Feb

10

Hacienda blinda la penalización a las indemnizaciones elevadas

Los directivos que cobren una indemnización por despido o un bonus en 2010 sólo podrán aplicar la reducción del 40% en el IRPF sobre los primeros 600.000 euros. La medida se aprobará antes del verano pero regirá para retribuciones abonadas ya en enero de este año.
El anteproyecto de Ley de Economía Sostenible elimina parcialmente un importante beneficio fiscal para los altos directivos. Hasta ahora, las llamadas rentas irregulares derivadas de los incentivos plurianuales por objetivos y las indemnizaciones por despido o por rescisiones de contrato tenían derecho a una reducción del 40% en el IRPF. Es decir, si un directivo cobraba una indemnización de tres millones de euros, 1,2 millones quedaban libres de impuestos.

El anteproyecto de Ley de Economía Sostenible limita a los primeros 600.000 euros la posibilidad de aplicar ese beneficio. Así, algunos despachos fiscales están recomendando a directivos que meditan abandonar a corto plazo su cargo que negocien su salida antes de la aprobación de la ley. Esfuerzo vano. Fuentes de Hacienda confirmaron a CincoDías que, tal y como está redactada la norma, la reforma se aplicará con efectos retroactivos.

Y argumentan que el Tribunal Constitucional avala esta interpretación. Por un lado, existe un efecto anuncio, ya que en diciembre del año anterior ya se informó de este cambio y, por el otro, el devengo del impuesto se hace efectivo en 2011, cuando la ley ya estará vigente.

Opinión no compartida por el director del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), Luis del Amo, que defiende que el cambio normativo debería empezar a aplicarse en enero de 2011 de acuerdo con la Ley General Tributaria. Aun así, prevé que en el trámite parlamentario se especificará la entrada en vigor a partir de enero de 2010.

Es más, no puede descartarse que el Congreso reduzca aún más este beneficio fiscal. Como recuerda Ignacio Acosta, socio de Deloitte, existe «una tendencia a endurecer los premios a los directivos».

Se trata de un cambio de calado. En 2008, las indemnizaciones y pagos por incentivos con un periodo de generación superior a dos años superaron los 40.000 millones de euros. Ana Gómez, socia de Monereo, Meyes & Marinel·lo Abogados, explica que las llamadas cláusulas de blindaje -que aseguran compensaciones millonarias en caso de despido o rescisión de contrato- son habituales en la alta dirección. Entre otros motivos, porque la indemnización que le corresponde por ley a un presidente o consejero delegado de un gran compañía es mínima, «de siete días por año trabajado». El 77% de las compañías del Ibex blinda a sus ejecutivos. De media, las indemnizaciones que reciben equivalen al sueldo de tres anualidades. En el caso de los asalariados acogidos al régimen general, el cambio normativo no les afecta porque las indemnizaciones por despidos improcedentes y los ERE fijados en 20 días por año trabajado están exentas de tributación. Además, en diciembre, el Gobierno aprobó que los expedientes con indemnizaciones máximas -45 días por año trabajado- firmados entre el 6 de marzo de 2009 y diciembre de 2010 quedasen libres de impuestos.

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