Jun

25

Las medicinas que no se financian

La Aspirina, el paracetamol y el Almax dejarán de recetarse para ahorrar

Los medicamentos de uso corriente y para dolencias menores dejarán de recetarse con cargo al Sistema Nacional de Salud, como medida de ahorro. El Ministerio de Sanidad, de acuerdo con los laboratorios farmacéuticos, trabaja en un listado de hasta nuevo grupos terapéuticos distintos de medicamentos que dejarán de tener financiación pública.

Es decir, que el Estado dejará de aportar el 60% de su precio como hasta ahora y el ciudadano tendrá que hacerse cargo del importe completo. Estos medicamentos además eran gratuitos con receta médica para los jubilados, que a partir de ahora también deberán abonarlos.

Otros de los medicamentos más famosos que dejarán de tener financiación son Fortasec, Neobrufen, Voltaren, Mucosan o Efferalgan.

560 millones de ahorro
El Ministerio de Sanidad propondrá esta medida en el próximo Consejo Interterritorial que se celebrará el miércoles 27 de junio. El departamento de Ana Mato ya trabajaba en esta idea desde su llegada al Ministerio y ahora ha acelerado los trámites. En principio se trata únicamente de desfinanciar aquellos medicamentos para síntomas leves o que han perdido su eficacia porque ha aparecido un nuevo medicamento más avanzado.

En total, los nueve grupos terapéuticos podrían hacer ahorrar al Estado unos 560 millones de euros anuales, según las estimaciones de Sanidad. En concreto, estos nueve grupos serían: antiácidos, laxantes de contacto u osmolíticos, incrementadores del bolo intestinal, inhibidores de motilidad intestinal, antiinfecciosos intestinales, antirreumáticos no esteroideos, analgésicos no narcóticos y antipiréticos, expectorantes y lágrimas artificiales y lubricantes oculares.

Las ventas totales a precio libre de estos medicamentos alcanzan actualmente los 600 millones de euros anuales. El Ministerio calcula que el posible ahorro anual para el Estado sería exactamente de 560,13 millones de euros.

300 millones en analgésicos
Según las estimaciones del Ministerio de Sanidad, aplicando esta medida sólo en el grupo de los analgésicos, que engloba a aspirinas, parecetamol, ibuprofeno, dipirona o medicamentos como Efferalgan, el ahorro anual sería de 300 millones de euros.

La propuesta cuenta con el visto bueno de los laboratorios farmacéuticos. «Creemos que los medicamentos de síntomas leves o menores son desfinanciables dadas las circunstancias, porque en algún sitio hay que ahorrar», asegura el presidente de la patronal de los laboratorios en España, Farmaindustria, Jordi Ramentol.

La postura a favor de Farmaindustria, emitida hace unos días, ha animado al departamento de Ana Mato a tomar la decisión final. De hecho, según avanzó el presidente de Farmaindustria, Jordi Ramentol, el Ministerio de Sanidad propondrá a las comunidades autónomas la lista definitiva de los medicamentos a desfinanciar.

La revisión de esta lista de medicamentos financiados es una de las prioridades de la ministra, que ya aparecían recogidas en la reforma sanitaria aprobada hace un mes para ahorrar unos 7.000 millones de euros, a fin de agilizar la entrada de medicamentos nuevos y la salida de aquellos obsoletos o de menor valor terapéutico.

El país que más financia
España es el país de la Unión Europea más generoso en la financiación de medicamentos para sus ciudadanos. Más del 75 por ciento de los fármacos recetados en los centros de salud y el 90 por ciento de los utilizados en hospitales cuentan con algún tipo de financiación pública. La medida del Ministerio persigue que el ciudadano se responsabilice más de esta manera del gasto sanitario.

[Via ElEconomista]

Jun

25

Los días de baja por enfermedad durante las vacaciones podrán recuperarse

El Tribunal Europeo da la razón a los sindicatos en el pleito que mantienen con los grandes almacenes.

