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Diez preguntas esenciales sobre su cuenta bancaria que algún día tendrá que hacerse @BuscoPisoCasa #buscopisocasa #bancos #cuentabancaria

La mayoría de las relaciones de los clientes con sus entidades financieras se cuentan por décadas. En ese tiempo se abren y cierran cuentas, se contratan productos de ahorro e inversión, se piden préstamos y se utilizan las plataformas para operar en bolsa. El eje central de todas estas operaciones está en las cuentas corrientes como posición fundamental del cliente frente al banco. Por eso conviene saber cómo manejarlas en diferentes situaciones y para ello debe tener en cuenta diez cuestiones fundamentales que, a lo mejor, nunca se ha atrevido a preguntar.

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1) Si tengo abierta una cuenta, pero no la utilizo, ¿me pueden cobrar alguna comisión por prestación de servicio?

Tener una cuenta abierta en una entidad bancaria y no utilizarla puede provocar un gran perjuicio para el cliente. Las cuentas en las que esto sucede no tienen domiciliada nómina alguna y, por tanto, están más expuestas a tener comisiones por mantenimiento. Mientras el saldo sea positivo, estas tasas siguen aplicándose (consulte aquí las principales comisiones bancarias) y cuando se quede a cero se van acumulando de tal forma que el cliente tendrá que abonarlas cuando se disponga a cerrar su cuenta.

Según datos de una de las principales entidades bancarias españolas, cerca de un 3% de sus cuentas remuneradas acumula menos de cinco movimientos al cabo del año. Desde el portal de ahorro Kelisto.com subrayan que la entidad sigue usando sus recursos para mantenernos la cuenta y enviar correspondencia online o física si quedó acordado. «Como ese es un servicio que el banco nos sigue prestando (porque no le hemos dicho que deje de hacerlo), la entidad está en su derecho de hacernos un cargo por este tipo de conceptos. Lo que nunca puede hacer un banco es cobrar por un servicio que no presta (por ejemplo, cobrarnos por una transferencia que no se ha realizado)», precisan.

2) ¿Cómo cerrar una cuenta corriente? ¿Hay que ir físicamente a la entidad en la que se abrió?

Para cerrar una cuenta corriente basta con el documento de identidad o pasaporte pero también puede ser necesario personarse físicamente en la entidad en la que se abrió en su día. Esta exigencia no es compartida por entidades como Bankinter, La Caixa o ING Direct pero sí se suele exigir en el caso de BBVA, Banco Santander, Bankia o Banco Popular.

El protocolo de estas entidades obliga al cliente a liquidar su cuenta con una firma en la oficina en la que se abrió en su momento. En cualquier caso, tal y como apuntan desde estos bancos, si el cierre de la cuenta ocasiona grandes desplazamientos para el cliente, los trámites se realizarán por correo interno entre las oficinas. No obstante, la subjetividad de esta interpretación es manifiesta y el proceso suele acarrear una demora de entre siete días y quince días

3) ¿Qué sucede en caso de fallecimiento de uno de los titulares de la cuenta?

En este caso, la normativa es similar en casi todas las entidades. Una vez ha fallecido uno de los titulares, queda bloqueada una parte del dinero en cuenta hasta que se realice la testamentaría. Por ejemplo, en el caso de Bankinter, BBVA o La Caixa se retiene sólo una parte del capital en cuenta. En ING Direct o Banco Sabadell el cotitular puede seguir operando temporalmente, con vistas a abrir posteriormente otra nueva posición individual.

La documentación requerida para volver a recuperar el acceso a la totalidad de los fondos de la cuenta es el certificado de defunción expedido por el registro civil además del testamento, en caso de que se haya realizado. Si no ha sido otorgado el certificado de últimas voluntades, se debe aportar alguno de los siguientes documentos: acta de notoriedad, declaración judicial de los herederos, cuaderno patrimonial o justificante de pago de liquidación de impuesto sobre sucesiones y donaciones. La tramitación de estos documentos y su comprobación suele tardar entre dos y cinco semanas.

4) Si tengo una cuenta nómina y pierdo mi empleo ¿dejo de beneficiarme de las condiciones ventajosas?

La elevada tasa de desempleo ha obligado a las entidades a flexibilizar las condiciones de sus cuentas nómina y permitir que sus clientes domicilien sus prestaciones por desempleo en su lugar. El problema llega si se agotan las prestaciones, ya que entonces el cliente perderá las ventajas que le otorga el hecho de domiciliar sus ingresos recurrentes en la entidad de turno, tales como tarjetas gratis, exención de comisiones, devolución de recibos… (haga click para consultar las condiciones de las principales cuentas nómina). La mayoría de bancos suelen permitir que el cliente deje de domiciliar su nómina durante un periodo que suele ser de tres meses máximo sin perder sus bonificaciones.

