May
14
Premio fiscal para quien compre casa este año
Hacienda decreta una exención del 50% de las rentas derivadas de la venta de viviendas y reforma las Socimi para drenar el stock de la banca.

Nuevo golpe de efecto para tratar de animar la lánguida venta de viviendas. El Consejo de Ministros aprobó el viernes, dentro del Real Decreto Ley sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios en poder del sector financiero, una exención fiscal del 50% de las rentas derivadas (plusvalías) de la transmisión de inmuebles urbanos que sean adquiridos entre el 11 de mayo y el 31 de diciembre de este año. Así lo explicó la ministra de Fomento, Ana Pastor, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, donde indicó que se trata de una medida que tiene la finalidad de «dinamizar el mercado inmobiliario». De esta exención se podrán beneficiar personas físicas, jurídicas y no residentes «siempre que no existan vinculación entre las partes» (ventas que se realicen por ejemplo de padres a hijos), y se aplicará en el IRPF, el impuesto sobre la renta de los no residentes y en Sociedades.
Es decir, que para quienes decidan adquirir una vivienda de aquí a finales del ejercicio habrá una especie de premio fiscal, ya que una vez que vendan esa casa, sea en la fecha que sea, solo pagarán la mitad de impuestos por las plusvalías que obtuvieran en la operación.
Esta iniciativa persigue animar la demanda de inmuebles y se suma a otras ya en vigor como la reducción del IVA de las casas de nueva construcción del 8% al 4%, que estará en vigor en principio todo ese año y la recuperación de la desgravación en el IRPF por adquisición de vivienda sin límite de rentas. Parece que toda ayuda es poca para tratar de dar salida al gran volumen de pisos terminados que tienen en cartera las entidades financieras procedentes de promotores y particulares. En total, estos suman un valor de unos 34.106 millones de euros al cierre de 2011.
Los malos datos de empleo, la ausencia de crédito y la expectativa de que los precios no harán otra cosa que seguir bajando no hacen sino retrasar aún más las decisiones de compra.
Además de este incentivo fiscal, pero con la misma finalidad, drenar el stock, el Gobierno decidió también el viernes volver a regular las sociedades cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario, las Socimi. Creadas en 2009 son entidades cuya actividad principal es la inversión en inmuebles destinados al alquiler. Nacieron con el propósito de dinamizar los arrendamientos, pero el estallido de la burbuja y, según los expertos, sus numerosas restricciones hicieron que en la práctica apenas se crearan Socimi.
Capital social
Así, Pastor explicó que el nuevo marco normativo de estas entidades reducirá el plazo de mantenimiento de los inmuebles en alquiler de los siete años actuales a tres y eliminará algunos de los requisitos que se les exigía de diversificación. Así, se suprime el tener al menos tres inmuebles en su activo y que ninguno de ellos represente más del 40% del activo de la entidad.
Las nuevas Socimi deberán contar con un capital en circulación mínimo del 15% y al menos 50 accionistas. También se decreta una reducción del capital social mínimo a cinco millones de euros y se flexibiliza la obligación de distribución de beneficios al 50% de las ganancias que no deriven de los dividendos. En su nueva andadura, estas sociedades, que podrían jugar un papel decisivo en la adquisición de promociones de viviendas en manos de los bancos para luego sacarlas al mercado en régimen de alquiler, no tendrán que contar con un volumen de financiación ajena inferior al 70%, tal y como establecía la regulación actual.
Además de estos requisitos, se modifica el régimen fiscal especial de las Socimi. En lugar de tributar en función de los dividendos distribuidos, estas entidades pasarán a pagar impuestos según el resultado del ejercicio en Sociedades, como cualquier otra sociedad. Se incrementan las rentas exentas que procedan de viviendas arrendadas del 20% al 25% cuando más del 50% del activo de la entidad esté constituido por casas y el tipo de gravamen de todas las rentas se fija en el 19%.