Cuando un trabajador estando de vacaciones caiga enfermo o se rompa un brazo, podrá interrumpirlas y disfrutarlas después. Bastará con que lo solicite a su empresa y lleve el parte de baja correspondiente, según una sentencia emitida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. “Un trabajador cuya incapacidad laboral haya sobrevenido durante sus vacaciones anuales retribuidas tiene derecho a disfrutar posteriormente de un período de vacaciones de duración equivalente al de su enfermedad”, dice el Tribunal en un comunicado que comenta la sentencia.

“El derecho de vacaciones anuales retribuidas debe considerarse un principio del Derecho social de la Unión Europea de especial importancia”, continúa el Tribunal, que basa su sentencia en una directiva comunitaria de 2003 ratificada por el Parlamento y el Consejo Europeo.

Hasta ahora, la legislación española y la jurisprudencia reconocía a los trabajadores que estaban de baja la posibilidad de recuperar las vacaciones si estaban de baja con anterioridad. Ese es el caso de las bajas por maternidad, recogido expresamente en el Estatuto de los Trabajadores. En cambio, este derecho no está reconocido cuando la incapacidad temporal llegaba durante las vacaciones.

La sentencia del Tribunal europeo resuelve la disputa que mantenían la patronal de grandes almacenes (Anged) y los sindicatos del sector. El conflicto comenzó cuando los representantes de los trabajadores acudieron a la Audiencia Nacional reclamando que las bajas no contaran como periodo vacacional. Anged, por su parte, negaba este derecho, excepto en los casos recogidos expresamente en la ley (embarazo).

La Audiencia falló a favor de los sindicatos y la patronal recurrió al Supremo, que, a su vez elevó una cuestión al Tribunal europeo preguntando si la legislación española contradecía a la europea. La respuesta del Tribunal de Luxemburgo ha sido que sí. Y aclara, citando una sentencia previa, que “el derecho a vacaciones anuales retribuidas no puede ser interpretado de manera restrictiva”.

“Sería aleatorio y contrario a la finalidad del derecho a las vacaciones anuales retribuidas conceder ese derecho únicamente al trabajador únicamente a condición de que este ya se encuentre en situación de incapacidad temporal cuando se inicie el periodo de vacaciones anuales retribuidas”, aclara. Una vez emitida la respuesta desde Luxemburgo, ahora el Supremo tiene que resolver el conflicto en el sentido que indica la institución europea.

[via ElPais]

Jun

24

El Ecofin respalda la recomendación de la CE a España de subir el IVA

Los Veintisiete urgen al Gobierno español a corregir la situación de las entidades financieras en apuros.

Los ministros de Economía y Finanzas de la Unión Europea (Ecofin) han pedido hoy a España que suba el IVA dentro del paquete de recomendaciones económicas que Bruselas ha hecho a ese país para el periodo 2012-2013. Los Veintisiete han refrendado así, la principal recomendación realizada por la Comisión Europea el pasado 30 de mayo, cuando Bruselas pidió a España subir la base imponible del IVA alegando que existe una baja proporción de recaudación procedente de este impuesto.

El ministro español de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, rehusó hoy revelar si el Gobierno va a subir el IVA como le ha pedido además de la CE el Fondo Monetario Internacional (FMI). «El Gobierno, como saben ustedes perfectamente y como he dicho en numerosas ocasiones, analiza con detalle todas las propuestas que se hacen por parte del FMI y de la CE», afirmó. No obstante, dijo que con lo que se queda básicamente «es con las recomendaciones de la CE que dicen que España ha hecho esfuerzos importantes desde el punto de vista de la consolidación fiscal y desde el punto de vista de ajustes estructurales», señaló.

En política fiscal, los ministros piden igualmente un «sistema tributario compatible con los esfuerzos de saneamiento presupuestario y más favorable al crecimiento, especialmente reorientando la presión fiscal desde el trabajo hacia el consumo». Para los Veintisiete, hay que «disminuir el sesgo que provoca el sistema tributario hacia el endeudamiento y el acceso a la propiedad de la vivienda (en detrimento del alquiler)», es decir eliminar la deducción por vivienda.

