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¿Deberían salir los partidos políticos en la lista de morosos?

El Gobierno anunció esta semana que publicará en breve la lista de morosos, que excluye a administraciones, gobernantes y partidos políticos

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El Gobierno anunció esta semana que publicará en breve la lista de morosos que el Ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, anunció a bombo y platillo hace más de dos años.

El anteproyecto donde se perfila cómo será esta lista establece que incluirá los datos de los contribuyentes que adeuden más de un millón de euros con el fisco, así como los de aquellos a los que se haya sancionado por fraude. Sin embargo, excluye a administraciones, gobernantes y partidos políticos, lo que ha generado un fuerte debate en torno a una pregunta: ¿Deberían salir en la lista de morosos?

“Es importante que administraciones, partidos y gobernantes sean los primeros en dar ejemplo, porque hay algunos que incumplen sus pagos e incluso defraudan”, ha señalado Oriol Amat, catedrático de Economía Financiera y Contabilidad, y profesor del Máster en Dirección Financiera y Contable en la UPF Barcelona School of Management.

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se pronunció en la misma línea el pasado mes de octubre, cuando avisó que la exclusión del sector público supone un “agravio comparativo”. En su informe sobre el anteproyecto de reforma parcial de la Ley General Tributaria, el organismo recordaba que, precisamente, el impago por parte de las administraciones morosas ha provocado “la ruina y la insolvencia” a más de una empresa.
La publicación de la lista de morosos, detalla Amat, busca disuadir a quienes retrasan o incumplen el pago de sus obligaciones con Hacienda, pero también, en palabras de Montoro, dar respuesta a la sociedad “que cada vez exige más conocimiento y más transparencia”. En este sentido, parece contradictorio hablar de más transparencia y ocultar información sobre administraciones, gobernantes y partidos políticos que no aportan lo que deberían a las arcas públicas.

¿Es legal publicar estos datos?
El otro gran debate en torno a esta medida ha sido su legalidad, ya que no está claro si la publicación de los datos de determinados contribuyentes implica una vulneración de la Ley de Protección de Datos.
En su informe, el CGPJ cuestionó el encaje de la lista de morosos con dicha ley, así como con la doctrina constitucional y comunitaria. El organismo considera que supone un «establecimiento de una suerte de ‘sanción’ a los clientes que habiendo reconocido su deuda con la administración tributaria no pueden afrontarla en período voluntario».

Amat admite que hay dudas en este punto, pero apuesta por la publicación de la lista, ya que considera que favorece al conjunto de la ciudadanía, en la medida que ayude a reducir el déficit fiscal.

No poder pagar no es defraudar
El Poder Judicial también ponderó que se trata de una medida excesiva, ya que retrasarse en el pago de las obligaciones tributarias -reconociendo que se tiene una deuda- no es lo mismo que intentar eludir el pago indefinidamente.
«Hay que distinguir a la empresa que no paga porque realmente no puede de la que no lo hace por otros motivos», subscribe Amat, que aboga por excluir del listado a las empresas inmersas en procesos concursales, una distinción que todo apunta que se aceptará.

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