¿Serán estas iniciativas suficientes para modernizar y profesionalizar el parque inmobiliario español en alquiler? Con ese objetivo se ha resideñado el marco normativo de estas sociedades. El Ejecutivo pretende con ellas atraer a la inversión, en especial a la extranjera, de modo que se pueda restablecer la confianza en la banca española, una vez que esta comience a liberarse de su actividad vinculada al ladrillo. Figuras equivalentes a las Socimi españolas son los REIT en Francia y Estados Unidos, países donde estos vehículos de inversión han registrado notables éxitos.
En cuanto a las reformas encaminadas a flexibilizar las condiciones de los contratos de alquiler, bien sea entre particulares o entre empresas, el viernes no se hicieron esperar las reacciones. El portal inmobiliario Idealista.com expresó su deseo de que se trate de las medidas definitivas para impulsar el arrendamiento como una opción de acceso a la vivienda.
No obstante, consideró que el porcentaje de ciudadanos que optan por arrendar, actualmente del 17%, crecerá «no tanto por el apoyo del Gobierno, sino por un cambio de mentalidad de los españoles, que poco a poco van descubriendo el alquiler como una opción viable de encontrar vivienda».
Por su parte, el presidente de Alquiler Seguro, Gustavo Rossi, apuntó que «hay que trabajar más en fomentar la creación de juzgados específicos» encargados de resolver todos los problemas que derivan en procesos de desahucio como el impago de rentas o el destrozo de los inmuebles.
[Via CincoDias]
May
13
El Gobierno refuerza el poder del propietario para fomentar el alquiler
¿Cómo lograr que los españoles abandonen su pasión por la vivienda en propiedad y apuesten como sus vecinos europeos por el alquiler? A esta pregunta han tratado de responder los últimos Gobiernos, hasta ahora con escasos resultados. El equipo de Mariano Rajoy también se propone impulsar un mercado que favorece la movilidad laboral y desincentiva las burbujas; y lo hace a través del anteproyecto de ley que este viernes aprobó el Consejo de Ministros. La reforma se asienta sobre tres patas: flexibilización del alquiler, agilización de los desahucios por impago de la renta y estímulos fiscales para impulsar a todo el sector inmobiliario.
La reforma afectará al 17% de españoles que viven de alquiler. En primer lugar, se refuerzan los derechos del propietario. Independientemente de lo que diga el contrato, el arrendador siempre podrá recuperar su vivienda cuando la necesite para su uso como residencia habitual. También si la requiere su cónyuge tras separarse o sus familiares en primer grado. “Me parece un error. El mercado necesita más seguridad para los arrendatarios para que se decidan a alquilar más”, critica José Ignacio Navas, presidente del Colegio de Notarios.
El inquilino, por su parte, también podrá romper unilateralmente el contrato siempre que lo comunique con un mes de antelación. En el portal idealista.com señalan que estas medidas pueden aportar más garantías jurídicas a los propietarios, aunque creen que si el alquiler crece en los próximos años será más por un cambio de mentalidad que por el apoyo del Gobierno.
Una vez que la reforma pase el trámite parlamentario, las relaciones entre arrendadores y arrendatarios serán menos rígidas. Si hasta ahora los inquilinos podían estar un mínimo de cinco años en la casa, esta prórroga obligatoria se reduce ahora a tres. Y la prórroga tácita, que implica continuidad en el contrato si las partes no señalan lo contrario, pasa de tres años a uno. Así, el límite legal para los contratos de arrendamiento se reduce a la mitad: de ocho a cuatro años.
Otra de las novedades es que el IPC ya no será la referencia forzosa para actualizar la renta que se paga por el piso. Como parte de la apuesta por liberalizar este mercado, el Gobierno dejará libertad a las partes para elegir cómo se actualizan las rentas.
Por el flanco fiscal viene la medida más inesperada anunciada este viernes por la ministra de Fomento, Ana Pastor. Las rentas derivadas de ventas de viviendas que se hagan desde el viernes hasta el próximo 31 de diciembre gozarán de una exención fiscal del 50% en el IRPF, el Impuesto sobre la Renta de no Residentes y el de Sociedades. El beneficio llegará cuando, al vender el piso, se materialicen las plusvalías generadas, sea cuando sea.
El Gobierno trata así de dar un poco de aire a un sector que pasa por sus horas más bajas. Ni la recuperación de la desgravación por compra de vivienda ni el IVA superreducido han logrado impulsar las transacciones, que en el primer trimestre cayeron un 27% sobre el mismo periodo de 2011.