Otras recomendaciones a España son la aplicación estricta de la Ley de Estabilidad Presupuestaria y la presentación de un plan presupuestario para 2013-2014 antes de finales de julio. Los ministros de Finanzas han introducido, sin embargo, algunas aclaraciones como son las referencias a la lucha contra la pobreza y la exclusión social como medida más amplia para garantizar en última instancia el bienestar de los menores en el seno familiar.

La CE se limitó en mayo a pedir que se tomen medidas específicas para combatir la pobreza, mediante un apoyo más efectivo a la infancia y un mejor acceso al empleo de los grupos vulnerables. Del mismo modo que hizo el Ejecutivo comunitario, el Ecofin ha reclamado a España que realice un esfuerzo presupuestario medio anual equivalente a más del 1,5 % del PIB en el periodo 2012-2013 y presente antes de finales de julio un plan presupuestario de dos años (2013-2014).

Solicitarán igualmente que se establezca una institución presupuestaria independiente que realice funciones de análisis, asesoramiento y control en relación con la política presupuestaria. En cuanto a la edad de jubilación, si bien no han exigido que se acelere su ampliación hasta los 67 años, sí han pedido velar por que «vaya aumentando de manera proporcional a la esperanza de vida» para que el sistema de pensiones sea sostenible.

El Ecofin urge a España, por otro lado, a corregir la situación de las entidades financieras en apuros y el problema de los «activos heredados» que figuran en los balances de los bancos. También se insta a aplicar las reformas del mercado laboral y aumentar la eficacia de las políticas activas del mercado de trabajo.

[Via LaVanguardia]

Jun

24

La crisis obliga a las familias a vender los trasteros

Primero fueron los carteles de Se vende o Se alquila plaza de garaje. Pero la crisis dura ya demasiados años y algunas familias han comenzado a tratar de salvar sus problemas de liquidez con la venta de sus trasteros. Hasta aquí todo normal, salvo por un detalle.

Si esos trasteros son fincas registrales independientes de la vivienda, algo que suele venir especificado en la escritura pública del inmueble, se pueden vender libremente sin problemas. En cambio, si son anejos inseparables o están vinculados a la casa y ambos conforman una única finca registral (o cuentan, por ejemplo, con una sola referencia catastral a la hora de tributar por el IBI) no se pueden vender de forma independiente. Por ello, los expertos consultados aconsejan a quienes quieran adquirir uno de estos espacios actuar con prudencia.

Junta de vecinos
El primer paso sería cerciorarse de la situación en la que se encuentra el trastero en venta. Con una consulta a una notaría o en el Registro de la Propiedad de la zona donde esté ubicado, el posible comprador podrá comprobar el estado de la finca.

Si se constata que el trastero es un anejo de la casa, el paso siguiente será proceder a su desafectación (en términos técnicos) o separación de la vivienda. «De lo contrario, si sobre la casa de ese trastero existen cargas por un préstamo hipotecario, sobre el trastero recae la parte proporcional correspondiente de esa deuda», explica Concepción Pilar Barrio del Olmo, notario de Madrid.

La separación de ambos inmuebles debe realizarse acudiendo a una notaría y solicitando la constitución de una escritura para la vivienda y otra para el trastero, lo cual puede tener un coste en aranceles de unos 200 euros (aunque dependerá del valor que se le otorgue al trastero), más el pago de los correspondientes impuestos (ITP y AJD).

Conviene recordar en este punto que si la casa cuenta con una hipoteca, el banco debe autorizar la operación, ya que al desprenderse del trastero, la entidad financiera ve reducida la garantía del préstamo que firmó en su día con el propietario, tal y como recuerda Barrio del Olmo.

Y como trámite también necesario en el caso de anejos inseparables, la venta del trastero hay que comunicarla a la comunidad de propietarios donde se encuentra, ya que su desvinculación de la casa requiere no del acuerdo unánime, pero sí de la autorización de la mayoría de la junta de vecinos, subrayan fuentes del Registro de la Propiedad. Y es que el vendedor del trastero verá modificado su coeficiente de participación en la finca a la hora de establecer la cuota a pagar de comunidad y el nuevo propietario tendrá que asumir su propia cuota. «Son procesos largos, complicados y costosos, pero cada vez más numerosos y es la única manera de garantizar seguridad jurídica a los nuevos dueños de los trasteros, que después de registrados podrán vender o incluso hipotecar», señalan desde el registro. Aunque este es aún un mercado incipiente, la necesidad de liquidez de muchos hogares apunta a que será un recurso cada vez más utilizado. Según informes basados en las empresas que venden y alquilan trasteros, sus precios de venta oscilan entre 300 y 3.000 euros por metro cuadrado y se alquilan por una media de entre 2,5 y 12,5 euros por metro al mes.

