion]
Mar
26
Reino Unido quiere retirar ayudas a los españoles que buscan trabajo
El Gobierno británico propone limitar a seis meses el subsidio del desempleo a ciudadanos del resto de Europa
Los 30.000 españoles que cada año llegan a Reino Unido en busca de empleo van a ser castigados a partir de 2014 con una nueva medida de Downing Street para intentar reducir la inmigración en el país. El primer ministro, David Cameron, ha dicho hoy que “para evitar que la gente pida subsidios de forma indefinida, a comienzos de 2014 entrará en vigor una norma legal por la que después de seis meses un ciudadano no británico de la Unión Europea no podrá mantener su condición de parado y solicitar el subsidio, a menos que pueda demostrar que ha buscado trabajo de forma activa durante ese periodo y tiene una oportunidad real de encontrarlo”.
Entre los ciudadanos de la UE más afectados por la medida son los españoles. Según los últimos datos oficiales del Gobierno británico, 30.370 españoles llegaron en busca de trabajo a Reino Unido en los doce meses hasta marzo de 2012, número superior a las entradas desde países con más habitantes como Italia, Francia y Alemania. Dentro de la UE, sólo los inmigrantes de Polonia y Lituania superan a los españoles.
Como informó EXPANSIÓN el 12 de octubre de 2012, el éxodo de españoles hacia Reino Unido había creado preocupación en el Gobierno británico, al complicar su objetivo de reducir drásticamente la inmigración. La cifra de españoles que se trasladan a suelo británico se ha multiplicado por cuatro desde 2010, atraídos por un mercado con una tasa de paro del 8%.
La medida anunciada hoy por Cameron en un discurso en Ipswitch parece destinada a disuadir ese tipo de inmigración. Downing Street teme que el año que viene llegue un gran número de ciudadanos desde Rumanía y Bulgaria, al abrirse totalmente para ellos las fronteras británicas en 2013. Dentro de la UE, no se puede restringir la llegada de trabajadores, por lo que Downing Street ha optado por un recorte a los subsidios. Las personas en paro en Reino Unido reciben entre 56 y 111 libras semanales (65 a 130 euros), en función de sus circunstancias personales y sus anteriores empleos. Cameron también quiere complicar el acceso a las ayudas por vivienda a los no británicos.
La Comisión Europea ha dicho que analizará de cerca los cambios en la legislación, por si pudieran suponer una discriminación contraria a la normativa comunitaria. “Si Reino Unido hace propuestas concretas para cambiar las reglas en el acceso a los subsidios, la Comisión analizará estas propuestas para asegurarse de que son compatibles con el libre movimiento de trabajadores, los derechos de residencia y la coordinación en materia de seguridad social”.
Jonathan Portes, director del Instituto Nacional de Investigación Social y Económica, criticó la propuesta de Cameron al indicar que «los inmigrantes de la UE aportan mucho más a Reino Unido de lo que reciben. Hay menos probabilidad de que un inmigrante pida subsidios que un británico».
El Partido Laborista, por su parte, ha dicho que el control de las ayudas al desempleo a extranjeros después de seis meses ya está contemplada en la legislación laboral británica.
Las autoridades británicas ya han endurecido la entrega de visados a ciudadanos procedentes de países distintos a la Unión Europea. El deseo de Cameron es reducir la inmigración neta anual a Reino Unido de 250.000 a menos de 100.000 personas.
El primer ministro también ha abierto la puerta a negociar con otros gobiernos europeos que el subsidio de desempleo tenga que ser pagado por el Gobierno del país de origen del parado, no por su lugar de residencia.
[Via Expansion]
Mar
26
España ha construido desde 2001 una casa por cada nuevo habitante
Fomento realiza su propia estimación del parque de viviendas hasta finales de 2011, cifras que, al parecer, se van a asemejar mucho a las que publicará el INE en abril. Las conclusiones reflejan los efectos del boom inmobiliario. El número de casas supera ya los 26 millones, lo que supone un 23,7% más en diez años, cuatro veces más de lo que creció la población. Se construyó prácticamente una casa por cada nuevo habitante.