Entidades como ING Direct u Openbank cuentan con las llamadas cuentas sin nómina, que ofrecen las mismas ventajas que las cuentas nómina, a cambio de que el cliente mantenga un saldo mínimo en cuenta o realice ingresos periódicos en ella. Desde Kelisto.com insisten en que hay que estar muy atentos a lo que dice el contrato, ya que el banco puede aplicar una penalización (en caso de que haya entregado un regalo en especie a cambio de la domiciliación) y no tendrá que avisar de ella, por lo que podría llevarme una desagradable sorpresa en los movimientos de la libreta.

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5) ¿Si me marcho a vivir a otro país donde el banco también está presente, tengo que cerrar mi cuenta y volver a abrirla?

Puede parecer una perogrullada, pero así es. Si un cliente tiene una cuenta en Banco Santander España y se marcha a Reino Unido no puede traspasarla y usarla como si tal cosa en las sucursales de Santander Abbey. Lo mismo sucede con entidades internacionales como BBVA o ING Groep. La única solución para el cliente es abrirla en el país de origen, algo que no le resultará complicado dentro de la Unión Europea con un pasaporte comunitario.

6) Si tengo una hipoteca ligada a mi cuenta y me caso, ¿puedo incluir a mi pareja en mi cuenta como cotitular o debemos abrir una nueva?

Operativamente no hay problema alguno en incluir a la pareja en la misma cuenta, sin embargo, la mayoría de las entidades suelen abrir una nueva cuenta, a petición de los clientes, en la que se suelen domiciliar los recibos básicos del hogar, así como las cuotas de la hipoteca o el alquiler.

7) ¿Un familiar o un amigo puede abrir una cuenta a mi nombre?

Negativo. Sólo podrá hacerlo si presenta un poder notarial que le permita abrir cuentas y operar con ellas a mi nombre.

8) ¿Hay un número máximo de cuentas que un mismo cliente puede tener abiertas en el banco?

Ninguna de las entidades registradas en España cuenta con un tope de cuentas para sus clientes. No obstante, no hay que olvidar lo comentado anteriormente, ya que algunas cuentas cobran comisiones por mantenimiento, que afectarán a aquellas posiciones inactivas.

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9) Si hay un uso fraudulento o robo en una de mis cuentas… ¿estoy cubierto? ¿Por qué cuantía?

Cada banco cuenta con una cobertura diferente en caso de robo de las tarjetas de crédito o uso fraudulento de las cuentas de sus clientes. Sin embargo, cobertura no es sinónimo de respaldo total (consulte aquí las condiciones de las principales entidades bancarias). En primer lugar, depende de si ha sido por robo, suplantación de identidad o pérdida de la identificación o claves que permiten el acceso a la cuenta. En este último caso, la mayoría de entidades repercutirán en el cliente los gastos derivados del uso fraudulento.

En el resto de situaciones, cada banco tiene su operativa particular. En el caso de BBVA, Santander o Bankia la suplantación de identidad está cubierta pero la cobertura no alcanza a supuestos en los que se haya producido una negligencia del cliente. Los clientes de La Caixa cuentan con el servicio gratuito Caixa Protect que cubre operaciones fraudulentas por un máximo de 10.000 euros, mientras que para Bankinter puede haber una parte de franquicia a cargo del cliente según haya sido el robo y en ING Direct se valora personalmente cada caso. En todas las entidades es necesario presentar la denuncia correspondiente.

10) En caso de divorcio, ¿cómo se debe proceder para cerrar la cuenta y repartir el dinero?

Tal y como reconocen las propias entidades, en el 95% de los casos el acuerdo se produce con una disolución de forma amistosa en la que uno de los titulares se lleva el dinero a otra entidad o abre una nueva posición en el banco en el que ya estaba. Si la pareja no puede llegar a un acuerdo o hay uso fraudulento de la cuenta en el proceso de divorcio, el tribunal de justicia empleará diversos factores según lo establecido por la legislación vigente, pudiendo utilizar el uso de la cuenta bancaria como un factor para pedirle al cónyuge que reintegre el dinero retirado.

Cuando una pareja pide el divorcio, también puede ser común que el tribunal emita órdenes temporales que limiten la capacidad de cada cónyuge para utilizar los fondos maritales. En este caso, durante el tiempo que dure el proceso de separación, los fondos sólo se podrían destinar en su mayoría para gastos ordinarios. La entidad está obligada a facilitar a la justicia detalles sobre los movimientos y el saldo de la cuenta con el fin de agilizar la distribución de los fondos.

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