[Via ElEconomista]

Jun

23

Diez consejos para evitar pagar más a su banco

Mantenimiento o administración de la cuenta, descubiertos, apuntes o retirada de efectivo en ventanilla. Las comisiones que cobran los bancos por algunos de sus servicios van aumentando día a día, por lo que es más importante que nunca saber cómo se puede evitar el pago de algunas de ellas. Para lograrlo, conviene tener en cuenta estos diez consejos:

1. La letra pequeña, una lectura obligada: Al abrir una cuenta, es muy habitual fijarse solo en las bondades que ofrece. Desde hace tiempo, las entidades lanzan campañas de captación de clientes con diversos reclamos entre los que se encuentran un sinfín de regalos (el televisor se ha convertido en el obsequio estrella), la eliminación de algunas comisiones o la devolución de parte de los recibos domiciliados. Sin embargo, pese a lo atractiva que pueda parecer la oferta, es conveniente informarse previamente de todos los requisitos que se exigen antes de contratarla.

2. Informarse del coste de las transacciones habituales: Desde el 8 de julio de 2010, las comisiones que se engloban dentro del apartado de servicios de pago quedan fuera del control del Banco de España. Teniendo esto en cuenta, es muy aconsejable preguntar si las transacciones que realizamos habitualmente tienen algún coste adicional.

3. Conservar solo aquello que se necesite: La comisión por mantenimiento de cuenta y de tarjeta es uno de los cobros más comunes entre las entidades financieras. Normalmente, y aunque depende del banco, el coste que conlleva tener abierta una cuenta suele rondar los 30 o 40 euros anuales, mientras que la comisión por emisión, mantenimiento y renovación de tarjetas suele superar los 30 euros al año. Para evitar alguno de estos cobros, lo mejor es analizar si todas las cuentas abiertas son necesarias y si se da uso a las tarjetas de débito o crédito que se tienen.

4. La comisión por descubierto, un enemigo: Olvidar la fecha del cobro de un recibo o no prever un cargo extraordinario en la cuenta puede tener graves consecuencias económicas. Una vez producido el olvido, el banco cobra una comisión en concepto de reclamación de posiciones deudoras y otra por el propio descubierto. En total, el gasto global que supone dejar la cuenta en números rojos se sitúa entre 40 y 53 euros. Si se quiere evitar este gasto lo más recomendable es comprobar siempre que existen fondos suficientes para hacer frente a los posibles cobros.

5. Sacar dinero solo en los cajeros permitidos: Retirar efectivo en cajeros de otra entidad suele conllevar un coste adicional de alrededor de 0,60 euros. Esta comisión, además, suele incrementarse en el que caso de que la red sea diferente a la del propio banco. Si se quiere evitar alguna sorpresa desagradable, lo más aconsejable es disponer de efectivo solo en los cajeros en lo que no se carga ninguna comisión adicional.

6. Utilizar demasiado la tarjeta de crédito, un deporte de riesgo: Las tarjetas de crédito juegan un papel determinado y, en ocasiones, pueden llegar a ser muy útiles. Sin embargo, nadie da duros a cuatro pesetas, es decir, que las retiradas de dinero a crédito llevan implícita su correspondiente comisión, por lo que conviene no abusar demasiado de este medio de pago.

7. La clave de un buen viaje es la previsión: Las tarjetas también suelen ser un elemento indispensable en cualquier viaje. Pero no a cualquier precio. Los bancos cobran un porcentaje sobre el nominal con mínimo de tres o cuatro euros a todo aquel que retire efectivo en un cajero situado en el extranjero. Para que la escapada no salga más cara de lo habitual conviene hacer una estimación del dinero en efectivo que se va a necesitar.

