May

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Cómo declarar las ganancias (viviendas)

La declaración de las ganancias patrimoniales -procedentes de la venta de una vivienda, acciones de Bolsa o participaciones en un fondo de inversión- y de los rendimientos de capital mobiliario -dividendos, depósitos y renta fija- conforman la base imponible del ahorro y pueden llegar a convertirse en verdadero quebradero de cabeza a la hora de rendir cuentas con Hacienda. De entrada, si el contribuyente ganó el año pasado dinero en Bolsa no podrá solicitar el borrador de su declaración. Además, una de las principales novedades de la declaración de la renta 2010 atañe precisamente a la tributación de las plusvalías. Al margen del plazo en el que se hayan generado, su gravamen pasa del 18% anterior a un 19% para los primeros 6.000 euros y al 21% para la ganancia que supere esa cuantía.

Dividendos
Los dividendos se consideran rendimiento del capital mobiliario y disfrutan de un beneficio fiscal que se hace especialmente evidente para el pequeño accionista. El cobro de dividendos por una cuantía inferior a los 1.500 euros anuales queda libre de impuestos, aunque con dos excepciones. La exención no se aplica en los dividendos distribuidos por instituciones de inversión colectiva ni tampoco en el caso de que el inversor compre acciones de una compañía cotizada en los dos meses anteriores al momento del pago de dividendo y las venda en los dos meses siguientes, ya sean esos mismos títulos u otros de esa misma compañía adquiridos con anterioridad.

‘Script dividend’. La fórmula de retribuir al accionista con títulos en lugar del pago en metálico del dividendo tradicional -a la que ha recurrido gran parte de la banca española, incluido Santander y BBVA, y otras compañías como Iberdrola- tiene importantes repercusiones fiscales. Así, el accionista que accede a recibir la acción en lugar del dinero contante y sonante pierde la citada exención de los 1.500 euros. La plusvalía se generará entonces en el momento en que se venda la acción, por lo que tendrá la consideración de ganancia patrimonial, no de rendimiento del capital mobiliario.

En la fórmula del scrip dividend, el accionista recibe de entrada derechos por los títulos que posee. La compañía realiza para ello una ampliación de capital liberada, de modo que los accionistas pueden vender esos derechos en los días en que se realiza tal operación. En tal caso, también desaparece el beneficio fiscal del dividendo. El accionista solo declarará por esa transmisión cuando venda las acciones de las que se habían derivado tales derechos.

Minusvalías
Las pérdidas permiten aligerar la factura con Hacienda ya que el contribuyente puede rebajar la factura fiscal de sus ganancias con las minusvalías sufridas en el ejercicio y también con las que tuviera pendientes de compensar de los cuatro ejercicios fiscales anteriores. Es decir, la declaración de 2010 será la última ocasión para compensar minusvalías sufridas en el ejercicio de 2006.

Las minusvalías también pueden ser motivo para presentar de forma obligada la declaración, aunque el inversor no tenga otros ingresos del trabajo ni de actividades económicas. Así, las pérdidas que superan los 500 euros obligan a declarar, incluso en el caso de que no existan otros rendimientos del trabajo, de capital o de actividades económicas. Y también obligarían a declarar si el inversor tiene rendimientos del trabajo inferiores a los 22.000 euros anuales, el límite por el que un contribuyente queda libre de rendir cuentas con Hacienda si solo ingresa esa nómina de un único pagador.

También hay que recordar que no todas las minusvalías sirven para compensar cualquier tipo de plusvalía. Es decir, las pérdidas sufridas en Bolsa -pérdidas patrimoniales- no valen para rebajar impuestos por lo ganado en un depósito, que tiene la consideración de rendimiento del capital mobiliario y queda en un compartimento distinto dentro de la renta del ahorro. Y viceversa: Hacienda no acepta que lo ganado en Bolsa pueda rebajarse con lo perdido en renta fija.

Letras y bonos
Las ganancias obtenidas de la inversión en títulos de renta fija tienen la consideración de rendimientos del capital mobiliario, con ligeras diferencias entre las letras del Tesoro y el resto de activos. Así, las letras se emiten al descuento, de modo que si una letra se compró a 990 euros y se han cobrado 1.000 euros, el rendimiento por el que hay que pagar impuestos -al 19%- son los 10 euros de diferencia. En los bonos y obligaciones, se tributa por el pago anual del cupón. Y si se venden los títulos en el mercado secundario, igualmente se tributará al 19% por los primeros 6.000 euros logrados de ganancia.

[Via CincoDias]

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