La locura inmobiliaria que vivió España desde finales de los noventa hasta 2007 pronto será conocida en toda su crudeza. En abril se sabrá cómo ha cambiado la fisionomía de pueblos y ciudades tras varios años en los que las estadísticas apuntaban que en este país se edificaban cada año más viviendas que en Alemania, Francia y Reino Unido juntos. El Instituto Nacional de Estadística (INE) ultima los datos del Censo de Población y Vivienda 2011, el estudio más importante de todos cuantos realiza, cuya periodicidad es decenal, lo que aumenta la expectación.
Es decir, que aunque oficialmente no existen datos del parque inmobiliario de España desde hace más de 10 años (el último censo es de 2001), lo cierto es que hay otros organismos como el Ministerio de Fomento que realizan sus propias estimaciones de cuántas viviendas existen en España. Según ha podido saber CincoDías, las cifras que publica Fomento son “muy parecidas” a las que difundirá el INE en unas semanas.
El departamento que dirige Ana Pastor calcula que a finales de 2011 existían 26.018.179 casas, lo que significa en términos absolutos casi cinco millones más que en 2001 (para ser exactos: 4.984.420 viviendas más). En términos relativos, el incremento es del 23,7% sobre una cifra de 21.033.759 casas a finales de 2001. Si se compara con la cifra del parque inmobiliario de 2001 del INE, se puede comprobar cómo efectivamente apenas existe una diferencia de 87.200 casas.
Y la cifra de viviendas vacías es…
¿Es desproporcionado este incremento del volumen de casas? Todas las variables parecen indicar que sí, tal y como corroboran los expertos consultados. De hecho, si se tiene en cuenta lo que ha pasado con la población se evidencia aún más. En el mismo periodo, el número de residentes en España ha aumentado en 5,9 millones de personas (el 5,8%), por lo que se puede concluir que en diez años se edificó prácticamente una casa por cada nuevo habitante.
Es más, si la población total que da el Censo de 2011– 46.815.916 españoles– se repartiera entre todas las casas existentes, resulta una cifra de 1,79 personas, lo que significa que en puridad no habría ningún hogar con dos personas (solo 1,79). Además de cuantificar el total de las viviendas, Fomento estima por comunidades autónomas y provincias las casas principales y las no principales. Las primeras son aquellas que constituyen la residencia habitual de al menos una persona y las segundas incluyen las viviendas secundarias, aquellas que se utilizan solo en vacaciones o los fines de semana; las vacías o desocupadas, que están disponibles para venta u alquiler o simplemente abandonadas y las catalogadas como otras. En este epígrafe se clasifican las residencias militares, de estudiantes y otros alojamientos colectivos.
De esos 26,01 millones de casas que existen, 17,9 millones son principales, lo que significa que crecieron en más de 3,7 millones, un 26,3%, el hecho que mejor refleja que buena parte de ese aumento del parque fue debido a la creación de nuevos hogares por la coincidencia de dos factores clave: la llegada a la edad más frecuente para comprar casa de la generación del baby boom y el fenómeno de la inmigración. Por el contrario, el aumento de las no principales ha sido más moderado. En total, suman 8.108.488 viviendas, 1,25 millones más que diez años antes, lo que significa un alza del 18,4%. La estadística de Fomento llega hasta ahí.
Sabiendo estos números, ¿se puede calcular a cuánto ascenderá el número de viviendas vacías que publicará el INE ahora que tanto se debate sobre cómo dar respuesta a las miles de familias desalojadas por el impago de sus hipotecas o alquileres? Los expertos consultados coinciden en que la proporción de lo que representaban las casas vacías sobre el total del parque se ha mantenido muy similar (en 2001 fue del 14,8%), por lo que aplicando esa fórmula, se puede apuntar que el cifra oscilará en torno a 3,5 millones de casas, 100.000 más, 100.000 menos.
La costa y Madrid son los polos de atracción
Tal y como era de esperar, los datos elaborados por el Ministerio de Fomento por comunidades autónomas han arrojado muy pocas sorpresas. Si uno se pregunta por un instante en qué regiones ha crecido más en términos relativos el parque inmobiliario, todos contestarán de tres territorios, al menos uno bañado por el mar Mediterráneo.