8. Tener presente las comisiones derivadas de otros productos: Contratar un depósito o un pagaré son, hoy en día, operaciones que se realizan con cierta asiduidad. Sin embargo, conviene reparar en las posibles comisiones que se deriven de la cuenta asociada a estos productos. El Banco de España recomienda a las entidades financieras ofrecer cuentas libres de comisiones cuando los clientes solo las usen para depositar lo devengado con los depósitos. En el caso de los pagarés, por el contrario, no existe normativa por lo que puede ser habitual que estas cuentas lleven implícitas determinadas comisiones.

9. Preguntar, una buena costumbre: Siempre que se perciba un cargo desconocido en la cuenta bancaria en forma de comisión es imprescindible acercarse al banco o, en su defecto, llamar por teléfono para preguntar el motivo de ese cobro y comprobar si es una comisión que se puede eliminar.

10. Negociar suele ser sinónimo de ahorrar: La gran mayoría de las entidades suele suprimir el cobro de algunas comisiones a aquellos clientes que cumplan una serie de requisitos como la domiciliación de la nómina o unos determinados ingresos periódicos. Por eso, es muy aconsejable que se intente negociar con la entidad antes de aceptar el pago de algunas comisiones como la de administración o mantenimiento de la cuenta.

[Via CincoDias]

Jun

23

La odisea de alquilar piso en Madrid

Complicado. Buscar piso en Madrid es como poco una tarea peliaguda. Precios inflados, exigencias desorbitadas, descoordinación de las inmobiliarias, una oferta excesiva y una cautelosa demanda. Eso sin contar los factores personales como la falta de tiempo, la situación laboral precaria y un presupuesto que cada día se reduce más.

¿Qué puede suceder cuando se busca una vivienda decente por 600 euros o menos en el área del centro de Madrid, dentro del radio de la M-30?

Hay ofertas con juegos de palabras, que prometen condiciones que no son reales o que omiten los detalles importantes. Como un piso de 50 metros, dos habitaciones, baño y cocina, semiamueblado, por 500 euros en Puerta del Ángel.

Lo que no decía el anuncio era que no tenía calefacción, y sí poca iluminación, el baño estaba al lado de la cocina y en la segunda habitación, además de no tener armario, solo cabía a duras penas una cama de 90 centímetros. Ni siquiera admitía una mesita de noche y semiamueblado se refería a dos sillas, una mesa y los artículos de la cocina. Los requisitos: una copia del contrato de trabajo de al menos un año (especialmente si eres extranjero), nómina de los últimos tres meses, y un aval de 3.000 euros).

Complicado. Buscar piso en Madrid es como poco una tarea peliaguda. Precios inflados, exigencias desorbitadas, descoordinación de las inmobiliarias, una oferta excesiva y una cautelosa demanda. Eso sin contar los factores personales como la falta de tiempo, la situación laboral precaria y un presupuesto que cada día se reduce más.

¿Qué puede suceder cuando se busca una vivienda decente por 600 euros o menos en el área del centro de Madrid, dentro del radio de la M-30?

Hay ofertas con juegos de palabras, que prometen condiciones que no son reales o que omiten los detalles importantes. Como un piso de 50 metros, dos habitaciones, baño y cocina, semiamueblado, por 500 euros en Puerta del Ángel.

Lo que no decía el anuncio era que no tenía calefacción, y sí poca iluminación, el baño estaba al lado de la cocina y en la segunda habitación, además de no tener armario, solo cabía a duras penas una cama de 90 centímetros. Ni siquiera admitía una mesita de noche y semiamueblado se refería a dos sillas, una mesa y los artículos de la cocina. Los requisitos: una copia del contrato de trabajo de al menos un año (especialmente si eres extranjero), nómina de los últimos tres meses, y un aval de 3.000 euros).

[Via LibertadDigital]

Jun

22

La vivienda pasa a ser un derecho subjetivo y exigible ante los tribunales

Se trata del primer borrador que ha sido enviado a las comunidades autónomas para una primera valoración.

