Ene
29
El Gobierno pondrá un tope del 6% a los intereses de demora de las hipotecas
Más contenido para el debate sobre la Ley Hipotecaria que el próximo miércoles tendrá lugar en el Congreso. Dentro de las medidas que está preparando el Gobierno para limitar el impacto de la crisis sobre los propietarios de una vivienda, se incluirá una que verdaderamente puede marcar la diferencia: la de fijar un tope máximo del 6% para los intereses de demora que cobran las entidades.
Los intereses de demora son el porcentaje adicional que los bancos cobran por el retraso en pagar las letras de la hipoteca. Están regulados en la escritura del crédito, al igual que el resto de condiciones, con la particularidad de que la cantidad a abonar a la entidad y al juzgado se calcula sobre el crédito completo y no sobre el dinero adeudado.
Hasta ahora, la legislación no contemplaba ningún tipo de regulación a estos intereses moratorios, que pueden suponer un incremento de entre el 20 y 35% sobre la deuda pendiente. Pero con la modificación que estaría preparando el Ejecutivo de Mariano Rajoy, no podrán superar el interés legal del dinero, situado en el 4%, al que las entidades no podrán añadir un recargo de más de dos puntos porcentuales.
Esta es una de las propuestas que se planteará el próximo miércoles en la Cámara Baja, dentro de las enmiendas en el Proyecto de Ley de medias hipotecarias, según informa hoy el diario Expansión. El objetivo, «mejorar la posición del deudor», en medio de una oleada de desahucios que afectan a miles de familias y mientras arrecian las críticas contra las condiciones del mercado hipotecario.
Otra de los cambios que presentará Moncloa es el de recortar aún más el plazo máximo de amortización de la hipoteca, que «no podrá exceder de la edad legal de jubilación del deudor». En la actualidad tampoco existe ningún tipo de límite a los años durante los que se puede extender un préstamo a la compra de una vivienda, aunque la media suele situarse en los 30 años.
[Via ElEconomista]
Si te ha gustado este artículo puedes completarlo dejando un comentario o bien puedes suscribirte al feed y recibir las entradas futuras en tu lector de feeds.





Comentarios
No hay comentarios todavía.
Deja tu comentario