Y efectivamente así ha sido. Mucia, con un espectacular incremento del 37,7% lidera el ranking, seguida de, esta vez sí, una sorprendente Rioja, con un aumento del 30,6% y en tercer lugar Castilla-La Mancha, con un 30,4% más de casas que en 2001. En este tercer caso es evidente que la cercanía a Madrid de algunas de sus provincias, como Toledo o Guadalajara, ha influido en sus cifras de construcción de casas. En el caso de Murcia, la sobreexplotación de esta región como destino turístico explica buena parte de la explosión edificadora en casi todas sus poblaciones.
En el lado opuesto de la clasificación se sitúan el País Vasco, donde el boom solo dejó un 15,9% más de viviendas de 2001 a 2011, Extremadura, con un avance del 17,8% y Aragón, con el 19,8%. En todas las demás autonomías los crecimientos superan el 20%.
Como las cifras que ha difundido Fomento se van actualizando cada año, una comparación entre 2010 y 2011 revela que el fenómeno comienza a dar la vuelta. Ya existen territorios donde el número de viviendas principales disminuye muy levemente de un año a otro por el desplome que ha producido la crisis en la producción de casas.
[Via CincoDias]
Mar
25
Los pequeños propietarios denuncian su indefensión por la Ley de Costas
Los afectados denuncian que tanto la ley como reforma vulneran sus derechos
Asociaciones de pequeños propietarios con viviendas en las playas españolas han denunciado hoy su «indefensión» ante la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo por la reforma de la Ley de Costas, que consideran «confiscatoria» de sus bienes privados.
Los denunciantes se reunieron el 21 de marzo con una delegación de esta Comisión que se encuentra en Madrid para analizar las denuncias presentadas sobre la citada reforma y estudiar si vulnera las leyes europeas de protección medioambiental y propiedad privada.
En el encuentro, abierto a los medios, han participado portavoces de la Asociación Europea de Perjudicados por la Ley de Costas; Afectados de Cho Vito (Tenerife); Playazo de Vera (Almería); Asociación de Propietarios de Empuriabrava; El Saler (Valencia) o Urbanización Mil Palmeras (Alicante).
La mayoría consideran que tanto la vieja ley de 1988 como la actual reforma vulneran el derecho a la propiedad privada y que la ampliación de las concesiones a 75 años limita «el uso ilimitado» que tienen como propietarios de sus casas.
En el caso de los Afectados de Cho Vito se ha denunciado que han sido desposeídos por completo de sus propiedades, y en general todos se han preguntado cómo es posible que la protección ambiental se ponga por encima del derecho a la propiedad.
Delegación parlametnaria
La delegación parlamentaria está compuesta por la eurodiputada austríaca del Grupo ALDE Angelika Werthmann, los alemanes Rainer Wieland y Peter Jahr (PPE), los británicos Michael Cashman (S&D) y Marta Andreasen (ECR) y la danesa Margrete Auken (Los Verdes).
Mañana tienen previsto reunirse con autoridades del Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente y ONG.
La reforma de la Ley de Costas impulsada por el Gobierno fue aprobada el pasado 20 de febrero en la Comisión de Medio Ambiente del Congreso de los Diputados, y ha sido remitida al Senado para su debate y posterior votación.
76 quejas
La Comisión de Peticiones visita España tras recibir 76 quejas, la mayoría de ellas por parte de propietarios de viviendas en la costa.
También hay organizaciones medioambientales que les han expresado su disconformidad con la reforma por poner obstáculos a la protección de la costa.
La Comisión de Peticiones estudia las reclamaciones de ciudadanos de la UE, que señalen posibles infracciones sobre los derechos reconocidos en el Tratado de la UE.
[Via ElMundo]
Mar
25
El alquiler, la inversión rentable del momento
El alquiler gana enteros y no sólo en el mercado inmobiliario. También como producto financiero de alta rentabilidad. Mientras que los intereses que ofrece la banca están por los suelos, el beneficio del arrendamiento de vivienda continúa cotizando al alza. Según los datos del Banco de España (BE), la rentabilidad bruta por alquiler se situó al cierre de 2012 en el 4,3% anual. Un nivel al que no se acerca, ni de lejos, ninguna renta de inversión de bajo ymedio riesgo que dan las entidades financieras españolas en estos momentos.
Con el precio del dinero congelado por el Banco Central Europeo en el 0,75% –y amenazando a la baja– y con los interés de depósitos a menos de un año limitados al 1,75%, conseguir una rentabilidad del 3% resulta toda una proeza. «Los plazos fijos de la mayoría de bancos españoles a 12 meses no superan el 2%TAE», especifican desde HelpMyCash, web especializada en finanzas personales.