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha elaborado un borrador del proyecto de Real Decreto, por el que se regulan los requisitos del asegurado del Sistemas Nacional de Salud (SNS), donde se fija en cien mil euros de renta el límite para obtener asistencia sanitaria en España con cargo a fondos públicos, para aquellos que no hayan cotizado nunca a la Seguridad Social.

Fuentes de Sanidad han explicado a Europa Press que se trata del primer borrador que ha sido enviado a las comunidades autónomas para una primera valoración, con lo que, recuerda, «aún puede cambiar mucho». Asimismo, han querido puntualizar que, «mediante convenios especiales», se pretende que nadie se quede sin tarjeta sanitaria y sin asistencia sanitaria pública.

Así, el proyecto excluye, además de a los ‘sin papeles’, a aquellos que superen los 100.000 euros, para lo que se tendrá en cuenta la totalidad de los rendimientos del trabajo, del capital, de actividades económicas y ganancias patrimoniales sujetos a gravamen.

En el caso de los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas con liquidación tributaria en España, que no hayan tributado a la Seguridad Social se tendrá en cuenta el importe consignado en la casilla de base liquidable general y del ahorro de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Dentro del proyecto se observa que la prestación de asistencia sanitaria derivada de la suscripción de un convenio especial, dará opción a la prestación de asistencia sanitaria mediante el pago de la correspondiente contraprestación o cuota derivada de la suscripción de un convenio especial.

Aunque tiene limitaciones, ya que las personas para su obtención deberán estar inscritas en el padrón del municipio en el que tengan su domicilio habitual por un período continuado de, al menos, un año inmediatamente anterior a la suscripción del convenio especial. Y no tener acceso a un sistema de protección sanitaria pública por cualquier otro título.

«Mediante orden de la persona titular del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad se regulará el contenido de los citados convenios especiales y, en particular, su vigencia temporal, cuota o contraprestación a satisfacer y servicios incluidos en los mismos», añade el texto.

El objetivo de ésta y otras medidas incluidas en el proyecto es completar el marco normativo vigente y establecer un régimen jurídico «más adecuado» que permita definir los supuestos de acceso al derecho a la asistencia sanitaria pública a través de las figuras del asegurado y del beneficiario, «y regular un mecanismo de reconocimiento de dicha condición que resulte de aplicación tanto a los españoles como a los ciudadanos de otras nacionalidades».

«Es necesario no sólo mantener sino también reforzar la sostenibilidad del modelo sanitario», afirma, de modo que puede «protegerse» frente a las diferentes amenazas que pudieran quebrantarlo.

Asistencia segura
«Todos los españoles, así como los ciudadanos extranjeros que tengan establecida su residencia en el territorio nacional, son titulares del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria», señala en su enunciado el proyecto.

Las personas que ostentan la condición de aseguradas las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el apartado 2 del artículo 3 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud

El resto de condiciones para disponer de la asistencia son tener la nacionalidad española y residir en territorio español; ser nacionales de algún Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza y residir legalmente en territorio español; y ser nacionales de un país distinto de los mencionados en los apartados anteriores y titulares de una autorización para residir en territorio español, mientras ésta se mantenga vigente. Asimismo, también recibirán asistencia aquellos que tienen la condición de beneficiarias de un asegurado.

A los efectos de este real decreto, las personas mayores de 26 años que, con anterioridad al día 1 de septiembre de 2012, tengan la condición de beneficiario de una persona asegurada, y, por tanto, disfruten de tarjeta sanitaria individual, están obligadas a presentar la solicitud de reconocimiento de la condición de asegurado.

Por otra parte, los nacionales de países vinculados con España por los reglamentos comunitarios de coordinación de sistemas de Seguridad Social o por convenios bilaterales que comprendan la prestación de asistencia sanitaria, tendrán acceso a la misma siempre que residan en territorio español o durante sus desplazamientos temporales a España, en la forma, extensión y condiciones establecidos en las disposiciones comunitarias o bilaterales indicadas.

[Via LibertadDigital]

Jun

22

Los españoles congelan su presupuesto para vacaciones

La mayoría de viajes tendrá como destino la costa, principalmente nacional, con una duración que oscilará entre la semana y los 15 días.

