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Un juez pregunta al Tribunal de la UE sobre la legalidad de los ‘swaps’ hipotecarios
Un juzgado mercantil de Barcelona ha planteado una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que se pronuncie sobre la legalidad de los «swaps», un tipo de pacto financiero o seguro para proteger préstamos hipotecarios frente a subidas de tipos de interés.
En un auto, el juzgado mercantil número 4 de Barcelona acuerda suspender el procedimiento abierto a raíz de la demanda presentada por una pareja para pedir la nulidad de un «swap de intereses» que suscribieron con su hipoteca, hasta que el Tribunal de la UE se pronuncie sobre si ese producto debe ser declarado nulo.
Clientes idóneos
El juez mantiene en su auto que para firmar ese «swap de intereses», figura que obliga al banco a pagar la diferencia si el Euribor se mantiene bajo el límite pactado y a los prestatarios si ocurre lo contrario, la entidad financiera Caixa Galicia no efectuó a sus clientes ni el test de idoneidad ni el de conveniencia.º
El auto recuerda que, en el caso de que se considere el «swap» un servicio de asesoramiento de inversión, la entidad bancaria tiene la obligación de informarse sobre dicho producto, la situación financiera y los objetivos de inversión del cliente con el fin de recomendarle los instrumentos financieros que más le convengan, de acuerdo con las directivas europeas sobre la bancaria.
Por este motivo, el juez de lo mercantil pregunta a los tribunales europeos si un «swap» debe ser considerado un servicio de asesoramiento de inversión y si, en ese caso, la falta del test de idoneidad que prevé la ley «debe determinar la nulidad radical» del producto.
En caso de que no se considere una figura de asesoramiento de inversión, el juez cuestiona si dicho producto debe ser anulado por el mero hecho de haberse suscrito sin el correspondiente test de conveniencia.
Pregunta al tribunal por su postura
El magistrado titular del juzgado mercantil número 4 de Barcelona pregunta además al tribunal europeo su posición sobre las garantías de protección del inversor que deben imperar sobre instrumentos financieros como los «swaps».
En España unas 200.000 personas han contratado esos «swaps» de intereses para cubrir el riesgo de variación de los tipos de interés de los préstamos hipotecarios, muchas de las cuales han acabado presentado demandas ante los tribunales por considerarlos abusivos.
[Via ElMundo]
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