Las mismas fuentes señalan que para lograr una rentabilidad superior al 3% hay que ir a bancos de origen portugués, chino o italiano. Este porcentaje de rentabilidad se estira algo más en los seguros de ahorro y fondos de inversión garantizados, que pueden alcanzar el 3,5%, aunque con condicionantes.
En el apartado de los seguros, como advierten desde HelpMyCash, «no son cancelables sin arriesgarse a perder rentabilidad»; y en cuanto a los fondos más interesantes, su plazo mínimo de vida va de tres años en adelante. Por ello, ante este panorama de bajas ganancias, el alquiler se convierte en un atractivo producto de inversión con una rentabilidad neta que supera, como poco, el 3%.
[Via ElMundo]
Mar
23
La Sareb no firmó el convenio del FSV porque no dá crédito, habiendo anunciado que un cuarto de sus ingresos serán vía prestamos
El Fondo Social de Vivienda para desahuciados fue firmado por las entidades de crédito y Sareb ‘no lo es’
‘A través de la plataforma comercial seremos capaces de competir con el resto de los agentes del sector con precios adecuados y una amplísima red comercial’
La presidenta de la Sociedad de Activos procedentes de la reestructuración bancaria (Sareb), Belén Romana, ha afirmado que el llamado ‘banco malo’ analizará con las entidades cedentes de activos tóxicos los posibles casos de desahucio ‘con cumplimiento estricto de la Ley’ y ha apuntado que, de momento, no han tenido que hacer frente a ningún lanzamiento.
En rueda de prensa, Romana ha apuntado que el alquiler es ‘una de las claves’ para la Sareb, así como una de las vías más importantes del incremento del valor de los activos. ‘El alquilar tanto vivienda como activos terciarios es importante’, ha dicho.
Sin embargo, ha matizado que los activos de la sociedad no tienen las características habituales que se aplican cuando se habla de Fondo Social de Vivienda. ‘No somos una entidad de crédito y nuestros activos tienen tamaños medios que se alejan de los activos que normalmente están afectados por estos problemas’, ha destacado.
El secretario general del consejo de administración de la Sareb, Óscar García Maceiras, ha hecho hincapié en que el convenio por el que se constituye el Fondo Social de Vivienda (FSV) para las personas que han sufrido un desahucio fue firmado por las entidades de crédito y Sareb ‘no lo es’.
Por ello, ha especificado que está previsto que los beneficiarios del FSV sean personas que han sido ‘lanzadas’ como consecuencia de un préstamo hipotecario. ‘Los préstamos hipotecarios de vivienda están excluidos de la Sareb y algunos de nuestros inquilinos responden a unas características que no estarían en un ámbito de vulnerabilidad’, ha añadido.
Así, ha hecho hincapié en la idea de que, en colaboración con las entidades cedentes se analizará caso por caso en el supuesto de que se produzca un impago para buscar una solución concreta.
Según han detallado los directivos, las entidades cedentes –que gestionarán durante un año los activos– informan a sus clientes alquilados de que la vivienda en la que habitan ha sido traspasada a la Sareb, del mismo modo que dan cuenta a los futuros compradores de que el dueño del inmueble es el ‘banco malo’.
Finalmente, la cúpula de la Sareb ha explicado que la sociedad no dará financiación a particulares porque no está dentro de su objeto social y ha apuntado que la decisión de conceder hipotecas dependerá de las entidades afectadas.
‘Se van a dar situaciones en las que habrá financiación de las entidades cedentes en la compra de productos y hay conversaciones avanzadas de que esto sea una forma conjunta de trabajar entre Sareb y entidades cedentes’, ha indicado el director general, Walter de Luna.
Plan de Negocio y previsiones
La Sociedad de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb) contempla en su plan de negocio que sólo registrará pérdidas en el primer año de vida y calcula que su presencia en el mercado inmobiliario será del 4%.
Así lo han explicado en rueda de prensa la presidenta del llamado ‘banco malo’, Belén Romana, y el director general del mismo, Walter de Luna, después de que su consejo de administración aprobara el plan de negocio revisado.