Los españoles han congelado su presupuesto para viajes este año, aunque la mayoría de ellos no renuncian a su viaje estival que suele ser a un destino de costa, principalmente nacional, con una duración que oscila entre la semana y los 15 días, según el III Estudio de Hábitos de Viaje de los Españoles elaborado por el portal de viajes on line Muchoviaje.com.

La principal conclusión del informe es que un 77% de los españoles tiene pensado realizar un viaje de vacaciones durante este año. Una cifra importante, aunque si se compara con el dato del año pasado registra un descenso de siete puntos porcentuales. Más de la mitad de los que no van a disfrutar fuera de su hogar de la temporada estival (54%) aducen cuestiones económicas. De hecho, esta variable sube un 11% respecto al estudio elaborado en 2011.

En cualquier caso, la situación económica no ha supuesto un obstáculo para que la mayoría de los españoles puedan disfrutar de sus vacaciones de verano. Según el estudio un 49% de los encuestados admite que su presupuesto será el mismo que el año pasado, mientras que un 45% sí que reconoce que será inferior. Solo un 6% de los sondeados afirma que aumentará su presupuesto para las vacaciones de verano.

Otro elemento ligado a esta situación tiene que ver con las previsiones realizadas. Siete de cada diez españoles han tenido que recortar gastos durante el año para disfrutar de las vacaciones de verano, y principalmente su fuente de ahorro ha provenido de evitar las salidas a restaurantes y las relacionadas con el ocio nocturno.

Otra de las conclusiones del III Estudio de Hábitos de Viaje de los Españoles está relacionado con el destino elegido siendo de nuevo el binomio sol y playa el preferido. Un 41% de los encuestados admite que disfrutará del verano en la costa, aunque las escapadas urbanas (14%) y los cruceros (5%) son otras de las opciones elegidas.

Descienden los viajes internacionales
España es principalmente el destino elegido para el 57% de los encuestados, lo que provoca una disminución de los viajes internacionales. De hecho, este descenso es de siete puntos porcentuales respecto a la muestra elaborada por Muchoviaje.com el año pasado. Dentro de los lugares elegidos en España para disfrutar de la temporada estival, hay tres que lideran la clasificación: Canarias, Comunidad Valenciana y la Costa del Sol; aunque otros como las Islas Baleares, la Costa Dorada y la Costa de la Luz les siguen en la clasificación.

Para los que han decidido un viaje internacional, Francia, Italia y el Caribe son los elegidos por la mayoría. Tras ellos se sitúan lugares como Alemania o Estados Unidos.

Duración media de 10,5 días
El III Estudio de Hábitos de Viaje de los Españoles también analiza otras cuestiones derivadas del verano. Los españoles ya no se van de vacaciones solo en agosto y la mitad de los encuestados reconoce que lo harán entre julio y septiembre, mientras que solo cuatro de cada diez han elegido el mes más estival del año. El 10% restante ha elegido otras fechas como el mes de septiembre.

Otro aspecto analizado tiene que ver con la duración del viaje. De media los españoles disfrutarán de una estancia que va entre una semana y los 15 días (10,5), lo cual no varía respecto al año pasado. Respecto a la compañía, casi la mitad de los viajes se harán este verano en pareja (45%), aunque en el último año han crecido en ocho puntos porcentuales los viajes en familia (43%), lo que consolida esta fórmula vacacional frente a otras.

[Via LaVanguardia]

Jun

21

Nuevo paso hacia la extinción de los contratos de arrendamiento de “renta antigua”

La difícil situación económica actual causada por la profunda crisis existente desde 2008 ha generado la necesidad de una nueva reforma de la legislación arrendaticia, recientemente anunciada por el Ejecutivo, para agilizar el mercado de alquiler.

Este objetivo ya se había perseguido con la aprobación de la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 (LAU), que pretendía aportar mayor equilibrio entre arrendador y arrendatario, y acabar con la disfuncionalidad causada por regímenes legales diferentes aplicables en función de la fecha de cada contrato de arrendamiento.