Las ventajas fiscales no acaban aquí. Para sacar al alquiler parte de los tres millones de viviendas vacías que hay en España, Pastor anunció exenciones del 70% en la tributación del IRPF para propietarios no residentes que pongan sus pisos en alquiler y hasta el 100% si estos residen en la UE y son menores de 31 años.
[Via ElPais]
May
12
El fichero de inquilinos morosos aplaude la idea e insta al Gobierno a una colaboración conjunta
‘En un momento de grandes recortes resulta innecesario gastar dinero público en un servicio que ya se está prestando de forma muy satisfactoria desde el ámbito privado’
El Fichero de Inquilinos Morosos (F.I.M) considera positivo que el Gobierno vea la necesidad de crear un registro público de Inquilinos Morosos e insta al Gobierno a una ’colaboración conjunta’, con el objetivo de fortalecer las garantías jurídicas de los propietarios de viviendas en alquiler y potenciar de este modo el arrendamiento.
Desde el F.I.M se considera que ante la difícil situación que estamos viviendo y en plena época de grandes recortes ’resulta innecesario y costoso’crear desde el sector público un Registro de estas características, cuando El Fichero de Inquilinos Morosos contiene toda la información procedente de sentencias judiciales por desahucio, más la información aportada por los usuarios arrendadores y profesionales desde hace siete años. El F.I.M lleva desde el año 2005 recopilando datos estadísticos, convirtiéndose en la base de datos más amplia y completa sobre morosidad en arrendamientos en el territorio nacional.
Además, desde el Fichero de Inquilinos Morosos, se alerta a los responsables del Ejecutivo, de no caer en la tentación de crear iniciativas públicas tipo SPAV y que se de la paradoja de ’querer paliar la morosidad en los alquileres generando endeudamiento público’.
El Estudio FIM sobre la Morosidad en Arrendamientos en España determina la evolución de la morosidad en las relaciones contractuales de arrendamiento en España y sus Comunidades Autónomas, mostrando tendencias desde el año 2007. En los estudios FIM se contemplan incidencias en el pago de la renta tanto en contratos de arrendamientos para uso de vivienda como para uso distinto de vivienda.
El ámbito geográfico de los Estudios FIM comprende todo el territorio nacional español incluyendo sus 17 Comunidades Autónomas más las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.
[Via UrbaNoticias]
May
12
Empleo estudia bonificar a los familiares de los autónomos
El Ejecutivo está elaborando entre todos los ministerios del área económica una de las normas que más anunciaron durante la campaña electoral: la Ley de Emprendedores.
Es en esta norma donde el Ministerio de Empleo tendría previsto incluir una bonificación del 50% en el pago de cotizaciones a la Seguridad Social de los cónyuges e hijos de los autónomos que estén colaborando en el negocio familiar y se den de alta como trabajadores por cuenta propia.
Esta bonificación se aplicará en principio durante los primeros 24 meses del alta en la Seguridad Social, si bien no está del todo descartado que este periodo pudiera ampliarse a 36 meses. Con esta medida, el Gobierno cumpliría una de las reivindicaciones tradicionales de las principales asociaciones que representan a los trabajadores autónomos (ATA, UPTA y CEAT, entre otras).
En la actualidad, según los datos de la encuesta de población activa (EPA) del primer trimestre de 2012, en España existen 217.000 personas que declararon realizar una actividad laboral colaborando en el negocio familiar sin estar dadas de alta en la Seguridad Social.
Estos datos oficiales que maneja el Ejecutivo ponen de manifiesto la importante bolsa de nuevos cotizantes en potencia que conforman este colectivo.
Además, el Gobierno estudia permitir a los autónomos que compatibilizan su negocio con una actividad asalariada, que puedan cotizar por cuenta propia a tiempo parcial.
Nuevas altas
Esta medida, incluida en una proposición no de ley del Grupo Parlamentario Popular, también se incluiría en la Ley de Emprendedores.