Plan de Negocio
El nuevo plan recoge las líneas generales sobre las que descansará el proceso de desinversión de la cartera de Sareb, que consta actualmente de activos por importe de 50.449 millones de euros. En él se contempla que las tres cuartas partes de los ingresos procedan de la venta de activos inmobiliarios, y el resto por la vía de los préstamos.
En los cinco primeros años de vida, la Sareb tiene previsto vender prácticamente la mitad de su cartera de viviendas, unas 42.500 unidades. Igualmente, prevé que una parte de las viviendas se destinen al mercado de alquiler. Asimismo, el plan contempla una rentabilidad acumulada para los accionistas de entre el 13 y el 14 por ciento, similar a la que establecía el documento inicial.
‘Pensamos que la rentabilidad acumulada para los inversores va a estar entre el 13 y el 14%. Un plan de negocio de una compañía como Sareb se configura sobre la base de una serie de escenarios alternativos que responde a la evolución de distintas variables. En algunos escenarios se pueden producir pérdidas no significativas que no afectarán a la rentabilidad’, ha destacado De Luna.
Romana ha insistido en que la Sareb será un ‘jugador más’ en el mercado inmobiliario, por lo que no va a determinar el nivel de precios. ‘Vamos a ser menos de un 4% del mercado. No vamos a ser quienes generemos los precios, sino un actor más que compita con los demás y venderemos a precio de mercado para conseguir nuestros objetivos’, ha apuntado Romana.
La presidenta del ‘banco malo’ ha subrayado que a día de hoy la Sareb es una sociedad con un balance de 50.000 millones de euros en activos, que colabora con las entidades cedentes y que cuenta con un equipo de 70 personas. ‘Somos unas sociedad plenamente operativa que ya ha dado los primeros pasos para la desinversión y cuyo objetivo principal es desaparecer. Queremos vender y desinvertir maximizando el valor de los activos’, ha agregado.
También ha precisado que la Sareb cuenta con un plan de negocio ‘sólido y prudente’ que le ayudará a gestionar sus activos a lo largo de los próximos 15 años en los que intentará reparar en su integridad la deuda avalada. ‘Es una entidad de liquidación y por tanto hay que tener en cuenta esta naturaleza especial a la hora de desarrollar el plan estratégico’, ha precisado De Luna.
Romana ha señalado que miembros del ‘banco malo’ han mantenido conversaciones con Bruselas para explicar los cambios que se han producido en el plan de negocio y ha avanzado que estas reuniones han generado ‘una impresión muy positiva’.
Para desprenderse de estos activos, la Sareb está utilizando la red de comercialización de las entidades cedentes, pero no tiene previsto crear su propia red porque su vida está limitada a 15 años. De Luna también ha indicado que, en la actualidad, hay interés tanto por activos como por carteras de activos por parte de inversores nacionales e internacionales.
‘El tamaño y la diversidad de activos de la Sareb nos permite mirar en muchas direcciones para encontrar inversores y compradores para nuestros productos. El inversor institucional ha mostrado ya un interés muy especifico en las viviendas de primera y segunda residencia alquiladas y el producto terciario en alquiler’, ha manifestado el director general.
De Luna también ha destacado que en el canal minorista, la Sareb se está acercando a un comprador particular y a familias para su uso. ‘A través de la plataforma comercial seremos capaces de competir con el resto de los agentes del sector con precios adecuados y una amplísima red comercial’, ha apuntado.
El balance de la sociedad cuenta con 39.000 millones de euros en préstamos y 11.000 millones en activos inmobiliarios. El 56% del balance está relacionado con el producto terminado y el 24% con productos de suelo. Además, 76.000 son viviendas terminadas y 6.000 son de alquiler.
El plan contempla que la desinversión de activos alcance los 53.000 millones de euros, mientras que los cobros e ingresos de los préstamos podrían ser algo superior a los 22.000 millones de euros.
Sobre su accionariado, Romana ha resaltado que el 20% de sus accionistas privados son internacionales y ha hecho hincapié en que de aquí a dentro de 15 años la situación puede cambiar. ‘Nuestros inversores nos apoyan plenamente. Es un accionariado de calidad, pero es posible que en 15 años cambie. Estaremos abierto a quienes quieran entrar, pero nuestro objetivo no es la captación de capital, sino desinvertir’, ha dicho
[Via UrbaNoticias]