Sin perjuicio del contenido de la nueva reforma, cuyo análisis habrá de ser objeto de un análisis detallado una vez aprobada, no cabe olvidar el problema que siguen teniendo los propietarios para lograr la extinción de determinados contratos de arrendamiento “de renta antigua”, en concreto aquellos suscritos por una sociedad, como arrendataria, entre el 9 de mayo de 1985 y la entrada en vigor de la LAU (1 de enero de 1995), cuando se había pactado la aplicación de la prórroga forzosa.

Recordemos que la extinción de estos contratos se sujetaba a la Disposición Transitoria Primera de la LAU, que al mantener el régimen legal aplicable a dichos arrendamientos (art. 9 del Real Decreto-ley de 1985 y el Texto Refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos), parecía someterles a una duración sine die, puesto que el arrendatario, al ser una persona jurídica, no desaparecía, por lo que mientras durara la sociedad, el contrato se mantendría en vigor.

Las críticas a esta regulación parecen haber tenido una primera respuesta por parte del Tribunal Supremo. En la Sentencia dictada el 17 de noviembre de 2011 en relación con un contrato de arrendamiento suscrito por una persona jurídica (como arrendataria), con posterioridad al 9 de mayo de 1985 y en el que se había pactado un régimen de prórroga forzosa, concluye que la intención de las partes no era otra que sujetar su contrato al régimen legal de la legislación de 1964, por lo que su extinción se producirá de conformidad con lo dispuesto para esos arrendamientos, es decir, de acuerdo con las reglas de la Disposición Transitoria Tercera.2 (en lugar de la Transitoria Primera): el plazo máximo de duración será, normalmente, de veinte años a contar desde la entrada en vigor de la LAU, es decir, hasta el 1 de enero de 2015 (si no hay traspasos previamente concertados).

Si bien es cierto que esta Sentencia no crea Jurisprudencia, supone un primer paso para regular la extinción de estos contratos, que pasan a tener una duración que podría extenderse mientras la sociedad arrendataria siguiera existiendo, a finalizar en la mayor parte de los casos el próximo mes de enero de 2015, lo que cambia de manera esencial la situación para los propietarios de los locales sujetos a estos contratos, que podrían reclamar la extinción de dichos arrendamientos siguiendo esta línea del Supremo.

[Via Expansion]

Jun

21

El precio de los alquileres registra el menor aumento desde 2002

El aumento de las viviendas en alquiler es dos veces menor que el experimentado por el índice general, que experimentó una subida interanual del 1,9% en el mismo mes, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).

El precio de las viviendas en alquiler se incrementó un 0,6% en mayo, lo que supone la menor subida de la serie histórica, que arranca en 2002. En términos intermensuales, las rentas de alquiler subieron se mantuvieron estables prácticamente sin variación, pues experimentaron un incremento de tan sólo un 0,2%.

El Ministerio de Fomento ha aprobado recientemente una reforma del mercado del alquiler que pretende impulsar el arrendamiento de más viviendas vacías aportando más seguridad jurídica al propietario, más margen de negociación entre las partes a la hora de fijar las rentas y mayor libertad al inquilino para abandonar la vivienda sin ser penalizado económicamente.

Por comunidades autónomas, destacan los descensos localizados en tres comunidades autónomas: Murcia (-1,6%), La Rioja (-0,4%) y Comunidad Valenciana (-0,2%). Además, no se produjeron variaciones en la Comunidad de Madrid ni en Navarra.

Por el contrario, las principales subidas se localizaron en Cataluña (+1,3%), País Vasco (+1,1%), Castilla y León (+1,1%), Asturias (+1%), Galicia (+1%) y Ceuta y Melilla (+0,7%). En la media nacional (+0,6%), se situaron Andalucía y Canarias .

Por debajo de este promedio, completaron la lista Castilla-La Mancha, Extremadura (+0,5%), Baleares y Cantabria, todas ellas con un incremento del 0,5%, y Aragón, donde los precios subieron un 0,4%.

Por otro lado, en el capítulo de gastos de conservación de la vivienda, los precios subieron un 1,4% interanual, cinco décimas menos que el índice general, y se mantuvieron estables respecto al mes de abril.

[Via CincoDias]