Con ambas iniciativas, fuentes del sector calculan que solo en el primer año de aplicación de las nuevas normas el régimen de trabajadores autónomos podría ganar 100.000 nuevos cotizantes. De hecho, solo la medida que permita compatibilizar un empleo asalariado con una cotización como autónomo a tiempo parcial generará 20.000 cotizantes, según calculó ayer UPTA.
[Via Expansion]
May
11
Un trabajador medio destina cuatro meses de sueldo a pagar impuestos
Un trabajador que gana 24.400 euros brutos al año destina cuatro mensualidades a pagar impuestos y las cotizaciones a la Seguridad Social. Si se mide la presión fiscal en jornadas de trabajo, el español medio trabaja 124 días solo para cumplir con sus obligaciones tributarias, según un estudio de la asociación Civismo.
Es el día de la liberación fiscal. Es decir, la fecha en la que un ciudadano medio ya «ha generado ingresos suficientes para cumplir con sus obligaciones tributarias de todo un año». Así lo atestigua un informe de Civismo y Libertad, una organización de carácter liberal que se define como un «think tank por la libertad y la sociedad civil».
Este cálculo es muy conocido en el mundo anglosajón -Tax Freedom Day-. En el caso español, se toma como referencia a un trabajador que gana 24.400 euros brutos al año. El estudio calcula el coste que supone el IRPF, el IVA, la Seguridad Social, los impuestos especiales y otros impuestos municipales como el IBI.
Un asalariado medio destina 54 días en pagar el IRPF, el principal impuesto por recaudación. Civismo y Libertad ya ha incluido en sus cálculos el efecto de la subida del impuesto sobre la renta aprobado por el Gobierno de Mariano Rajoy en diciembre y que supone elevar hasta siete puntos el gravamen máximo. También se incluye el aumento del IVA -del 16% al 18%- que fijó el anterior Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero. Un contribuyente debe trabajar otros 27 días para pagar el IVA del conjunto de productos consumidos en un año.
De hecho, la subida de ambos impuestos -IRPF e IVA- ha provocado un retraso de cinco días en el día de la liberación fiscal. Por otro lado, los impuestos especiales -los tributos que gravan el alcohol, la electricidad o el tabaco- equivalen a 13 días de salario para una persona que fuma y bebe. En total, una vez se han pagado todos los impuestos, a un trabajador le queda el 66,14% de su sueldo, algo que Civismo y Libertad considera injusto.
Además, también se producen diferencias entre comunidades autónomas. El día de la liberación fiscal se aplaza hasta el 8 de mayo para los residentes en Cataluña y el 5 de mayo para los madrileños. Ello se debe al IBI, el impuesto que grava a los propietarios de inmuebles. En el lado opuesto se ubican País Vasco y Navarra, que mantienen un régimen impositivo diferenciado con una menor carga fiscal.
En 2013, los españoles deberán destinar todavía más días para pagar todos sus impuestos ya que el Gobierno subirá los tributos indirectos (IVA e impuestos especiales). La medida se acompañará de una rebaja en las cotizaciones sociales que, sin embargo, no compensará ni mucho menos el incremento fiscal.
[Via CincoDias]
May
11
¿Cómo le afectarán las medidas antifraude?
¿A quién afecta el límite del pago en efectivo?
A todas las operaciones en que intervenga un empresario o profesional y, por tanto, no solo les afecta a ellos, sino también a los ciudadanos que participen en esa operación. Por ejemplo, si se pinta la casa, el cliente no podrá pagar en efectivo si el coste del servicio supera los 2.500 euros.
¿Y se pueden hacer varios pagos en efectivo para no superar el límite?
El límite de los 2.500 euros no se refiere a cada pago, sino al precio total del servicio o del bien. De manera que si, por ejemplo, se hace una reforma de la casa, y tiene un coste de 8.000 euros, no se pueden hacer cuatro pagos en efectivo por valor de 2.000 euros cada uno.
¿Quién pagará la sanción?
Se sancionará con una multa del 25% del valor de la operación tanto a quien hace el pago en efectivo, por tanto, al cliente sea particular o empresa, como a quien presta el servicio o vende el bien.
¿Y con esta multa ya no habrá que pagar sanciones por fraude?
