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Las otras pensiones

La fiscalidad de las distintas fórmulas es clave, pero los expertos aconsejan tener en cuenta la rentabilidad potencial de cada producto.
Mantener el nivel de vida una vez concluida la vida laboral exclusivamente con la pensión pública será una misión imposible. Los expertos recomiendan diseñar un plan considerando las implicaciones fiscales y financieras. Hay varias opciones: desde los planes de pensiones hasta la inversión directa en activos, pasando por la hipoteca inversa. «La estrategia debe diseñarse en función de lo que vaya a necesitarse», advierte Belén Alarcón, directora de la EAFI de Abante.

El tratamiento tributario es importante, pero no debe ser el único aspecto que ha de tenerse en cuenta. Los productos con incentivos, además, pueden ser insuficientes a la hora de configurar una renta mínima en los casos de clientes con edades cercanas a la jubilación, pues sus aportaciones están limitadas. Si es así, «lo idóneo puede ser realizar aportaciones adicionales a otros vehículos de ahorro», señala Adelaida Careaga, responsable de seguros de Barclays. Las ventajas e inconvenientes de las principales fórmulas se explican a continuación.

Planes de pensiones
Los planes de pensiones y de previsión asegurados (PPA) gozan del mayor incentivo fiscal. Las aportaciones reducen la base imponible hasta un importe determinado (véase gráfico). «A mayor tipo marginal, más recomendable es que una parte del ahorro se destine a este tipo de producto», señala Víctor Alvargonzález, de Profim. Pero hay que tener en cuenta que al recibir la prestación tributan como rendimientos del trabajo, con el tipo marginal que corresponda (actualmente, entre el 24% y el 43%). En principio, suponen tan sólo un aplazamiento del pago, aunque en el momento de la jubilación «normalmente las bases son inferiores y el tipo medio de gravamen es menor», señala Luis del Amo, director del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF). Esto implicaría una reducción real de los impuestos.

En su contra juegan la liquidez y la rentabilidad. «Por lo general, están peor gestionados, aunque hay excepciones que confirman la regla», advierte Alvargonzález. A igualdad de vocación inversora, los fondos de inversión suelen ganar la partida. Por ejemplo, los planes de pensiones de renta variable han ofrecido un 7,9% anual en los últimos 15 ejercicios, mientras que los fondos del mismo tipo han dado un 8,4%, según Inverco.

Sonsoles Santamaría Vicent, de Tressis, destaca que tanto los planes de pensiones como los PPA fuerzan al ahorrador a organizarse y que, salvo excepciones puntuales, sólo pueden rescatarse en el momento de la jubilación. Los PPA se diferencian porque cuentan con una rentabilidad mínima garantizada. «Pero ahora el rendimiento asegurado es, por lo general, muy bajo, dada la situación de la renta fija», indica Jacobo Zarco, de Atlas Capital. «Dada su configuración, difícilmente superarán la inflación», agrega Belén Alarcón. Los PPA se diferencian también en que cargan con el riesgo de balance de la compañía aseguradora, a diferencia de los planes de pensiones, que no pueden quebrar, explica Juan Manuel Moral, socio de KPMG.

Seguros
Las aseguradoras están lanzando en los últimos tiempos una amplia gama de productos destinados a ahorrar con vistas a la jubilación. Sus rentabilidades están en función de la formulación del producto y tienen la ventaja de que cuentan con liquidez. Frente a los seguros de riesgo puro, su fiscalidad es importante, que depende de la fórmula de percepción de los rendimientos: en forma de renta o en forma de capital.

En el caso de que la renta sea vitalicia, el porcentaje de prestación que tributa oscila entre el 40% (para los menores de 40 años) y el 8% (a partir de los 70 años), de manera que la tributación real se sitúa entre el 7,2% en el peor de los casos y el 1,4% en el mejor. En caso de que la prestación se reciba en forma de renta temporal, se tributará por entre el 12% y el 25% (véanse gráficos).

En el caso de recibir la prestación en forma de capital, el rendimiento se integra en la base del ahorro, tributando al 19%, para los primeros 6.000 euros y al 21% para el resto. El rendimiento, además, estará sujeto a la retención a cuenta del 19%.

Hay que destacar los unit linked dentro de los seguros. En este caso, el tomador o cliente asume el riesgo de las inversiones que se realizan con sus primas pero, al tiempo, tiene la capacidad de decidir dónde se realizarán esas inversiones dentro de un abanico de posibilidades que le ofrece la aseguradora. Sus ventajas han disminuido, puesto que ahora todos los fondos permiten traspasos sin necesidad de tributar y además suelen cargar con comisiones más elevadas.

Pias
Los planes individuales de ahorro sistemático (PIAS) son especialmente interesantes «como complemento al plan de pensiones», indica Luis María Sáenz de Jáuregui, director de vida, ahorro y servicios financieros de Axa. Su punto fuerte es la liquidez, pues pueden rescatarse en cualquier momento (tributando como el resto de las rentas del ahorro, al 19% o al 21% en su caso), a diferencia de los planes de pensiones o de los PPA.

El incentivo consiste en que los rendimientos generados hasta la constitución de la renta vitalicia están exentos de tributación. Pero para obtener este premio han de cumplirse los requisitos de aportación máxima, haber transcurrido al menos 10 años desde su contratación y la prestación debe recibirse en forma de renta vitalicia, sumando, por supuesto, las ventajas fiscales que ello implica. La mala noticia es que no cuentan con ninguna ventaja fiscal en el momento de la aportación.

Fondos de inversión

No cuentan con ningún incentivo fiscal adicional a su característica inherente de poder realizar traspasos entre ellos sin necesidad de pasar por Hacienda. Es decir, permiten diferir la tributación hasta el momento en que se produzca el reembolso. Eso sí, para los expertos en el terreno de la inversión son herramientas indispensables. «Su calidad de gestión suele superar a la de los planes de pensiones y permiten una mayor especialización», señala Fernando Hernández, responsable de gestión de Inversis.

Inversión directa
El objetivo de ahorrar no tiene por qué lograrse exclusivamente con un vehículo de inversión, como los mencionados. Un inversor con el suficiente conocimiento financiero puede optar por comprar directamente los activos, ya sean de renta fija o variable, y batir el rendimiento que obtendría a través de un plan de pensiones, un PPA, un seguro de ahorro, un fondo de inversión o un PIAS. La mala noticia es que el inversor, en el momento de deshacer la inversión, tendrá que entregar a Hacienda el 19% o el 21% de los rendimientos, según sea el caso.

Hipoteca inversa
Supone utilizar a modo de cajero automático la vivienda en propiedad, que suele ser uno de los principales activos de las personas en edad de jubilación. «La hipoteca inversa es un crédito con garantía hipotecaria dirigido a personas mayores de 65 años en el que la entidad financiera paga una cantidad mensual garantizada, temporal o vitalicia, al titular, sin que éste ni sus herederos pierdan la propiedad de su vivienda», señala Ángel Rodríguez-Carreño, consejero delegado de Óptima Previsión. La operación se puede cancelar en cualquier momento, aunque lo normal es percibir la renta hasta el fallecimiento del titular: los herederos recibirán la vivienda y sus cargas. «La entidad no puede exigir el préstamo, ni ejecutar la garantía, hasta que no se produzca el fallecimiento del prestatario», añade el director del REAF.

Las rentas que se obtienen a través de la hipoteca inversa no tributan porque realmente nos son rentas, sino que se trata de un crédito con garantía hipotecaria. Uno de sus incentivos fiscales es que, en el momento de su contratación, exime del impuesto de actos jurídicos documentados.

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