Feb

14

Protégete del spam telefónico, la ley te defiende

Acudir a la Agencia de Protección de Datos y la Lista de Robinson son los mejores recursos.
A partir del 1 de enero entró en vigor la Ley anti Spam, aunque es una medida sobre la competencia entre empresas, para proteger a los clientes de las tácticas de telemarketing. Pero no esperes a que te defiendan y toma la iniciativa para dejar de recibir llamadas indeseadas.

Nueve de la noche; suena el teléfono. Interrumpe la cena, la película de turno o un momento de intimidad. La intimidad del hogar es perturbada por la última oferta en ADSL o de telefonía. ¿A quién no se le ha agotado la paciencia con estas prácticas abusivas de las empresas?

Habrá notado que la frecuencia de las llamadas de spam telefónico, o como le gustan llamarlo las empresas que lo realizan: telemarketing, han bajado significativamente. Se debe a que a principio de año entró en vigor la ley que ponía coto a este tipo de publicidad intrusiva en los hogares. De esta manera, se traspone dos directivas europeas por la cual el cliente puede negarse a recibir más llamadas en la misma propuesta comercial. Además, a las empresas se les limita el margen de actuación obligándoles a identificarse en las llamadas, en los mensajes de móvil o cualquier otro medio de comunicación. Esto supone un salto cualitativo para que los clientes se puedan proteger.

A partir de ahora, el usuario tendrá identificada a la empresa para tomar las medidas que considere oportunas para evitar que continúen con el “acoso publicitario”. Una vez conocida la compañía resultará más fácil evitar que se repita llamadas con un objetivo comercial.

La primera recomendación para deshacerse del Spam telefónico es manifestar la negativa a la propia compañía. La empresa, normalmente, ya se encargará de no repetir la llamada si no quiere recibir una fuerte sanción de la Agencia de Protección de Datos (AGPD). Las multas pueden oscilar entre 600 y 60.000 euros por infracciones leves. De 60.000 y hasta 300.000 euros para sanciones graves y de hasta 600.000 euros para muy graves.

Cualquier particular puede denunciarlo a la AGPD si la compañía insiste en mantener su actuación comercial. El ente se encargará de tutelar el caso y llegado el caso a ponerlo en manos de la justicia cuando se produce una vulneración de la Ley de Protección de datos. Con solo rellenar un formulario en su página web se puede dejar constancia de la reclamación.
La Ley también obliga a las empresas que lleven a cabo campañas individualizadas a utilizar ficheros de exclusión publicitaria donde cualquier persona inscrita en ellos no recibirá acciones comerciales. Estos ficheros son eficaces cuando la compañía utiliza bases de datos personales públicas, como listines de teléfonos o censos. La más útil es la Lista Robinson. La inscripción es gratuita y ya forman parte más de 50.000 ciudadanos. La iniciativa ha sido impulsada por la Federación de Comercio Electrónico y Marketing Directo en colaboración AGPD.

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