Sí. Esta multa es solo por los pagos realizados en efectivo por importe superior a los 2.500 euros permitidos. Si además detrás de ese uso de efectivo hay fraude fiscal, se aplicarán las sanciones administrativas o penales que correspondan por esa falta o delito.
¿Cuánto espera recaudar Hacienda con esta medida?
El Ministerio de Hacienda todavía no ha dado datos, pero recuerda que los controles sobre el uso de billetes de 500 euros puestos en marcha en los últimos años han permitido a las arcas públicas recaudar casi 1.400 millones de euros.
¿Dónde habrá que declarar las cuentas en el exterior? ¿En el IRPF?
Se aprobarán unos modelos de declaración específica, independientes de la declaración del IRPF o de la del Impuesto sobre Sociedades para declarar esas cuentas o valores. Pero esta medida no entrará en vigor hasta enero del próximo año.
[Via Finanzas]
May
10
Cómo ahorrar con el aire acondicionado
Mantener una temperatura de confort en casa durante los meses de calor no tiene por qué ser sinónimo de que se dispare el consumo eléctrico por el uso del aire acondicionado. Aplicando unas mínimas precauciones, el impacto en la factura de la luz y en el medio ambiente, puede ser mínimo.
En cuatro días subirán las temperaturas y, con ellas, los apartatos de aire acondicionado empezarán a ponerse en marcha, aumentando el consumo de energía de los hogares y oficinas y su repercusión directa en la factura de la luz, en la salud de las personas y en el medio ambiente.
Para minimizar este impacto, en países como el Japón, por ejemplo, está a punto de arrancar de nuevo la campaña cool biz que obliga a los empleados de las instituciones japonesas a acudir al trabajo con vestimenta cómoda y veraniega para poder mantener la temperatura de las oficinas a unos 28 grados y reducir el uso del aire acondicionado. Esta iniciativa, iniciada por el Ministerio de Medio Ambiente japonés en el verano de 2005, cobró especial relevancia a partir del verano de 2011 tras la crisis nuclear de Fukushima, en marzo.
Sin tener que llegar a estos extremos, si estáis pensando en instalar un equipo de aire acondicionado en casa o en la oficina, o ya tenéis uno, ahí van algunas recomendaciones para disfrutar de una temperatura de confort durante los meses de calor, sin que eso repercuta de manera excesiva en la factura de la luz y en el medio ambiente.
•Si tienes que comprar un equipo de aire acondicionado, ten muy en cuenta su calificación energética. Los aparatos etiquetados con la clase «A» son más caros, pero consumen casi un 50% menos de energía eléctrica. Igualmente, compra el equipo o los equipos adecuados al espacio que necesitas. Calcula los metros cúbicos de la estancia y ten en cuenta que, en función del espacio que quieras refrigerar, es muy posible que necesites más de un aparato.
•La temperatura de confort recomendada en verano oscila entre los 24ºC y los 26ºC, en función del porcentaje de humedad. Pero independientemente de que por cada grado de más o de menos, el consumo puede variar entorno al 8%, es importante saber que no es saludable que haya una diferencia térmica con el exterior superior a 12ºC.
•El mantenimiento del equipo es fundamental para que no disminuya su rendimiento energética. Es recomendable limpiar los filtros como mínimo una o dos veces al mes.
•Tener un buen aparato de aire acondicionado y mantenerlo en buen estado va a servir de poco si la casa no está bien aislada térmicamente. Es muy importante comprobar que no haya pérdidas de energía a través ventanas y puertas que den al exterior, así como utilizar toldos y persianas para minimizar un calentamiento excesivo de la casa. En este sentido, también es fundamental ventilar bien la casa tanto por la mañana como por la noche.
[Via LaVanguardia]
May
10
El número de autónomos aumenta por tercer mes consecutivo
El número de autónomos creció por tercer mes consecutivo hasta registrar 6.474 nuevos altas, es decir, 215 flamantes emprendedores cada día, según destacó la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA)a través de un comunicado.
El presidente de ATA, Lorenzo Amor, ha valorado de forma positiva estos resultados. «Vemos en los datos de hoy un cambio de tendencia ya que tras 8 meses de malas noticias, el paro ha bajado, aunque la cifra no es para lanzar las campanas al vuelo. Es un respiro que esperamos genere confianza en el consumidor tras meses de parálisis» ha recalcado.
A nivel regional, prácticamente todas las comunidades han visto aumentar durante el mes de abril el número de autónomos, salvo Navarra, La Rioja y País Vasco.
Lorenzo Amor ha enfatizado que la tendencia positiva registrada durante los últimos meses «sólo se conseguirá si se incide en políticas que hagan crecer el empleo y la actividad, y sobre todo poner en marcha ya la Ley de Emprendedores».
[Via Eleconomista]
May
9
Crear ambientes a través de la luz
La iluminación artificial de los espacios de una casa es una de las claves a la hora de decorar, no sólo para conseguir una buena calidad lumínica, sino también para proporcionar a cada estancia su propia personalidad. En función del tipo de luz, y de cómo la utilicemos, podremos crear ambientes muy distintos.
A la hora de decorar, la iluminación juega un papel muy importante y podemos lograr diferentes ambientes dependiendo de su uso.
La luz artificial resulta imprescindible. Piense en las actividades que se realizarán en el cuarto y planifique la iluminación de acuerdo con las muchas alternativas que existen.
Hay 3 zonas fundamentales de iluminación:
•Zona de trabajo: Aquellas habitaciones donde se realizan actividades que requieren mucha luz como leer, escribir, cocinar… Para conseguir una luz fuerte son buenas las bombillas de luz de día, que proporcionan una visión más clara, y lámparas de pie adaptables para dirigir la luz donde sea necesario.
•Zona de iluminación ambiental: A veces es demasiado brillante, así que conviene evitar la luz de techo poniendo una más baja o de pared. Otra opción son los reguladores de intensidad de luz.
•Zona de iluminación «emocional»: suele crear un ambiente suave, romántico o íntimo. Debe ser una iluminación a baja altura. Las velas son perfectas para crear ambientes acogedores y cálidos.
Hogarutil.com, web líder del mundo del hogar con las recetas de cocina de Karlos Arguiñano, las tareas de bricolaje de Bricomanía o los consejos de decoración de Decogarden, entre otros.
[Via LaVanguardia]
May
9
Las agencias tributarias catalana y española colaboran contra los insumisos fiscales
Los objetores o insumisos fiscales lo tienen complicado. La Agència Tributària de Catalunya (ATC) y la Agencia Tributaria estatal colaboran cada vez que se da uno de estos casos, que aseguran que son «pocos». De hecho se trabaja en dar «soluciones técnicas» caso por caso, según ha explicado el delegado especial de Hacienda en Catalunya, Gonzalo David García de Castro. Lluís Franco, director de la ATC, ha afirmado que la Administración catalana colabora con la estatal cuando de produce uno de estas situaciones. «En el marco normativo vigente a cada Administración se le atriuyen la gestión y competencias sobre determinados tributos. Y los contribuyentes han de cumplir en relación con cada impuesto y en cada momento concreto», ha dicho.
En las últimas semanas, algunos contribuyentes han manifestado su intención de pagar sus impuestos solo a Catalunya. Y lo hacen mediante el depósito de la cantidad que deben liquidar en lahacienda catalana que, como la Agencia Tributaria estatal, carece de caja. El caso no tiene más problema si es el IRPF, porque la Generalitat y el Estado trabajan mediante una ventanilla única. Si se trata del IVA, que solo se puede presentar en la Hacienda estatal, la ATC comunica inmediatamente cada caso, ha dicho Franco. También se producen situaciones similares cuando un determinado contribuyente quiere pagar un tributo cedido a una comunidad en otra, como por ejemplo el impuesto de sucesiones.
Una decena de empresarios y autónomos catalanes informaron hace unos días de que han pagado el tributo del IVA del primer trimestre de este año a la ATC, en lugar de hacerlo a Hacienda, como acto de insumisión fiscal ante el Estado. Ha sido una forma de reclamar que los impuestos que se pagan en Catalunya se queden en esta comunidad. Anunciaron su intención de sguir haicéndolo tanto con el IVA como con el impuesto de sociedades, otro de los tributos que solo se puede se puede liquidar en la Hacienda estatal
[Via ElPeriodico]




